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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2006 (28/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 43

PÆg. 311245 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de enero de 2006 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0119-2006-RE Lima, 25 de enero de 2006 Vistos, los expedientes Nºs. 1409-2005 y 44555-2005, presentados por la Asociación Promotora de Apostolado (APRODEA), mediante el cual solicitan la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivoal Consumo (ISC) respecto a la donación recibida deAsociación Sodalitium Christianae Vitae. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto Generala las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC,aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normasmodificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación TécnicaInternacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentalesde Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e InstitucionesPrivadas sin fines de lucro receptoras de donaciones decarácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), ysiempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sectorcorrespondiente; Que, la Asociación Promotora de Apostolado (APRODEA), se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptacióny aprobación, internamiento de donaciones de carácterasistencial o educacional provenientes del exterior, aprobadapor Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 10 de enero del 2005, legalizado por el Consulado General del Perú en Roma, se observa que la AsociaciónSodalitium Christianae Vitae, ha donado a la AsociaciónPromotora de Apostolado (APRODEA), un vehículo,marca Volkswagen, año 2004, modelo Passat, MotorNº AWT164438, Chasis Nº WVWZZZ3BZ5P056021; Que, el bien donado consiste en un vehículo, marca Volkswagen, año 2004, modelo Passat, MotorNº AWT164438, Chasis Nº WVWZZZ3BZ5PO56021; conun valor FOB US$ 14,343.30 (catorce mil trescientoscuarentitrés y 30/100 dólares americanos y un peso brutode 1,408.00 kilos, destinado para el uso en las obras educativas, sociales y pastorales que realizan en la ciudad de Lima, como es el caso de centros de formacióneducativa para seminaristas, apoyo a colegiosparroquiales y postas médicas de los mismos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la Inafectación de IGV y ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERÚ eIPREDA, a que se refiere el primer párrafo; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuadapor la Asociación Sodalitium Christianae Vitae a favor de Asociación Promotora de Apostolado (APRODEA); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935,Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la ResoluciónSuprema Nº 508-93-PCM. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo(ISC) correspondiente a la donación efectuada por LaAsociación Sodalitium Christianae Vitae, a que se refiere el cuarto considerando de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria- SUNAT y al interesado, para los efectos a que secontrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 01674RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0122-2006-RE Lima, 26 de enero de 2006 Vistos, los expedientes Nº 11931/14312-2005, presentados por el INSTITUTO PERUANO DE PATERNIDAD RESPONSABLE - INPPARES, mediante los cuales solicitan la Inafectación del Impuesto Generala las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo(ISC) respecto a la donación recibida de InternationalPlanned Parenthood Federation. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley delImpuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivoal Consumo - ISC, aprobado por Decreto SupremoNº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e InstitucionesExtranjeras de Cooperación Técnica Internacional(ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales deDesarrollo (ONGD-PERU) nacionales e InstitucionesPrivadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargola Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI),y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerialdel Sector correspondiente; Que, el INSTITUTO PERUANO DE PATERNIDAD RESPONSABLE - INPPARES, se encuentra inscrito en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruanade Cooperación Internacional - APCI, de conformidadcon la Directiva de procedimientos de aceptación yaprobación, internamiento de donaciones de carácterasistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 23 de febrero de 2005, legalizada por el Consulado Generalde Perú en New York, se observa que InternationalPlanned Parenthood Federation ha efectuado unadonación a favor del INSTITUTO PERUANO DE PATERNIDAD RESPONSABLE - INPPARES; Que, los bienes donados consisten en 1 bulto, conteniendo 100 unidades de Trocar-Norplant, con unpeso bruto de 1 kilo, con un valor FOB de US$ 820.00(Ochocientos veinte y 00/100 dólares americanos),serán destinados a los policlínicos de INPPARES en Lima y a nivel nacional, que brindan atención en el campo de la salud y planificación familiar; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuadapor International Planned Parenthood Federation; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la ResoluciónSuprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e ImpuestoSelectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por International Planned Parenthood Federation a favor del INSTITUTO PERUANO DEPATERNIDAD RESPONSABLE-INPPARES, consistenteen 1 bulto, conteniendo 100 unidades de Trocar- Norplant,con un peso bruto de 1 kilo, con un valor FOB deUS$ 820.00 (Ochocientos veinte y 00/100 dólares americanos), será destinada a los policlínicos de INPPARES en Lima y a nivel nacional, que brindanatención en el campo de la salud y planificación familiar. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro delos plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 01675