TEXTO PAGINA: 7
PÆg. 309673 NORMAS LEGALES Lima, lunes 9 de enero de 2006 General, Libro de Caja y Libro Registro de Padrón de Socios; Que, por escrito de fecha 7 de julio de 2004, el Notario de Lima, Dr. Manuel Noya de la Piedra presenta susdescargos manifestando que los Libros del Centro Cultural Huañec fueron legalizados conforme a la documentación presentada por el señor Jhon ManuelSanabria Suárez en su calidad de Presidente del Centro Cultural Huañec; Que, mediante Resolución Nº 036-2004-CNL-VN/DJ de fecha 13 de abril de 2004, expedida por el Colegio de Notarios de Lima, se declara no ha lugar la apertura de proceso disciplinario en la queja interpuesta por el señorJonatan Ciro Barrera Valencia contra el Notario de Lima, Dr. Manuel Noya de la Piedra; Que, por escrito de fecha 7 de mayo de 2004, el señor Jonatan Ciro Barrera Valencia interpone recurso de apelación contra la Resolución Nº 036-2004-CNL- VN/JD, expedida por el Colegio de Notarios de Lima; Que, del análisis del expediente y a la luz de las normas vigentes, se ha podido verificar que el Notario quejado sí cumplió con el procedimiento establecido y por lo tanto,procedió sin faltar a sus obligaciones y cumpliendo con lo que señala la Ley del Notariado respecto a la legalización de apertura de Libros en su artículo Nº 112ºy siguientes; Estando a lo acordado por el Consejo del Notariado, en su sesión del 18 de noviembre de 2005; a lo señaladoen el literal h) del artículo 142º del Decreto de Ley Nº 26002, Ley del Notariado; y al literal i) del artículo 3º del Reglamento del Consejo del Notariado, aprobado porel Decreto Supremo Nº 005-94-JUS, con la abstención del Dr. Fausto Montoya Romero por haber conocido el proceso en Primera Instancia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Confirmar la Resolución Nº 036-2004- CNL-VN/DJ, expedida por el Colegio de Notarios de Lima,que declara no haber lugar a la apertura de proceso disciplinario contra el Notario de Lima, Dr. Manuel Noya de la Piedra.Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución al Colegio de Notarios de Lima y a los interesados, para los fines que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGARDO HOPKINS TORRES Presidente JOSÉ HUMBERTO PEREIRA RIVAROLA Consejero AUGUSTO ORLANDO MALCA PÉREZ Consejero 00229 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DEL NOTARIADO Nº 032-2005-JUS/CN Lima, 18 de noviembre de 2005Visto, el recurso de apelación interpuesto por el señor Mario Manuel Mori Castro, de fecha 28 de febrero de2005, contra la Resolución Nº 013-2005-CNL-VN/DJ expedida por el Colegio de Notarios de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante escrito de fecha 18 de noviembre de 2004, el señor Mario Manuel Mori Castro, interpone queja contra el Notario de Lima, Dr. Jorge Ernesto VelardeSussoni, quien supuestamente habría infringido el artículo 115º de la Ley del Notariado al haber legalizado tres Libros de Actas de la empresa PANACOM S.A. cuandoaún estaban vigentes los libros anteriores; Que, por escrito de fecha 6 de diciembre de 2004, el Notario de Lima, Dr. Jorge Ernesto Velarde Sussoni,presenta sus descargos manifestando que a su Despacho Notarial concurrió un empleado de la empresa PANACOM S.A. portando tres Libros de Actas para ser