Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2006 (09/01/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, lunes 9 de enero de 2006

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

Pag. 309687

y Nivel D7, en la Plaza Nº 224, a partir del 9 de enero de 2006. Articulo Segundo.- La remuneracion a percibir por la asesora referida en el articulo primero es la establecida en la Escala de Remuneraciones de la Defensoria del Pueblo y por las disposiciones que resulten aplicables. Articulo Tercero.- El egreso que origine el cumplimiento de la presente resolucion se afectara a las asignaciones especificas correspondientes del Presupuesto Institucional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensora del Pueblo 00294

Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento del MORDAZA de Eleccion de Representantes ante el Parlamento MORDAZA, que en anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Derogar la Resolucion Nº 3752005-JNE de fecha 28 de noviembre de 2005. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identidad y Estado Civil, el contenido de la presente resolucion, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) REGLAMENTO DEL MORDAZA PARA ELECCION DE REPRESENTANTES ANTE EL PARLAMENTO MORDAZA TITULO I ELECCION DE REPRESENTANTES ANTE EL PARLAMENTO MORDAZA Articulo 1º.- Eleccion de representantes ante el Parlamento MORDAZA Los representantes peruanos ante el Parlamento MORDAZA se eligen de manera directa, universal, libre y secreta, en numero de cinco (5) titulares y dos (2) suplentes por cada uno de ellos calificados como primer y MORDAZA suplente que los supliran, en ese orden, en caso de ausencia o impedimento. Los partidos politicos presentaran una lista de quince (15) candidatos, en numero correlativo que indique la posicion de los candidatos al Parlamento MORDAZA, entre los cuales seran electos como miembros titulares y suplentes segun el orden que determine el resultado de la votacion preferencial. Esta eleccion es por distrito unico y se aplica el metodo de la cifra repartidora, con doble MORDAZA preferencial opcional. El ejercicio del cargo es por el mismo periodo constitucional previsto para Presidente, Vicepresidentes y Congresistas de la Republica. TITULO II INSCRIPCION DE CANDIDATOS AL PARLAMENTO MORDAZA Articulo 2º.- Participacion y Requisitos para ser elegido representante al Parlamento MORDAZA En este MORDAZA electoral podran participar los partidos politicos y las alianzas inscritas en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones, conforme lo dispone la Ley de Partidos Politicos Nº 28094. Para ser elegido representante ante el Parlamento MORDAZA se requiere: a) Ser peruano de nacimiento; b) Ser mayor de veinticinco (25) anos; c) Gozar del derecho de sufragio; y, d) Estar inscrito en el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 3º.- Impedimentos para ser candidatos al Parlamento MORDAZA Los postulantes a representantes ante el Parlamento MORDAZA tienen los mismos impedimentos e incompatibilidades de los postulantes al Congreso de la Republica. No pueden ser candidatos a representantes ante el Parlamento MORDAZA, salvo que renuncien seis (6) meses MORDAZA de la fecha de las elecciones: a) Los ministros y viceministros de Estado, el Contralor General;

JNE
Aprueban Reglamento del MORDAZA para Eleccion de Representantes ante el Parlamento MORDAZA
RESOLUCION Nº 004-2006-JNE MORDAZA, 6 de enero de 2006 CONSIDERANDO: Que en las Elecciones Generales a realizarse el 9 de MORDAZA del ano 2006, convocadas por Decreto Supremo Nº 096-2005-PCM publicado el 8 de diciembre de 2005, se elegira a los representantes peruanos ante el Parlamento Andino; Que por Ley Nº 28360, los representantes peruanos ante el Parlamento MORDAZA se eligen por sufragio directo, universal, libre y secreto, en distrito electoral unico; Que el articulo 1º de la Ley Nº 28360, modificado por la Ley Nº 28643 publicada el 8 de diciembre de 2005, establece que los representantes peruanos ante el Parlamento MORDAZA se eligen en numero de cinco (5) titulares y dos (2) suplentes por cada uno de ellos, calificados como primer y MORDAZA suplente, que los supliran en ese orden en caso de ausencia o impedimento; asimismo, que los partidos politicos presentaran una lista de 15 candidatos, en numero correlativo que indique la posicion de los candidatos, entre los cuales seran electos como miembros titulares y suplentes, segun el orden conforme al MORDAZA preferencial, aplicandose la Cifra Repartidora para la distribucion de escanos al Parlamento Andino; Que segun lo dispuesto por el articulo 3º de la Ley anteriormente citada, el procedimiento para la convocatoria, postulacion, porcentaje de cuotas por razon de genero, publicacion de candidatos, plazos, eleccion y proclamacion de representantes ante el Parlamento MORDAZA se rige por lo dispuesto en la Ley Organica de Elecciones Nº 26859 y sus modificaciones; Que el articulo 4º de la misma MORDAZA, establece que los requisitos, impedimentos e incompatibilidades de los postulantes a representantes peruanos ante el Parlamento MORDAZA son los mismos que corresponden a los postulantes al Congreso de la Republica; lo que implica una remision a lo dispuesto expresamente en la Ley Organica de Elecciones; Que, ante ello, resulta necesario identificar y reglamentar las normas aplicables al MORDAZA de eleccion de Representantes peruanos ante el Parlamento MORDAZA, estableciendo las reglas para la inscripcion de candidaturas acordes con el distrito electoral unico, asi como las reglas relativas al sistema electoral previsto en la Ley para la eleccion del Congreso y a la cuota de genero, asi como las que MORDAZA necesarias para la determinacion de los representantes titulares y el primer y MORDAZA suplente de cada uno de ellos, la procedencia de su designacion como candidatos; entre otros temas que exigen un desarrollo especial para elegir a estas autoridades en las elecciones del ano 2006; Por los fundamentos expuestos, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en ejercicio de su funcion de reglamentacion de las normas, prevista en su ley organica, Ley Nº 26486;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.