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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2006 (27/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

TEXTO PAGINA: 128

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 325264El Peruano jueves 27 de julio de 2006 Aprueban reubicación directa de ex trabajadores inscritos en el RegistroNacional de Trabajadores CesadosIrregularmente que optaron por la reincorporación y reubicación laboral RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 273-2006-TR Lima, 26 de julio de 2006 VISTOS: Los Lineamientos del Proceso de Reubicación aprobados por Resolución Ministerial Nº 107-2006-TR, el Oficio Nº 273-2006-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GGR del Gobierno Regional de Amazonas, el Oficio Nº 0766-2006-GRA/S.G del Gobierno Regionalde Ancash, el Oficio Nº 2525-2006-MERADREA-UGEL- A del Gobierno Regional de Apurímac, el Oficio Nº138- 2006-GR-CUSCO-DRTCC del Gobierno Regional delCusco, la Resolución Directoral Nº 549-2006-DRSC/ DGGDRH de la Dirección Regional de Salud del Cusco, el Oficio Nº 642-2006-GR.K-GGR-DRA/D.P del GobiernoRegional de Cajamarca, el Oficio Nº 850-2006-GORE- ICA-P .R.COM.REUB.DIRECTA del Gobierno Regional de Ica, los Oficios Nºs. 611-2006-GR-LL/DRH y 1102-2006-GR-LL/GGR del Gobierno Regional de La Libertad, el Oficio Nº 1177-2006-P/G.R.MOQ. del Gobierno Regional de Moquegua, el Oficio Nº 167-2006/GRP-400000 delGobierno Regional de Piura, los Oficios Nºs. 514-2006- DRA-P/DIA, 204-2006-GR-PUNO/DRTCVC y 861-2006- GR-PUNO/GGR del Gobierno Regional de Puno, losOficios Nºs. 373 y 504-2006/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-P del Gobierno Regional de Tumbes, el Oficio Nº 978-2006-OERRHH-ORA-GGR/GOB.REG.TACNA delGobierno Regional de Tacna, el Oficio EF/92.2000 Nº 243/ 2006 del Banco de la Nación, el Oficio Nº R-405-2006/ ENOSA de Electro Nor Oeste S.A., el Oficio Nº G-469-06de Electro Sur Este S.A., el Oficio Nº G-614-2006 de Electro Oriente S.A., el Oficio Nº 059-2006-ENACO S.A./ GRCIAADM de la Empresa Nacional de la Coca S.A. -ENACO-, el Oficio Nº 627-2006/300.540/EPSTACNA SA de la Empresa Prestadora de Servicios Tacna -EPS TACNA-, el Oficio Nº GR-2312-2006 de Hidrandina S.A.,el Oficio Nº RRHH-DP-404-2006 de Petróleos del Perú S.A. -PETROPERU-, la Carta Nº 685-2006-GG de la empresa del Servicio de Agua Potable y Alcantarilladode Lima S.A. -SEDAPAL-, los Oficios Nºs. 077, 079, 081 y 090-GCRH-ESSALUD-2006 del Seguro Social de Salud -ESSALUD-, el Oficio Nº 183-2006-INC/GG del InstitutoNacional de Cultura, los Oficios Nºs. 168-GG-2006/IRTP y 066-2006-PE/IRTP del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú, el Oficio Nº 315-2006-INRENA-OAdel Instituto Nacional de Recursos Naturales, el Oficio Nº 371-2006-SG/IPD del Instituto Peruano del Deporte, el Oficio Nº 896-2006-GG/PJ del Poder Judicial, el OficioNº 366-2006-SUNARP-CR/GG de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, el Oficio Nº 118-2006- JEF/RENIEC del Registro Nacional de Identificación yEstado Civil -RENIEC-, los Oficios Nºs. 263-2006-SUNAT/ 200000, 056-2006-SUNAT/2F-0000 y 064-2006-SUNAT/ 2F0000 de la Superintendencia Nacional deAdministración Tributaria -SUNAT-, el Oficio Nº 002-CEDI- SBPC-06 de la Sociedad de Beneficencia Pública del Cusco, el Oficio Nº 1678-2006-MIMDES/SG de laSecretaría General del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Humano, el Oficio Nº 183-2006-JEF/RENIEC del Jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, losOficios Nºs. 256-2006-SUNARP/SN y 606-2006- SUNARP/GG de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, el Informe Nº 400-2006-MTPE/2-CCCde la Coordinación de Ceses Colectivos del Sector, el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente, el Informe Nº 104-2006-MTPE/9.1 de laOficina de Asesoría Jurídica del Sector; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27803 establece entre los beneficios a favor de los ex trabajadores inscritos en