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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G33/G32/G32/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 24 de febrero de 2006 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G20/G64/G65 /G52/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G64/G65/G20/G54/G75/G6D/G62/G65/G73 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 115-2006-INDECI 20 de febrero del 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM se creó la Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres (CMPAD) generados por fenómenos de origen natural o tecnológico, encargadade coordinar, evaluar, priorizar y supervisar las medidas de prevención de daños, atención y rehabilitación en las zonas del país que se encuentren en peligro inminente oafectadas por desastres de gran magnitud; Que, mediante Ley Nº 28382 se amplió hasta S/. 50’000,000.00 (CINCUENTA MILLONES CON00/100 NUEVOS SOLES) el monto de la Línea de Crédito Extraordinaria, Permanente y Revolvente, otorgada por el Banco de la Nación al INDECI al amparo del DecretoLegislativo Nº 442, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 092-96. Los recursos provenientes de dicha Línea de Crédito se destinarán para realizar acciones quepermitan reducir los efectos dañinos de un peligro inminente de origen natural o antrópico, brindar una respuesta oportuna a la población, ejecutar acciones derehabilitación de la infraestructura pública para recuperar los niveles que los servicios básicos tenían antes de la ocurrencia de un desastre; y ejecutar acciones derecuperación de la capacidad productiva de las zonas afectadas por desastres; Que, la Octava Disposición Final de la Ley Nº 28562, Ley que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, autoriza al Poder Ejecutivo para que mediante decreto supremorefrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, incorpore, cuando seanecesario, previo informe favorable de la Dirección Nacional del Presupuesto Público, los recursos en la Fuente de Financiamiento “Recursos por OperacionesOficiales de Crédito Interno” provenientes de la Línea de Crédito referida en el considerando precedente, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; Que, la Décima Disposición Final de la Ley Nº 28653, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, establece la prórrogade la vigencia de la referida Octava Disposición Final; Que, el numeral 7.1 del artículo 7º de la Directiva Nº 004-2005-EF/68.01 “Directiva que establece criteriosy procedimientos para la incorporación de los recursos a que se refiere la Ley Nº 28382, Ley que amplía el monto de la línea de crédito otorgada por el Banco de laNación al INDECI”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 510-2005-EF/10, señala que los recursos provenientes de la mencionada línea de crédito podránfinanciar gastos temporales de emergencia que no sean destinados a proyectos y que tengan por finalidad realizar acciones que permitan reducir los efectos dañinos de unpeligro inminente de origen natural o antrópico y brindar una respuesta oportuna a la población y cuenten con el Informe de Evaluación de Daños correspondiente,aprobado por el INDECI, para lo cual el INDECI debe cumplir con presentar un Informe Técnico a la Dirección General sustentando la necesidad de financiar estosgastos con recursos provenientes de la línea de crédito. Se señala a su vez que recibido el Informe Técnico favorable del INDECI, la DGPM propone la incorporaciónde los recursos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 101-2005-PCM se declaró en Estado de Emergencia por desastre deorigen natural (fenómeno de sequía), el departamento de Tumbes, por el plazo de 60 días naturales, para la ejecución de obras y actividades de rehabilitación en elSector Agricultura; Que, mediante Oficio Nº 1328-2005/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-P del 19.DIC.2005, el GobiernoRegional de Tumbes remitió las Fichas Técnicas para laejecución de actividades de adquisición de alimentos para ganado afectado como consecuencia de la sequía,por un valor de S/. 2’000,000.00 (DOS MILLONES Y 00/ 100 NUEVOS SOLES); Que, mediante Oficio Nº 745-2006-INDECI/4.0 del 7.FEB.2006, se remitió a la DGPM el Informe Técnico Sustentatorio Nº 001-2006-INDECI/14.0 emitido por la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECIdonde se concluye que resulta necesario desarrollar la actividad “Acopio de Alimentos para la Rehabilitación de Ganado en las Provincias de Tumbes, ContralmiranteVillar y Zarumilla” detallada en las Fichas Técnicas elaboradas por el Gobierno Regional de Tumbes, por un monto de S/. 2’000,000.00 (DOS MILLONES Y 00/100NUEVOS SOLES); Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2006-EF se incorporó vía Crédito Suplementario en el Presupuestodel Sector Público para el Año Fiscal 2006, Pliego 006 INDECI, la suma de DOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2’000,000.00), correspondiente a la Fuentede Financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno, provenientes del crédito extraordinario, permanente y revolvente otorgado por el Banco de laNación a favor del INDECI, con cargo a los recursos de la mencionada Línea de Crédito; Que, de conformidad con el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del SectorPúblico para el Año Fiscal 2006, las Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atención de desastres se aprueban por Resolución delTitular del Pliego, las mismas que serán obligatoriamente publicadas en el Diario Oficial El Peruano; Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Gobierno Regional de Tumbes, con cargo a los recursos provenientes del crédito extraordinario, permanente y revolvente otorgado por elBanco de la Nación a favor del INDECI, hasta por el monto de DOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2’000,000.00), para la ejecución de las actividadesseñaladas en el Anexo 01 adjunto; Con las visaciones de la Sub Jefatura, las Oficinas de Asesoría Jurídica, Planificación y Presupuesto yAdministración y Dirección Nacional de Proyectos Especiales; De conformidad con la Ley Nº 28562 - Ley que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2006, Ley Nº 28653 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Ley Nº 28382 - Ley que amplia el monto de la Línea deCrédito otorgada por el Banco de la Nación al INDECI, Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y en uso de las atribuciones conferidas enel Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modificado por Decretos Supremos Nº 005-2003-PCM y095-2005-PCM; SE RESUELVEArtículo Primero.- Aprobar, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presenteResolución, la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Gobierno Regional de Tumbes, con cargo a los recursos provenientes del crédito extraordinario,permanente y revolvente otorgado por el Banco de la Nación a favor del INDECI, hasta por un monto de DOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2’000,000.00)para la ejecución de las Actividades señaladas en el Anexo 01 que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La Oficina de Administración del INDECI, dará cumplimiento a lo establecido en la presente Resolución. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales la coordinación correspondiente para la suscripción del respectivo Convenio entre el INDECI y el Gobierno Regional deTumbes para el control, seguimiento y monitoreo de ejecución de metas físicas, conforme a la normatividad vigente.