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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ENERO DEL AÑO 2006 (09/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 12

PÆg. 309678 NORMAS LEGALES Lima, lunes 9 de enero de 2006 el Decreto Supremo Nº 005-94-JUS, con la abstención del Dr. Fausto Montoya Romero por haber conocido el proceso en Primera Instancia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Confirmar el acuerdo tomado en Asamblea General Extraordinaria del Colegio de Notarios de Lima de fecha 28 de enero de 2004 que sanciona al Notario de Lima, Dr. Jorge Colareta Cavassa con unasuspensión de 30 días en el ejercicio de su función. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución al Colegio de Notarios de Lima y al interesado, para losfines que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDGARDO HOPKINS TORRES Presidente JOSÉ HUMBERTO PEREIRA RIVAROLA Consejero AUGUSTO ORLANDO MALCA PÉREZ Consejero 00231 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DEL NOTARIADO Nº 035-2005-JUS/CN Lima, 18 de noviembre de 2005 Visto, el recurso de apelación interpuesto por el Dr. Jorge Federico Colareta Cavassa, de fecha 2 de febrero de 2004, contra el acuerdo tomado en Asamblea GeneralExtraordinaria del Colegio de Notarios de Lima de fecha 28 de enero de 2004, a mérito del cual se sanciona al recurrente con seis meses de suspensión en el ejerciciode la Función Notarial por haber incurrido en la falta prevista en el inciso h) del artículo Nº 149 de la Ley Nº 26002, Ley del Notariado; CONSIDERANDO: Que, habiendo tomado conocimiento la Junta Directiva del Colegio de Notarios de Lima sobre las irregularidades en los Registros Notariales, en el Índice Cronológico deLegalización de Libros y Hojas Sueltas, en el Índice Cronológico y Alfabético de Actas de Transferencia de Bienes Muebles Registrables, en un Acta de Protocolizaciónde Testamento y varias Actas de Transferencia Vehicular del Notario de Lima, Dr. Jorge Federico Colareta Cavassa, procede a expedir la Resolución Nº 115-2003-CNL-VN/JDde fecha 19 de septiembre de 2003, resolviendo abrir proceso disciplinario de oficio al Notario de Lima, Jorge Federico Colareta Cavassa; Que, por medio de escrito de fecha 6 de octubre de 2003, el Notario de Lima, Dr. Jorge Federico Colareta Cavassa presenta sus descargos a la Junta Directivadel Colegio de Notarios de Lima, manifestando que se ha subsanado la observación respecto del Registro Cronológico de Legalización de Libros y Hojas sueltas,habiéndose consignado los correspondientes números del Registro Único de Contribuyentes, además señala que se ha cumplido con Protocolizar el Testamento dequien en vida fuera Oswaldo Emigio Joaquín Quispe y que algunas de las Actas de Transferencia Vehicular de su Registro se encuentran inconclusas no produciendoningún efecto jurídico por no haberse puesto de acuerdo las partes contratantes; Que, de análisis de lo actuado se ha podido establecer que si bien el Notario investigado ha cumplido con subsanar lo referido al número de RUC en el Índice Cronológico de Legalización de Libros y Hojas Sueltas ylo referido al Índice Cronológico y Alfabético de Actas de Transferencia de Bienes Muebles Registrables que no consignaban expresamente el número de Folio dondecorre cada instrumento, también lo es que dicho Notario redactó un Acta de Protocolización de Testamento que debió haberse extendido en el registro de EscriturasPúblicas y que no se había Protocolizado en el Expediente original al final del Tomo respectivo; además varias Actas de Transferencia Vehicular contenían datos y firmas dela parte vendedora pero no la identificación, ni los datos, ni las firmas de la parte compradora, siendo en consecuencia que dichas Actas no habían sido autorizadas por el Notario; Estando a lo acordado por el Consejo del Notariado, en su sesión del 18 de noviembre de 2005; a lo señalado en el literal h) del artículo 142º del Decreto de LeyNº 26002, Ley del Notariado; y al literal i) del artículo 3º del Reglamento del Consejo del Notariado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-94-JUS, con la abstencióndel Dr. Fausto Montoya Romero por haber conocido el proceso en Primera Instancia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Confirmar el acuerdo tomado en Asamblea General Extraordinaria del Colegio de Notarios de Lima de fecha 28 de enero de 2004 que sanciona con seis meses de suspensión en su función al Notario deLima, Dr. Jorge Colareta Cavassa. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución al Colegio de Notarios de Lima y al interesado, para losfines que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDGARDO HOPKINS TORRES Presidente JOSÉ HUMBERTO PEREIRA RIVAROLA Consejero AUGUSTO ORLANDO MALCA PÉREZ Consejero 00232 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DEL NOTARIADO Nº 036-2005-JUS/CN Lima, 18 de noviembre de 2005 Visto, el recurso de apelación interpuesto por el Notario de Lima, Dr. Agustín Plácido Flores Barboza, de fecha 30 de mayo de 2003, contra la ResoluciónAdministrativa de Sanción impuesta por la Asamblea General del Colegio de Notarios de Lima, de fecha 9 de mayo de 2003; CONSIDERANDO: Que, habiendo tomado conocimiento la Junta Directiva del Colegio de Notarios de Lima por medio de una comunicación extendida por la Notaria de Lima, Dra.Sofía Inés Ode Pereyra de fecha 19 de setiembre de 2002, de una irregular actuación del Notario de Lima Dr. Agustín Plácido Flores Barboza al haber enviado a untercero para que en su lugar certifique unos sorteos en el Casino “La Hacienda” los días 17 y 18 de setiembre de 2002; Que, mediante escrito de fecha 30 de setiembre de 2002 el Dr. Agustín Flores Barboza informa ante el Colegio de Notarios de Lima que no pudo concurrir a los sorteosde los mencionados días por razones de salud y que hizo todo lo posible por encontrar un reemplazante que pudiera asumir el compromiso profesional, pero que alno conseguir a un colega reemplazante, tuvo que comisionar a un abogado de su notaría, el cual sólo se quedó a espectar los sorteos y no intervino con elcarácter de fedatario; Que, mediante Resolución Nº 007-2003-CNL/D, de fecha 31 de enero de 2003, expedida por el Colegio deNotarios de Lima, se resuelve abrir proceso disciplinario al Notario de Lima, Dr. Agustín Plácido Flores Barboza; Que, por escrito de fecha 25 de febrero de 2003, el Dr. Agustín Plácido Flores Barboza, interpone recurso de nulidad contra la Resolución Nº 007-2003-CNL/D, expedida por el Colegio de Notarios de Lima; Que, mediante Resolución Nº 027-2003-CNL-VN/DJ de fecha 15 de marzo de 2003, expedida por el Colegio de Notarios de Lima, se declara improcedente la nulidadplanteada por el Notario quejado; Que, mediante Dictamen Fiscal del Colegio de Notarios de Lima de fecha de fecha 24 de marzo de