Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2006 (11/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 11 de enero de 2006 FE DE ERRATAS

VISTA: La solicitud presentada por la senorita MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA Carcagno, Personera Legal del Partido Politico: PROGRESEMOS PERU. CONSIDERANDO: Que mediante solicitud presentada el 23 de setiembre del 2005, la senorita MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA Carcagno solicito a la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas, la inscripcion del Par tido Politico: Progresemos Peru en el Registro de Partidos Politicos que conduce la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones; Que, revisada la solicitud presentada, se advierte que la misma cumple con todas las disposiciones de caracter formal senaladas en el articulo 5º de la Ley Nº 28094, esto es, contiene: i) Acta de Fundacion, ii) Actas de Constitucion de Comites Partidarios ubicados en al menos el MORDAZA de las provincias del MORDAZA y que abarquen las dos terceras partes de los departamentos, estando suscritas cada una por no menos de cincuenta afiliados debidamente identificados, iii) Estatuto, iv) designacion de Personeros Legales titulares y alternos, v) designacion del Representante Legal del Partido y, vi) mas del 1% de adherentes que sufragaron en las ultimas elecciones de caracter nacional, segun reporte emitido por la Oficina Nacional de Procesos Electorales ONPE, tal como se advierte en la MORDAZA de Verificacion de Lista de Adherentes Nº 034-2005, suscrita por el Gerente de Gestion Electoral de dicho organo electoral, y remitida a esta Oficina mediante Oficio Nº 1296-2005-SG/ONPE, documentos mediante los cuales se certifico que la agrupacion politica bajo mencion presento un total de 129,382 firmas validas, cantidad que supera el minimo necesario de 128,293; Que, con fecha 31 de diciembre se publico en el Diario Oficial El Peruano, una sintesis de la solicitud de inscripcion a efectos de que cualquier persona natural o juridica ejerciera su derecho de formular tacha contra la inscripcion de la organizacion politica solicitante, habiendo quedado en esta Oficina de Registro toda la documentacion correspondiente a la misma; Que, se ha vencido el plazo senalado en el articulo 10º de la Ley Nº 28094 sin que se MORDAZA presentado tacha alguna contra la solicitud de inscripcion, conforme es de verse en el Memorando Nº 070-2006-OOES/JNE de fecha 9 de enero del 2006; Que, las organizaciones politicas se constituyen por iniciativa y decision de sus fundadores y luego de cumplido los requisitos establecido en la ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Politicas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley a la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Inscribir en el Registro de Partidos Politicos al Partido Politico: PROGRESEMOS PERU, quedando aprobado su simbolo el cual es representado por dos cerros de color MORDAZA de los que sale detras un sol MORDAZA con una MORDAZA dentada MORDAZA y en el centro y abajo la palabra Progresemos en letras mayusculas y color azul. Articulo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente en el Libro de Partidos Politicos, Partida Numero Cuarenta y registrese la inscripcion en el Asiento Numero Uno. Articulo Tercero.- Tengase acreditados como personeros a la senora MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA Carcagno y MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA como titular y suplente respectivamente. Registrese y notifiquese. MORDAZA MORDAZA PATRON Jefe de la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas 00433

RESOLUCION Nº 010-2006-JEE/LC Mediante Oficio Nº 20-2006-JEE/LC, el MORDAZA Nacional de Elecciones solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Nº 010-2006-JEE/LC, publicada en nuestra edicion del dia 10 de enero de 2006. - En la MORDAZA linea del primer parrafo de la parte considerativa; DICE: (...) Ley de Partidos Politicos Nº 28074; DEBE DECIR: (...) Ley de Partidos Politicos Nº 28094; 00532

ONPE
Aprueban procedimiento de sorteo de ubicacion de las candidaturas y modelo de Cedula de Sufragio para la eleccion de Presidente y Vicepresidentes de la Republica 2006
RESOLUCION JEFATURAL Nº 007-2006-J/ONPE MORDAZA, 10 de enero de 2006 VISTOS; el Informe Nº 001-2006-GPDE/ONPE de la Gerencia de Planificacion y Desarrollo Electoral, de fecha 5 de enero del ano en curso; el Informe Nº 003-2006GGE/ONPE de la Gerencia de Gestion Electoral, de fecha 4 de enero del ano en curso; el Informe Nº 0022006-DRPM y el Memorandum Nº 013-2006-GAJ/ONPE, ambos de fecha 9 de enero de 2006; y, CONSIDERANDO: Que a traves del Decreto Supremo Nº 096-2005PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 8 de diciembre del ano 2005, el Presidente de la Republica ha convocado a Elecciones Generales para el dia MORDAZA 9 de MORDAZA de este ano; Que conforme al articulo 176º de la Constitucion Politica del Peru, los organismos electorales tienen por finalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresion autentica, libre y espontanea de los ciudadanos; y que los escrutinios MORDAZA reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por votacion directa; Que la misma MORDAZA fundamental precisa en su articulo 182º que es competencia de la ONPE la organizacion de todos los procesos electorales, de referendum y los de otros tipos de consulta popular, incluyendose el diseno y elaboracion de la cedula de sufragio; Que, en concordancia con el texto constitucional, el literal c) del articulo 5º de la Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, Ley Nº 26487, senala como funcion de la ONPE planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo; precisandose en el literal b) del mismo articulo la competencia de la ONPE para disenar la cedula de sufragio, actas electorales, formatos y todo otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realizacion de los procesos a su cargo; Que, lo anterior guarda igualmente concordancia con el articulo 159º de la Ley Organica de Elecciones, Ley Nº 26859, la cual establecio que corresponde a la ONPE determinar las caracteristicas de las cedulas de sufragio, la impresion y distribucion de las mismas, asi como las

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