Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2006 (28/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 28 de enero de 2006

Autorizan a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Sullana S.A. el traslado de oficina principal ubicada en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 62-2006
MORDAZA, 20 de enero de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Sullana S.A. para que se le autorice el traslado de su Oficina Principal y de su Agencia ubicadas en el distrito y provincia de Sullana ; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentacion correspondiente para el traslado de su Oficina Principal y de su Agencia; y, Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion Microfinanciera "B", mediante Informe Nº 0072006-DEM "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº CM-0334-2005; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Sullana S.A. el traslado de su Oficina Principal ubicada en la MORDAZA La Mar esquina con Plazas de MORDAZA Nº 250 a la MORDAZA Plaza de MORDAZA Nº 138 y de su Agencia ubicada en la MORDAZA San MORDAZA Nº 812-814 a la MORDAZA La Mar esquina con Plaza de MORDAZA Nº 250, del distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura. Articulo Segundo.- Conforme se indica en el numeral 15.7 de la Circular Nº CM-0334-2005 (B-21472005) dentro de los siete (7) dias calendario de formalizada la conversion, la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Sullana debera reportar a esta Superintendencia las acciones realizadas en el Anexo B "Movimiento de Oficinas" de la referida Circular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 01646

razones por las cuales solicita la renovacion de los servicios de soporte y actualizacion de las licencias de productos ORACLE y la adquisicion de nuevas licencias de estos productos para el periodo 2006; los cuales de acuerdo a lo informado ascienden a los costos que se detallan a continuacion:
Servicios de Soporte y Actualizacion de Licencias Adquisicion de Nuevas Licencias Monto Total de la contratacion USD 144 181,76 USD 181 677,30 USD 325 859,06

Que, como se puede apreciar en el considerando anterior, el gasto predominante se encuentra en la adquisicion de bienes (adquisicion de nuevas licencias), con relacion a los servicios de Soporte y Actualizacion, los mismos que se consideran especificamente como servicios, a efecto de determinar el MORDAZA de seleccion que corresponderia; Que, en tal sentido y en virtud a lo dispuesto por el articulo 76º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el MORDAZA debe preverse como una Licitacion Publica, por lo que debio excluirse del Numeral 9 del Plan Anual previsto inicialmente como un MORDAZA de Concurso Publico, e incluir el MORDAZA de Licitacion Publica por el valor total de su contratacion; Que, de otro lado, el Departamento de Logistica informa que estando proximo el vencimiento del contrato suscrito con la empresa NCR del Peru S.A., el Depar tamento de Sopor te Tecnico de esta Superintendencia, mediante el Memorando Nº 001-2006ST y contando con la aprobacion de la Gerencia de Tecnologias de la Informacion, solicita la contratacion del servicio de mantenimiento de Hardware y Software de los equipos MORDAZA NCR, adjuntando a tal efecto, las especificaciones tecnicas para su contratacion; Que en tal sentido y a efecto de determinar el MORDAZA de seleccion para la contratacion de los servicios requeridos de la empresa NCR del Peru S.A., se le solicito a dicha empresa alcance su propuesta economica de renovacion, la misma que se detalla a continuacion:
NCR WM 4455 Total HW (Contrato Anual, incl. IGV) NCR WM 4455 Total SW (Contrato Anual, incl. IGV) NCR S2600 (Contrato 7 meses, incl. IGV) NCR WM 4300, 3450, 3525 Total HW (Contrato anual, incl. IGV) NCR WM 4300, 3450, 3525 Total SW (Contrato anual, incl. IGV) Monto Total de la contratacion USD 7 197,12 USD 3 213,00 USD 2 082,50 USD 32 576,89 USD 20 190,29 USD 65 259,80

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicio de mantenimiento de Hardware y Software de equipos NCR y la adquisicion, soporte y actualizacion de licencias de productos ORACLE de la institucion
RESOLUCION SBS Nº 75-2006
San MORDAZA, 24 de enero de 2006 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTO: Lo senalado en el Informe Nº 002-2006-DL emitido por el Departamento de Logistica; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Tecnologias de Informacion, mediante Memorandum Nº 014-2006-GTI, sustenta las

Que, de acuerdo a la naturaleza de los servicios a contratar y al monto total de su contratacion, el MORDAZA correspondiente seria el de una Adjudicacion Directa Publica, el mismo que ya se encuentra previsto en el Numeral 10 del Plan Anual para el ejercicio 2006; Que, se debe mencionar que, el Departamento de Logistica en su Informe de la referencia senala que para los casos MORDAZA mencionados, las empresas cuya contratacion se requiere son las unicas autorizadas en el Peru, para brindar los ser vicios de sopor te y mantenimiento, asi como para vender las licencias que esta Superintendencia necesita adquirir, por haberlo asi establecido el fabricante de los bienes, por cuestiones que obedecen a las patentes de los productos, no siendo posible que otros proveedores puedan satisfacer los requerimientos MORDAZA descritos, por carecer de las autorizaciones legales correspondientes; Que, como se puede apreciar, las empresas ORACLE DEL PERU S.A. y NCR del Peru S.A. se constituyen en proveedores unicos, toda vez que son las unicas empresas autorizadas en el Peru para brindar los servicios descritos en los considerandos de la presente Resolucion, por lo que conforme a lo dispuesto por el literal e) del ar ticulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, las contrataciones de servicios que no admiten sustitutos y exista un proveedor unico, se encuentran exoneradas de los procesos de seleccion de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicacion Directa que le correspondan en funcion a su cuantia; Que en concordancia con la precitada MORDAZA legal, el articulo 144º del Reglamento de la MORDAZA mencionada MORDAZA, aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM establece que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria

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