Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2006 (02/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 2 de febrero de 2006

Articulo 3º.- Derogatoria Quedan sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 01957

Convocan a los Gobiernos Regionales y Locales a la MORDAZA de proyectos de inversion a ser financiados con recursos del FIDE
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 005-CND-P-2006 Lince, 31 de enero de 2006 VISTOS: El Reglamento del Fondo Intergubernamental para la Descentralizacion (FIDE) aprobado por la Resolucion Presidencial Nº 150-CND-P-2003; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, se crea el Consejo Nacional de Descentralizacion (CND) como organismo independiente y descentralizado encargado de dirigir y conducir el MORDAZA de descentralizacion, con calidad de Pliego Presupuestario, a cuyo efecto, se le confiere autonomia tecnica, administrativa y economica en el ejercicio de sus funciones; Que, el numeral 53.1 del articulo 53º de la precitada Ley, establece la creacion del FIDE, destinado a promover el financiamiento y cofinanciamiento de proyectos de desarrollo compartido entre los distintos niveles de gobierno, cuya administracion esta a cargo del CND, el mismo que se constituye, conforme lo establece el numeral 53.2 del acotado articulo 53º, con recursos provenientes de los procesos de privatizaciones y concesiones; Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 73º-A de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el FIDE es un fondo sostenible y concursable destinado exclusivamente al financiamiento y cofinanciamiento de proyectos que obtiene sus recursos del treinta por ciento (30%) de los fondos captados por los procesos de privatizaciones, concesiones y otras modalidades contractuales vinculadas a la administracion de activos de alcance nacional propiedad del Estado, asi como, de los fondos provenientes de cooperacion no reembolsable y operaciones de endeudamiento que para tal fin concrete el Gobierno Nacional; los cuales se orientan al fomento del desarrollo regional, la integracion de las regiones y la realizacion de proyectos que involucren a varios niveles de gobierno, para lo cual debe observarse la Ley Nº 28274, Ley de Incentivos para la Integracion y Conformacion de Regiones; Que, mediante la Resolucion Presidencial de visto, el Consejo Directivo del CND se aprobo el Reglamento del FIDE, precisando el articulo 4º que sus recursos provienen de la cooperacion internacional no reembolsables y de operaciones de credito nacional o internacional que concrete para el cumplimiento de sus fines, de las donaciones, de los repagos de sus creditos, de los recursos provenientes de la ejecucion de garantias de los contratos de mutuo, asi como otros que le MORDAZA asignados; Que, el articulo 19º del precitado Reglamento establece que la convocatoria para MORDAZA de proyectos a ser financiados con recursos del FIDE se MORDAZA anualmente durante el mes de MORDAZA y la adjudicacion de los recursos a los proyectos aprobados sera MORDAZA durante el mes de agosto, contexto en el cual, la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento

planteo realizar una primera convocatoria en el mes de MORDAZA de 2004, la misma que no se pudo concretar en razon a que la primera transferencia financiera de los recursos a este Fondo fue efectuada por la Agencia de Promocion de la Inversion Privada (PROINVERSION) en el mes de MORDAZA de 2005, y, posteriormente, en el mes de diciembre de este mismo ano se ha establecido la fuente de financiamiento y el clasificador de ingresos respectivo a traves de la Decimo Sexta Disposicion Final de la Ley Nº 28653, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2006; hechos que recien determinan que el CND cuente con la disponibilidad presupuestal de los recursos MORDAZA indicados ascendentes a la suma de US $ 6 281 248.32 (Seis millones doscientos ochenta y un mil doscientos cuarenta y ocho y 32/100 dolares americanos); Que, en virtud de lo senalado en el considerando precedente, resulta necesario realizar la primera convocatoria para la MORDAZA de proyectos de inversion a ser financiados con recursos del FIDE, asi como, disponer la inmediata implementacion administrativa para un adecuado y oportuno funcionamiento del Fondo; En cumplimiento de las funciones asignadas y de la autonomia conferida por la Ley Nº 27783, estando a lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27680, 27867, 28274 y 28653 y por la Resolucion Presidencial Nº 150-CND-P2003, y en uso de las atribuciones contenidas en la Resolucion Presidencial Nº 042-CND-P-2003 y sus normas modificatorias y complementarias, Reglamento de Organizacion y Funciones; y, Con el visto MORDAZA del Secretario Tecnico y los Responsables de la Gerencia de Administracion y Finanzas y de la Oficina Legal; y, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Convocatoria para MORDAZA de proyectos de inversion Convoquese a los Gobiernos Regionales y Locales a la MORDAZA de proyectos de inversion a ser financiados con recursos del FIDE, de conformidad con las disposiciones establecidas en la Resolucion Presidencial Nº 150-CND-P-2003. Articulo 2º.- Fecha de MORDAZA de proyectos de inversion La MORDAZA de los proyectos a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, vence el 6 de MORDAZA de 2006. Articulo 3º.- Recursos disponibles Los recursos disponibles del FIDE para efectos de la presente convocatoria ascienden a la suma de US$ 6 000 000.00 (Seis millones y 00/100 dolares americanos). La Gerencia de Administracion y Finanzas, bajo responsabilidad, realizara los procesos que resulten necesarios para operativizar el funcionamiento del FIDE, con cargo a los recursos de dicho fondo que no se encuentren comprometidos en los alcances del parrafo anterior. Articulo 4º.- Normas complementarias A mas tardar el 28 de febrero de 2006 se publicaran las normas complementarias que seran aplicables a los proyectos de inversion materia de la presente convocatoria. Articulo 5º.- Derogatoria y vigencia Quedan sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Resolucion, la misma que rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 01958

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