Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2006 (09/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 9 de enero de 2006

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Notario de MORDAZA, Dr. MORDAZA Laos De Lama; Que, mediante escrito de fecha 12 de MORDAZA de 2005 el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, interpone recurso de apelacion contra la Resolucion Nº 093-2005-CNL-VN/ JD, expedida por el Colegio de Notarios de Lima; Que, del analisis del expediente y de acuerdo con lo senalado en el articulo 111º de la Ley Nº 27337, Codigo de los Ninos y Adolescentes, que establece que " Para el viaje de ninos o adolescentes fuera del MORDAZA solos o acompanados por uno de sus padres, es obligatoria la autorizacion de ambos padres con certificacion notarial. En caso de fallecimiento de uno de los padres o de estar reconocido el hijo por uno solo de ellos, bastara el consentimiento del padre sobreviviente o del que efectuo el reconocimiento, debiendo constar en el permiso notarial haber tenido a la vista la partida de defuncion o la de nacimiento correspondiente. En caso de que el viaje se realice dentro del MORDAZA bastara la autorizacion de uno de los padres"; se puede establecer que el notario quejado cumplio con las formalidades y requisitos requeridos por ley para otorgar la autorizacion de la salida del MORDAZA del menor MORDAZA Jadyr MORDAZA Albarracin; Estando a lo acordado por el Consejo del Notariado, en su sesion del 18 de noviembre de 2005; a lo senalado en el literal h) del articulo 142º del Decreto de Ley Nº 26002, Ley del Notariado; y al literal i) del articulo 3º del Reglamento del Consejo del Notariado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-94-JUS, con la abstencion del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA por haber conocido el MORDAZA en Primera Instancia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Confirmar la Resolucion Nº 093-2005CNL-VN/DJ, expedida por el Colegio de Notarios de MORDAZA que declara No ha lugar la apertura de MORDAZA disciplinario en la queja interpuesta por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Notario de MORDAZA MORDAZA Laos De Lama. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Colegio de Notarios de MORDAZA y al interesado, para los fines que correspondan. Registrese, publiquese y archivese. MORDAZA HOPKINS MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero 00224

Nº 2 (Nº 8145), y que esto fue efectuado por el merito de la MORDAZA certificada de una denuncia policial por perdida de tres Libros. Ademas, senala que no es funcion del Notario verificar la realidad del contenido de las denuncias policiales, que no ha sido el parecer del Notario lo que ha permitido la legalizacion de los Libros sino la comprobacion objetiva sustentada en una MORDAZA certificada de una denuncia policial y que no corresponde al Notario juzgar la actuacion de las personas pues para eso esta el Poder Judicial; Que, mediante Resolucion Nº 012-2005-CNL-VN/DJ de fecha 4 de enero de 2005, expedida por el Colegio de Notarios de MORDAZA, se declara no ha lugar la apertura de MORDAZA disciplinario en la queja interpuesta por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Notario de MORDAZA, Dr. MORDAZA Alberti Sierra; Que, por escrito de fecha 28 de febrero de 2005, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, interpone recurso de apelacion contra la Resolucion Nº 012-2005-CNL-VN/ JD, expedida por el Colegio de Notarios de Lima; Que, del analisis del expediente se puede establecer que el Notario quejado actuo conforme a lo estipulado en el articulo 115º de la Ley del Notariado, Decreto Ley Nº 26002, que textualmente dice: "Para solicitar la legalizacion de un MORDAZA libro u hojas sueltas, debera acreditarse el hecho de haberse concluido el anterior o la MORDAZA de certificacion que demuestre en forma fehaciente su perdida", y por lo tanto en lo que respecta a la legalizacion de los 3 Libros de Actas de la empresa PANACOM S.A., cumplio con su deber dentro de los alcances que la ley permite y en correcto desempeno de su funcion; Estando a lo acordado por el Consejo del Notariado, en su sesion del 18 de noviembre de 2005; a lo senalado en el literal h) del articulo 142º del Decreto de Ley Nº 26002, Ley del Notariado; y al literal i) del articulo 3º del Reglamento del Consejo del Notariado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-94-JUS, con la abstencion del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA por haber conocido el MORDAZA en Primera Instancia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Confirmar la Resolucion Nº 012-2005CNL-VN/DJ, expedida por el Colegio de Notarios de MORDAZA, que declara no haber lugar a la apertura de MORDAZA disciplinario contra el Notario de MORDAZA, Dr. MORDAZA Alberti Sierra. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Colegio de Notarios de MORDAZA y a los interesados, para los fines que correspondan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOPKINS MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA Consejero

RESOLUCION DEL CONSEJO DEL NOTARIADO Nº 030-2005-JUS/CN MORDAZA, 18 de noviembre de 2005

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero 00228

Visto, el recurso de apelacion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de fecha 28 de febrero de 2005, contra la Resolucion Nº 012-2005-CNL-VN/DJ expedida por el Colegio de Notarios de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante escrito de fecha 18 de noviembre de 2004, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, interpone queja contra el Notario de MORDAZA, Dr. MORDAZA Alberti MORDAZA, quien supuestamente habria infringido el articulo 115º de la Ley del Notariado al haber legalizado tres Libros de Actas de la empresa PANACOM S.A. cuando aun estaban vigentes los libros anteriores; Que, por escrito de fecha 6 de diciembre de 2004, el Notario de MORDAZA, Dr. MORDAZA Alberti MORDAZA, presenta sus descargos manifestando que en su Despacho Notarial fueron legalizados tres Libros de la empresa PANACOM S.A., los cuales eran: Libro de Actas de Junta General de Accionistas Nº 2 (Nº 8143), Libro de Actas de Sesiones del Directorio Nº 2 (Nº 8144) y Matricula de Acciones

RESOLUCION DEL CONSEJO DEL NOTARIADO Nº 031-2005-JUS/CN MORDAZA, 18 de noviembre de 2005 Visto, el recurso de apelacion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en representacion del Centro Cultural Huanec, de fecha 28 de MORDAZA de 2004, contra la Resolucion Nº 036-2004-CNL-VN/DJ expedida por el Colegio de Notarios de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante escrito de fecha 12 de diciembre de 2003, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, interpone queja contra el Notario de MORDAZA, Dr. MORDAZA Noya de la MORDAZA, por haber incurrido en actos de inconducta funcional al haber aperturado y legalizado los Libros de Registro de Control de Asistencia, Libros de Asamblea

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