Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (24/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 53

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G33/G32/G31/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 24 de febrero de 2006 objeto de mejorar la salud y calidad de vida de la población en áreas rurales; Que, de la revisión y análisis de los anexos presentados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para la autorización de la “Tercera Convocatoria” delprograma Nacional de Agua y Saneamiento Rural “Mi Agua Rural”, a llevarse en los departamentos de Lambayeque, Amazonas, Ancash, Apurímac y Puno, cuya difusiónpublicitaria será en radio y prensa escrita, se tiene que la publicidad a ser utilizada, a criterio de este colegiado, no contraviene lo dispuesto por el numeral 6) inciso 6.4) delReglamento 387-2005-JNE; Por los fundamentos antes expuestos, habiendo el recurrente cumplido con los requisitos exigidos por elArt. 7º de la Resolución Nº 387-2005-JNE; y, en uso de sus facultades conferidas, este Jurado: RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la solicitud de publicidad estatal presentada por el Secretario General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, autorizando la difusión en radio y prensa escrita del Programa Nacionalde Agua y Saneamiento Rural “Mi Agua Rural”, de acuerdo al cronograma solicitado y en los términos solicitados. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sección normas legales del Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.ARAUJO SÁNCHEZ MEDINA GALDOS MARTINEZ GARCIA03459 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64/G20/G64/G65/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G69/G64/G61/G64 /G65/G73/G74/G61/G74/G61/G6C/G20/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G4A/G65/G66/G65/G20/G64/G65/G6C/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61 JURADO ELECTORAL ESPECIAL LIMA CENTRO RESOLUCIÓN Nº 067-2006-JNE/LC Lima, 16 de febrero de 2006 VISTO: Por recibido el Oficio Nº 001-090-0000, de fecha 8 de febrero de 2006, mediante el cual el Jefe del Servicio de Administración Tributaria, de conformidad a lo dispuesto por Resolución número 387-2005-JNE,solicita a este Jurado Electoral Especial, le autorice realizar la publicidad estatal, relacionado con el pago del Impuesto Predial e Impuesto al Patrimonio Vehicular,atendiendo al plazo de su vencimiento; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 096-2005-PCM, publicado el 8 de diciembre de 2005 en el diario oficial, seconvocó a Elecciones Generales para el 9 de abril de 2006, precisando que dicho proceso se regirá por lo dispuesto en la Constitución Política del Estado, LeyNº 26859 y sus modificatorias, Ley Nº 25851 y Ley Nº 28360; Que, el “Reglamento sobre el uso de publicidad estatal para las elecciones generales 2006”, aprobado medianteResolución Nº 387-2005-JNE, establece el procedimiento que los entes del Estado deben realizar a fin de solicitar autorización al Jurado Nacional de Elecciones; señalándoseel numera 6) literal 6.4 que; la publicidad estatal en ningún caso podrá contener o hacer alusión a colores, nombres, signos distintivos o similares de alguna organización políticade forma tal que la ciudadanía lo relacione, directa o indirectamente, con ésta o con el gobierno de turno; Que, la solicitud que precede se fundamenta, que siendo unas de las funciones ordinarias del SAT, elde estar obligada a utilizar diversos medios que permitan a los contribuyentes el cumplimiento de susobligaciones en las fechas establecidas, evitando que se perjudiquen con el interés moratorio. En tal sentido, atendiendo a que el plazo para el pago del ImpuestoPredial e Impuesto al Patrimonio Vehicular vence el último día hábil de febrero, por lo que, dada la importancia de los mismos en el presupuesto de laMunicipalidad es necesario difundir adecuadamente la fecha de vencimiento de pago, razón por la cual solicitan su autorización. Que, de la revisión y análisis de los anexos presentados en el oficio signado con el Nº 001-090-0000, los que consisten en publicidad escrita (volantes, afiches,publicación en diarios), publicidad radial, publicidad en calles (globo aerostático, bus SAT, Banderolas), este colegiado no advierte que la publicidad evaluadacontravenga con el numeral 6) del literal 6.4) de la Resolución Nº 387-2005-JNE, Por los fundamentos expuestos, habiendo el recurrente cumplido con los requisitos exigidos por el Art.7º de la Resolución Nº 387-2005-JNE; y, en uso de las facultades de que está investido, el Jurado ElectoralEspecial Lima-Centro: RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la solicitud de publicidad estatal presentada por el Jefe del Servicio deAdministración Tributaria, mediante Oficio Nº 001-090- 0000, los que se darán en los términos solicitados, en medios escritos, radiales y visuales, hasta el 28 defebrero del año 2006. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sección normas legales delDiario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. ARAUJO SÁNCHEZMEDINA GALDOS MARTINEZ GARCIA 03460 /G41/G64/G6D/G69/G74/G65/G6E/G20/G79/G20/G64/G65/G6E/G69/G65/G67/G61/G6E/G20/G61/G64/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G74/G72/GE1/G6D/G69/G74/G65 /G64/G65/G20 /G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64/G20 /G64/G65/G20 /G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G63/G61/G6E/G64/G69/G64/G61/G74/G6F/G73/G20/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G6C/G69/G61/G6E/G7A/G61/G20/G65/G6C/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G6C/G20/G22/G43/G6F/G6E/G63/G65/G72/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E /G44/G65/G73/G63/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G69/G73/G74/G61/G22 JURADO ELECTORAL ESPECIAL LIMA CENTRO RESOLUCIÓN Nº 068-2006-JEE/LC Lima, 22 de febrero de 2006 VISTA: La solicitud de inscripción de la lista de candidatos al Congreso de la República, presentada pordon Fabricio Antonio Orozco Vélez, personero legal titular de la Alianza electoral “Concertación Descentralista”, para el Distrito Electoral de la Región Lima, en el procesode Elecciones Generales 2006, presentada el 8 de febrero de 2006. CONSIDERANDO: Que, los Jurados Electorales Especiales ubicados en la capital del departamento tienen a su cargo la inscripción de las listas de candidatos al Congreso de la República; Que, los partidos políticos o alianzas registrados en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones sólo pueden inscribir una lista decandidatos al Congreso de la República en cada Distrito Electoral ante el Jurado Electoral Especial correspondiente, hasta sesenta (60) días naturales antesde la fecha de las elecciones, conforme lo establece el