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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (22/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 30

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G33/G30/G30/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 22 de febrero de 2006 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Creación del Proyecto “Alameda del Deporte” Créase el Proyecto Piloto “Alameda del Deporte” como una intervención urbana especial, a cargo delViceministerio de Vivienda y Urbanismo en el marco delPrograma Mejoramiento Integral de Barrios - MiBarrio,aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2004- VIVIENDA, a ejecutarse en el Distrito de La Victoria, Provincia y Departamento de Lima. Artículo 2º.- Características del Proyecto Piloto Alameda del Deporte El Proyecto Piloto Alameda del Deporte consiste en la recuperación urbanística del Jirón Sebastián Barranca, en el Sector comprendido entre el Estadio Nacional“Coloso José Díaz” y el Estadio “Alejandro Villanueva” através de las siguientes intervenciones: - Intervención Física: redistribución de la sección de vía, arborización, iluminación especial, mobiliario urbano y pintado de fachadas del Jirón Sebastián Barranca. - Acompañamiento Social: coparticipación y el cofinanciamiento del Gobierno Nacional, los GobiernosLocales, Instituciones Deportivas, empresas privadas,los residentes de la zona y de su área de influencia. Artículo 3º.- Financiamiento Los porcentajes de participación de las entidades y/ o sectores mencionados, serán determinados mediantedisposiciones complementarias que adopte el Ministeriode Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUDECINDO VEGA Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 03200 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G34/G36/G2D/G32/G30/G30/G35/G2D /G56/G49/G56/G49/G45/G4E/G44/G41/G20 /G65/G6E/G20 /G6C/G6F/G20 /G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20 /G61/G20 /G6C/G61/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G64/G65/G20/G62/G72/G69/G6E/G64/G61/G72/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G46/G45/G53 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 037-2006-VIVIENDA Lima, 21 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 146-2005- VIVIENDA, de fecha 3 de junio de 2005, se designaron a losfuncionarios responsables de la elaboración del portal deinternet, así como de brindar la información del InstitutoNacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES,que demanden las personas en aplicación del Principio de Publicidad, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública - Ley Nº 27806, funciónque recayó como titular en el CPC. Gustavo Escate Floresy como suplente en el Ing. Adolfo Ponce de León; Que, el CPC. Gustavo Escate Flores ha sido designado Gerente General del INFES, motivo por el cual es necesario designar el nuevo responsable titular encargado de proporcionar la información que soliciten las personas, en aplicación delPrincipio de Publicidad, modificándose al efecto la ResoluciónMinisterial citada en el considerando precedente; De conformidad con la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley Nº 27779 y Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la Resolución Ministerial Nº 146-2005-VIVIENDA, de fecha 23 de junio de 2005,en la parte referida al funcionario titular responsable debrindar la información del Instituto Nacional deInfraestructura Educativa y de Salud - INFES, quedemanden las personas en aplicación del Principio de Publicidad, designándose al efecto al Ing. Jorge OblitasCervera. Artículo 2º.- Queda vigente la Resolución Ministerial Nº 146-2005-VIVIENDA, en todo cuanto no es modificadaen forma expresa por la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUDECINDO VEGA Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 03201 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 CONTRALORÍA GENERAL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G63/G75/G6C/G61/G64/G6F /G79/G20/G66/G61/G6C/G73/G65/G64/G61/G64/G20/G69/G64/G65/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G61/G20/G65/G6E/G20/G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G49/G4E/G44/G45/G43/G49 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 052-2006-CG Lima, 20 de febrero de 2006 Vistos; la Hoja de Recomendación Nº 007-2006-CG/ GDPC de 3.FEB.2006, los Oficios Nºs. 1729, 1799 y 1800-2005-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 25.OCT. y3.NOV.2005, respectivamente y el Atestado Nº 098-2005-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 20.OCT.2005, resultante de las investigaciones realizadas por la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a laContraloría General de la República, en el Instituto Nacionalde Defensa Civil - INDECI; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, dispuso la realización de un Examen Especial que viene practicando la Oficina de Control Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros al Instituto Nacionalde Defensa Civil - INDECI; Que, como resultado del mencionado Examen, dicha Oficina de Control Institucional emitió la Hoja Informativa Nº01-2004-PCM/CA-INDECI de 4.JUN.2004; en la cual se determinaron presuntas irregularidades en la documentación sustentatoria de las rendiciones de cuenta de losfuncionarios y servidores que realizaron comisiones deservicios durante el período 2000 y 2001 a las diversasDirecciones Regionales del INDECI, evidenciándose quelos comprobantes de pago que sustentan la prestación del servicio, habrían sido adulterados con la finalidad de beneficiarse con los montos asignados por dicho concepto; Que, debido a la existencia de irregularidades que denotaban la existencia de indicios de comisión de delitoy al requerirse se practiquen diligencias policiales paratal fin, se consideró conveniente solicitar la participación de la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General de la República,a fin que profundice las investigaciones del caso; Que, la mencionada Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional Adscrita a la Contraloría General,conforme a sus atribuciones señaladas en los artículos 3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú, ha elaboradoel Atestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido pordicha Unidad Técnica a través del Oficio Nº 1729-2005-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 25.OCT.2005 a laNovena Fiscalía Provincial Penal de Lima, a fin que este órgano formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comisión de losdelitos de Peculado y Falsedad Ideológica, ilícitosprevistos y sancionados por los artículos 387º y 428ºdel Código Penal, respectivamente;