Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2006 (09/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, lunes 9 de enero de 2006

NORMAS LEGALES

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RELACIONES EXTERIORES
Aprueban inafectaciones del IGV e ISC a donaciones efectuadas por diversas instituciones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0012-2006-RE MORDAZA, 5 de enero de 2006 Visto los expedientes Nº 7878-2005 y Nº 13831-2005, presentados por el CENTRO DE PROMOCION SOCIAL DE LA IGLESIA - PROSOI, mediante los cuales solicitan la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donacion recibida de Emmaus Internacional, con sede en Alfortville, Francia; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del articulo 2º y el MORDAZA parrafo del articulo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, el CENTRO DE PROMOCION SOCIAL DE LA IGLESIA - PROSOI se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptacion y aprobacion, internamiento de donaciones de caracter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donacion de fecha 19 de MORDAZA de 2001, legalizado por el Consulado General del Peru en la MORDAZA de MORDAZA, se observa que Emmaus International, ha efectuado una donacion a favor del CENTRO DE PROMOCION SOCIAL DE LA IGLESIA PROSOI; Que, los bienes donados constan de 425 bultos y consisten en sesenta (60) fardos con ropa de MORDAZA (hombre, mujer y nino), trescientos cinco (305) MORDAZA de carton con ropa de MORDAZA (hombre, mujer y nino), quince (15) MORDAZA de carton con zapatos (diversos tamanos), cuarenta y cuatro (44) fardos con ropa de invierno (hombre, mujer y nino), y una (01) MORDAZA de carton con carteras (diversos tamanos), usados, con un peso MORDAZA de 10,300.00 kilogramos, con valor FOB US$ 3,500.00 (Tres mil quinientos con 00/100 Dolares Americanos), que seran distribuidos entre los pobladores del distrito de MORDAZA (provincia y departamento del mismo nombre), especificamente en el sector denominado "Las Dunas", pueblo joven fundado por damnificados de la catastrofe del fenomeno del MORDAZA de 1998; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donacion efectuada por Emmaus International a favor del CENTRO DE PROMOCION SOCIAL DE LA IGLESIA - PROSOI; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la

donacion efectuada por Emmaus International a favor del CENTRO DE PROMOCION SOCIAL DE LA IGLESIA -PROSOI que constan de 425 bultos conteniendo sesenta (60) fardos con ropa de MORDAZA (hombre, mujer y nino), trescientos cinco (305) MORDAZA de carton con ropa de MORDAZA (hombre, mujer y nino), quince (15) MORDAZA de carton con zapatos (diversos tamanos), cuarenta y cuatro (44) fardos con ropa de invierno (hombre, mujer y nino), y una (01) MORDAZA de carton con carteras (diversos tamanos), usados, con un peso MORDAZA de 10,300.00 kilogramos, y con valor FOB US$ 3,500.00 (Tres mil quinientos con 00/100 Dolares Americanos), que seran distribuidos entre los pobladores del distrito de MORDAZA (provincia y departamento del mismo nombre), especificamente en el sector denominado "Las Dunas", pueblo joven fundado por damnificados de la catastrofe del fenomeno del MORDAZA de 1998. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica, a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 00306 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0013-2006-RE MORDAZA, 5 de enero de 2006 Visto el expediente Nº 12129-2005, presentado por la Asociacion LA MERE DU PAUVRE, mediante el cual solicita la Inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donacion recibida de Association d'Education Populaire St. MORDAZA, Amitie Lima; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del articulo 2º y el MORDAZA parrafo del articulo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, la Asociacion LA MERE DU PAUVRE, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptacion y aprobacion, internamiento de donaciones de caracter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donacion s/fecha, legalizada por el Consulado General del Peru en MORDAZA, se observa que Association d'Education Populaire St. MORDAZA, Amitie MORDAZA, ha efectuado una donacion a la Asociacion LA MERE DU PAUVRE; Que, los bienes donados consisten en productos farmaceuticos, enviados en un 1 bulto, con un peso MORDAZA de 147 kilos, valorizado en 3140.00 (Tres mil ciento cuarenta y 00/100 euros), que seran destinados a la obra de las hermanas del MORDAZA MORDAZA en el asentamiento humano Dos de MORDAZA en Lima-Centro y asentamientos humanos de MORDAZA MORDAZA en Ate-Vitarte; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donacion efectuada

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