el RegistroNacional de Trabajadores Cesados Irregularmente, el beneficio de reincorporación y reubicación laboral, el cualde acuerdo a lo establecido en la Resolución Suprema Nº 036-2005-TR y el Decreto de Urgencia Nº 020-2005se encuentra en la etapa de ejecución de la reubicación laboral; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 107-2006- TR se han aprobado los Lineamientos del Proceso de Reubicación Laboral, los que han establecido el procedimiento, facultades y acciones a ejecutar por losex trabajadores, las entidades y empresas obligadas, así como por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, en atención a lo anteriormente señalado, y luego de diversas acciones efectuadas por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo se ha remitido la información producto de dicho proceso, la cual se hacalificado por el Despacho Viceministerial de Trabajo, considerando los reclamos planteados durante el desarrollo del mismo, por lo que corresponde expedir laResolución Ministerial que apruebe el proceso efectuado, en uso de las facultades otorgadas por el artículo 7º de la Ley Nº 27803; Que, del mismo modo, se determina que un grupo de entidades del Estado no han cumplido adecuadamente con la Ley Nº 27803, o con laResolución Ministerial Nº 107-2006-TR, por lo que corresponde aplicar lo establecido en el marco legal vigente, autorizando a que se adopten las medidascorrespondientes contra quienes resulten responsables de los respectivos incumplimientos; Con el visto bueno de la Viceministra de Trabajo (e);En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27803 modificada por Ley Nº 28299, concordante con la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Reubicación Directa de los ex trabajadores inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente que optaron por el beneficio de reincorporación y reubicación laboral previstopor la Ley Nº 27803, señalados en el Anexo 1 de la presente norma. La reubicación señalada en este artículo se efectúa en las plazas comunicadas por las entidades y empresas del Estado y de acuerdo a las comunicaciones efectuadas mediante los documentos de vistos. Artículo 2º.- Declarar que los procesos de Reubicación Directa del Gobierno Regional de Ancash, Gobierno Regional de la Libertad, Banco de la Nación, SeguroSocial de Salud -ESSALUD-, del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima -SEDAPAL-, del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Humano, del Ministerio de Vivienda yConstrucción así como del Ministerio de Transportes y Comunicaciones no han culminado, en atención a las observaciones o requerimientos efectuados por elMinisterio de Trabajo y Promoción del Empleo. Los ex trabajadores de las entidades mencionadas en este artículo y que participaron en el proceso deReubicación Directa, pueden participar del proceso de Reubicación General, siendo excluidos del indicado proceso en caso resulten beneficiarios de la ReubicaciónDirecta. Artículo 3º.- Declarar que el proceso de Reubicación Directa del Registro Nacional de Identificación y EstadoCivil -RENIEC- aún no ha culminado, en atención a la solicitud efectuada por la indicada entidad para ejecutar las reubicaciones directas de la totalidad de sus ex trabajadores. Autorizar a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para que amplíe su proceso deReubicación Directa con el objetivo que los ex trabajadores del régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276 puedan ocupar las plazas vacantespresupuestadas comunicadas al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que correspondan al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728. A fin de ejecutar lo indicado en el presente artículo se ejecutan procesos sumarios, supervisados por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 4º.- Informar a la Contraloría General de la República las entidades y/o empresas del Estado que no han informado del resultado del proceso de Reubicación