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PÆg. 311259 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de enero de 2006 representante del Ministerio Público ante el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana - CONASEC, por loque resulta necesario designar nuevo representante, afin de encargar la representación de la señora Fiscal de la Nación ante el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana - CONASEC. Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por los artículos 64º y 65º inciso 2 del Decreto Legislativo Nº052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del señor doctor José Humberto Pereira Rivarola, FiscalSupremo Provisional de la Fiscalía Suprema en loContencioso Administrativo, como representante de la Fiscal de la Nación ante el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana - CONASEC, materia de Resolución de laFiscalía de la Nación Nº 1884-2005-MP-FN. Artículo Segundo.- Designar al señor doctor Carlos Américo Ramos Heredia, Fiscal Superior Titular de laCuarta Fiscalía Superior Penal de Lima, como representante de la Fiscal de la Nación ante el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana - CONASEC. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento de la presente resolución al señor Ministro del Interior, alPresidente del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana- CONASEC, al Fiscal Superior Titular mencionado, a la Fiscal Superior Decana del Distrito Judicial de Lima, a la Gerencia General y a la Gerencia de la Oficina deRegistro Fiscales, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 01721 S B S Autorizan inscripción de persona natural en el Registro del Sistema deSeguros RESOLUCIÓN SBS Nº 24-2006 Lima, 13 de enero de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor Cléver Isidro Ramírez Rojas para que se le autorice la inscripción enel Registro del Sistema de Seguros: Sección II De losCorredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida; y, CONSIDERANDO:Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo del 2004, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 19-2005-RIAS, enconcordancia con lo dispuesto en el artículo 11º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en elindicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segurosy Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor Cléver Isidro Ramírez Rojas con matrícula Nº N-3784en el Registro del Sistema de Seguros, Sección II De losCorredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida, quelleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 01682 Aprueban modificación del Estatuto Social de la Caja Rural de Ahorro yCrØdito Quillabamba S.A.A. - CREDINKA RESOLUCIÓN SBS Nº 59-2006 Lima, 19 de enero de 2006 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORASPRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Quillabamba S.A.A. - CREDINKA para que se leautorice la modificación parcial de su estatuto social; CONSIDERANDO: Que, en sesión de Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 13 de diciembre de 2003, seacordó la modificación del artículo 6º del Estatuto Socialde la Caja Rural de Ahorro y Crédito Quillabamba S.A.A.- CREDINKA, referente a las características de las acciones representativas del capital social; Que, en sesión de Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 13 de junio de 2005 se acordópor unanimidad la modificación del artículo 1º del estatutosocial, a fin de que la sociedad pueda denominarse CajaRural de Ahorro y Crédito Quillabamba S.A.A. o, indistintamente, CREDINKA S.A.A.; así como la modificación del artículo 3º del mismo estatuto, relativoal domicilio social; Que, en sesión de Junta General Extraordinaria de Accionistas del 19 de septiembre de 2005, se acordóratificar los acuerdos de modificación del estatuto social, adoptados en las sesiones de Junta General de Accionistas mencionadas en los Considerandosprecedentes; Que, de la revisión efectuada a la documentación presentada, se establece que la Caja Rural de Ahorro yCrédito Quillabamba S.A.A. - CREDINKA, ha cumplido con los requisitos señalados en el procedimiento Nº 44 del TUPA de esta Institución; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfinanciera "A" mediante Informe Nº 155-2005-DEM "A", por el Departamento Legal medianteInformes Nº 948-2005-LEG y Nº 1020-2005-LEG, y con la opinión favorable de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas y de la Superintendencia Adjuntade Asesoría Jurídica; RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar en los términos propuestos, la modificación del Estatuto Social de la Caja Rural de Ahorro yCrédito Quillabamba S.A.A. - CREDINKA, cuyos documentospertinentes quedan archivados en este organismo, ydevuélvase la minuta que lo formaliza con el sello oficial de esta Superintendencia, para su elevación a escritura pública en la que se insertará el texto de la presente resolución parasu posterior inscripción en los Registros Públicos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadasde Fondos de Pensiones 01689