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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2006 (28/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 51

PÆg. 311253 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de enero de 2006 ORGANISMOS AUTÓNOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Aprueban nuevo Sistema del Registro Nacional de Grados y TítulosProfesionales y su implementación COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1528-2006-ANR Lima, 17 de enero de 2006 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 25064 de fecha 23 de junio de 1989 dispone que la Asamblea Nacional de Rectores debellevar el Registro Nacional de Grados y TítulosProfesionales expedidos por las universidades públicasy privadas del país con la información pertinente para dicho efecto; Que, mediante Resolución Nº 897-2002-ANR de fecha 20 de noviembre de 2002 se aprobó el ReglamentoNacional de Grados y Títulos Profesionales de laAsamblea Nacional de Rectores; Que, el artículo 13º, inciso k) del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria señala que la Asamblea Nacional de Rectores es el enteencargado de la administración del Registro Nacionalde Grados y Títulos Profesionales de conformidad a laley; Que, para lograr la modernización del Registro Nacional de Grados y Títulos Profesionales mediante la aplicación de las nuevas tecnologías informático-telemáticas, la Asamblea Nacional de Rectores estáintroduciendo un nuevo sistema que tiene por objeto lainterconexión universitaria en línea para la inscripciónde grados y títulos profesionales expedidos por las universidades del país, la misma que permitirá rapidez y seguridad en la información que las universidadesremiten al citado Registro Nacional en cumplimiento dela Ley Nº 25064; Que, la Comisión de Coordinación Interuniversitaria y el Pleno de Rectores en sus respectivas sesiones extraordinarias llevadas a cabo el 16 de diciembre del 2005 han aprobado la propuesta de un nuevo Sistemadel Registro Nacional de Grados y Títulos Profesionalesde la Asamblea Nacional de Rectores y suimplementación; disponiendo la remisión a lasuniversidades del país la Cartilla de instrucciones del citado sistema; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de laAsamblea Nacional de Rectores en virtud del ReglamentoGeneral de la Coordinación Interuniversitaria y la LeyNº 25064; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el nuevo Sistema del Registro Nacional de Grados y Títulos Profesionalesy su implementación, el cual tiene por objeto la interconexión universitaria en línea para la inscripción de grados de títulos profesionales expedidos por lasuniversidades del país, el mismo que entrará envigencia a partir de la expedición de la presenteresolución. Artículo 2º.- Comuníquese la presente resolución a las universidades del país, remitiéndose la cartilla de instrucciones y la estructura del sistema correspon-diente. Artículo 3º.- Publíquese la presente resolución en la página web de la ANR y en el Diario Oficial ElPeruano.Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores ROCÍO RONDINEL SOSA Secretaria General de laAsamblea Nacional de Rectores 01681 DEFENSORÍA DEL PUEBLO Delegan en el Jefe de la Oficina de Administración y Finanzas, la facultad de aprobar modificaciones presupues- tarias en el Nivel Funcional Progra-mÆtico para el aæo 2006 RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 03-2006/DP Lima, 20 de enero de 2006 Vistos; el Memorando Nº 014-2006-DP/PDA que anexa el Informe Nº 001-2006-DP/OPP, mediante el cual el PrimerAdjunto (e) solicita la emisión de la resolución que delegueal Jefe de la Oficina de Administración y Finanzas, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático en la Defensoría del Pueblo, pordisposición de la Titular del Pliego; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28411, se establecen los principios, asícomo los procesos y procedimientos que regulan el SistemaNacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 11º de laLey Marco de la Administración Financiera del Sector Público,Ley Nº 28112, en concordancia con los artículos 77º y 78º de la Constitución Política del Perú; Que, en los numerales 7.1 y 7.2 del artículo 7º de la Ley Nº 28411 se establece que el Titular de una Entidad es lamás alta Autoridad Ejecutiva. Esta Autoridad puede delegarsus funciones en materia presupuestal, cuando lo establezcaexpresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario el titular y el delegado; Que, asimismo, el numeral 40.2 del artículo 40º de la Ley antes citada, establece que las modificacionespresupuestarias en el nivel Funcional Programático sonaprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad deaprobación, a través de disposición expresa; Que, mediante el documento de Vistos se solicita la emisión de la resolución que delegue en el Jefe de la Oficinade Administración y Finanzas la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, que corresponde a la Titular del Pliego de laDefensoría del Pueblo, de acuerdo a la normatividadexpresada en los considerandos precedentes; En uso de las facultades conferidas por los artículos 5º y 9º numeral 7) de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y en concordancia con los literales d) y f) del artículo 5º de su Reglamento deOrganización y Funciones aprobado por la ResoluciónDefensorial Nº 0018-2005/DP; SE RESUELVE: Artículo Único.- DELEGAR en el Jefe de la Oficina de Administración y Finanzas, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático para el año fiscal 2006, que correspondea la Titular del Pliego 020 Defensoría del Pueblo. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Defensora del Pueblo 01644