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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G39/G39/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 11 de enero de 2006 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G50/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G43/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G73/G69/G74/G69/G6F/G73/G20/G61/G72/G71/G75/G65/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G73/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G6E/G63/G61/G73/G68/G2C/G20/G4C/G69/G6D/G61/G2C/G4C/G61/G20/G4C/G69/G62/G65/G72/G74/G61/G64/G20/G79/G20/G43/G61/G6A/G61/G6D/G61/G72/G63/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1763/INC Lima, 19 de diciembre de 2005 VISTO, el Oficio Nº 391-2005-INC-ANCASH/D de fecha 21 de octubre de 2005, del Ing. Benjamín Morales Arnao, Director del Instituto Nacional de Cultura Ancash; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno;responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión ypromoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala queel Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Oficio Nº 391-2005-INC-ANCASH/D de fecha 21 de octubre de 2005, el Ing. Benjamín Morales Arnao, Director del Instituto Nacional de Cultura Ancash, remite un reporte preliminar del Contexto 001, hallado enel sitio arqueológico Ichic Willcawain en el marco del Proyecto de Puesta en Valor de Ichic Willcawain, a cargo del Lic. Juan Paredes Olvera; Que, mediante Informe Nº 854-2005-INC/DREPH/DA/ SDIC-LAMS de fecha 1º de diciembre de 2005, la Subdirección de Investigación y Catastro de la Direcciónde Arqueología recomienda que el sitio arqueológico de Ichic Willcawain, ubicado en el distrito de Independencia, provincia de Huaraz, departamento de Ancash, sedeclare Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 767 de fecha 14 de diciembre de 2005 la Comisión Nacional Técnica deArqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declare Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Ichic Willcawain, ubicadoen el distrito de Independencia, provincia de Huaraz, departamento de Ancash; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamentode Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Ichic Willcawain, ubicado en el distrito de Independencia, provincia de Huaraz, departamento de Ancash. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección del Instituto Nacional de Cultura Ancash, la elaboración del expediente técnico del sitio arqueológico mencionado en el artículo1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros oagropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del sitio arqueológico declarado "Patrimonio Cultural de la Nación", debe contar con laaprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial,autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 00416RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1767/INC Lima, 19 de diciembre de 2005VISTO, el Oficio Nº 1631-2005-AG-PETT-DE-DTSL de fecha 10 de octubre de 2005 del Ing. Domingo Jaime Portugués Arias, Director Ejecutivo del Proyecto EspecialTitulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio deAgricultura; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, conpersonería jurídica de derecho público interno;responsable de la promoción y desarrollo de lasmanifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación,señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargadode registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Oficio Nº 1631-2005-AG-PETT-DE- DTSL de fecha 10 de octubre de 2005 el Ing. DomingoJaime Portugués Arias, Director Ejecutivo del ProyectoEspecial Titulación de Tierras y Catastro Rural delMinisterio de Agricultura, remite dos (2) expedientes técnicos de delimitación de sitios arqueológicos ubicados en la provincia de Yauyos, departamento de Lima,elaborados por el Lic. Alcides Álvarez Vega; Que, mediante Informe Nº 875-2005-INC/DREPH/DA/ SDIC/CJCG de fecha 6 de diciembre de 2005, laSubdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, concluye que los dos (02) expedientes técnicos conformados por planos, fichas técnicas ymemorias descriptivas de los sitios arqueológicosubicados en la provincia de Yauyos, departamento deLima, se encuentran conformes; Que, mediante Acuerdo Nº 772 de fecha 14 de diciembre de 2005, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional delInstituto Nacional de Cultura: * Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos siguientes: - Cerro Carpa, ubicado en el distrito de Omas, provincia de Yauyos, departamento de Lima; - Lacrao, ubicado en el distrito de Quinocay/Omas, provincia de Yauyos, departamento de Lima; * Aprobar los planos de delimitación siguientes: - Plano Perimétrico del Sitio Arqueológico Cerro Carpa, Nº 364-INC-PETT-2005, de fecha octubre de2005, ubicado en el distrito Omas, provincia de Yauyos,departamento de Lima; - Plano Perimétrico del Sitio Arqueológico Lacrao, Nº 365-INC-PETT-2005, de fecha octubre de 2005, ubicadoen el distrito Quinocay/Omas, provincia de Yauyos,departamento de Lima; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigacióny Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos siguientes: - Cerro Carpa, ubicado en el distrito de Omas, provincia de Yauyos, departamento de Lima.