Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2006 (24/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 24 de febrero de 2006

articulo 115º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, concordante con el articulo 11º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094. Primero.- Que, habiendose procedido a calificar y procesar la solicitud presentada, en cuanto a los requisitos positivos referidos a la edad, nacionalidad, goce del derecho de sufragio y ejercicio de la ciudadania de los candidatos, requisitos negativos concernientes a los impedimentos y condicion de inelegibilidad, cuota de genero, declaracion jurada de MORDAZA, democracia interna y demas exigencias legales previstas en la Constitucion y la Ley Organica de Elecciones, Ley de Partidos Politicos y otras normas conexas, ademas del TUPA; es procedente la admision a tramite de la solicitud de inscripcion, conforme lo dispone el articulo 9º del Reglamento para la recepcion, calificacion e inscripcion de la lista de candidatos al Congreso de la Republica, aprobado por Resolucion Nº 047-2006-JNE; se procede a admitir a tramite la solicitud de inscripcion de los candidatos senalados en el articulo primero de la parte resolutiva de la presente Resolucion. Segundo.- Que, son requisitos para ser elegido congresista: a)Ser peruano de nacimiento, b)Ser mayor de 25 anos; c)Gozar del derecho de sufragio; y, d) Estar inscrito en el Registro de Identificacion y Estado Civil, conforme a lo dispuesto en el articulo 112º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859 concordante con el articulo 90º de la Constitucion Politica del Peru; en tal sentido se deniega la admision a tramite la solicitud de inscripcion del candidato MORDAZA MORDAZA Picasso MORDAZA, con numero de inscripcion 01 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 09179676, por cuanto su lugar de nacimiento es la MORDAZA de Brabante - MORDAZA Belgica, y del candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con numero de inscripcion 18 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 06597898, por cuanto su lugar de nacimiento es la cuidad de Chaco - MORDAZA MORDAZA, conforme se ha corroborado en las respectivas fichas del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en consecuencia, los referidos candidatos no han cumplido con adjuntar el Acta correspondiente de Registro de Per uanos nacidos en el Extranjero expedido por el Consulado de la Republica del Peru acreditado en el MORDAZA de nacimiento. Tercero.- Que, se advierte que no se ha dado cumplimiento de lo establecido en el articulo 114º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859 concordante con el articulo 4º del Reglamento para la recepcion, calificacion e inscripcion de formulas de candidatos al Congreso de la Republica en las Elecciones Generales de 2006 - Resolucion Nº 047-2006-JNE, respecto a trabajadores y funcionarios de los Poderes Publicos y de los Organismos y Empresas del Estado que no han cumplido con adjuntar el otorgamiento de la licencia sin goce de haber, concedida sesenta (60) dias MORDAZA de la fecha las elecciones; en consecuencia se deniega la admision a tramite la solicitud de inscripcion de los siguientes candidatos: Quinonez Colchado MORDAZA MORDAZA, con numero de inscripcion 05 e identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 09127294, por cuanto no ha cumplido con adjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce d e h a b e r, s i e n d o q u e a l a fe c h a l a b o ra e n l a Universidad Mayor de San MORDAZA, Organismo descentralizado MORDAZA con personeria Juridica de Derecho Publico Interno, como profesora Asociada; de Dammert MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con numero de inscripcion 06 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 06256174, por cuanto no ha cumplido con adjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce de haber, siendo que a la fecha labora como docente en la Universidad Mayor de San MORDAZA, Organismo descentralizado MORDAZA con personeria Juridica de Derecho Publico Interno; de MORDAZA MORDAZA Luz Gasdaly con numero de inscripcion 11 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 15611327, por cuanto no ha cumplido con adjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce de haber, siendo

que a la fecha labora en el Ministerio de Educacion el que conforme al organigrama del Estado Peruano pertenece al Poder Ejecutivo, ocupando el cargo de directora; de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con numero de inscripcion 15 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 07964412, por cuanto no ha cumplido con adjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce de haber, siendo que a la fecha labora ocupando el cargo de secretaria en la Universidad Mayor de San MORDAZA, Organismo descentralizado MORDAZA con personeria Juridica de Derecho Publico Interno; de MORDAZA MORDAZA MORDAZA con numero de inscripcion 21 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 08531722, por cuanto no ha cumplido con adjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce de haber, siendo que a la fecha labora en el Instituto Nacional Penitenciario, organismo del Ministerio de Justicia el que conforme al organigrama del Estado Peruano pertenece al Poder Ejecutivo; de Manunta Calienes, MORDAZA MORDAZA con numero de inscripcion 27 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 07957890, por cuanto no ha cumplido con adjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce de haber, siendo que a la fecha labora en el Gobierno Regional de MORDAZA el que constituye persona juridica de derecho publico del Estado Peruano; de Oriondo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA con numero de inscripcion 30 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 06842762, por cuanto no ha cumplido con adjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce d e h a b e r, s i e n d o q u e a l a fe c h a l a b o ra desarrollandose como contador general de la Municipalidad Distrital de Comas organismo publico del Estado Per uano; de MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA con numero de inscripcion 33 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 09867714, por cuanto no ha cumplido con adjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce de haber, siendo que a la fecha labora desarrollandose como medico gineco obstetra en el Hospital de ESSALUD - Canete organismo publico del Estado Peruano; Cuarto.- Que se ha determinado el incumplimiento a lo prescrito en el tercer parrafo del articulo 18º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094; el que establece que no podran inscribirse como candidatos en otros partidos politicos, movimientos u organizaciones politicas locales, los afiliados a un partido politico inscrito, a menos que hubiesen renunciado con cinco (5) meses de anticipacion a la fecha de cierre de las inscripciones del MORDAZA electoral que corresponda, o cuenten con autorizacion expresa del partido politico al que pertenecen la cual debe adjuntarse a la solicitud de inscripcion, y que este no presente candidato en la respectiva circunscripcion. No se podra postular por mas de una lista de candidatos, en consecuencia se deniega la admision a tramite la solicitud de inscripcion de los siguientes candidatos: C h u m p i t a z P a n t a, J o r g e L u i s con numero de inscripcion 17 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 02878466, de acuerdo con el Informe emitido por la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas se encuentra en el padron de afiliados al Partido Socialista en el departamento de MORDAZA, siendo el caso que no ha cumplido con adjuntar su carta de renuncia o con adjuntar la autorizacion expresa del partido politico al que pertenece, y de Varela Arzola MORDAZA MORDAZA, con numero de inscripcion 23 e identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 40001217, de acuerdo con el Informe emitido por la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas se encuentra en el padron de afiliados al Partido Accion Popular, siendo el caso que no ha cumplido con adjuntar su carta de renuncia o con adjuntar la autorizacion expresa del partido politico al que pertenecen. Quinto.- Que, el derecho al MORDAZA, a elegir y ser elegido se ejerce solo con el Documento Nacional de Identidad otorgado por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, de conformidad a lo establecido en los articulos 30º y 31º la Constitucion Politica del Peru, y en los articulos 7º y 8º de Ley Organica de Elecciones, adicionalmente el articulo 29º

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