Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2006 (27/07/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 130

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

325266

NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 27 de MORDAZA de 2006

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. El plazo de la autorizacion y del permiso concedidos se computaran a partir del dia siguiente de notificada la presente Resolucion, la cual ademas sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual el titular de la autorizacion debera cumplir con las obligaciones que a continuacion se indican: - Instalar los equipos requeridos para la prestacion del servicio conforme a las condiciones esenciales y a las caracteristicas tecnicas aprobadas en la presente autorizacion. - Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento. - Los equipos instalados deberan contar con el respectivo Certificado de Homologacion. La respectiva inspeccion tecnica se efectuara de oficio hasta dentro de los tres (3) meses siguientes al vencimiento del mencionado periodo, y en la cual se verificara la correcta instalacion de la estacion, incluyendo la homologacion del equipamiento asi como el cumplimiento de las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente Resolucion. Sin perjuicio de lo MORDAZA indicado, el titular podra solicitar la realizacion de la inspeccion tecnica MORDAZA del vencimiento del periodo de instalacion y prueba otorgado. En caso de incumplimiento de las obligaciones MORDAZA mencionadas la autorizacion otorgada quedara sin efecto. Articulo 3º.- Dentro de los doce (12) meses siguientes a la entrada en vigencia de la autorizacion, e l t i t u l a r d e b e r a p r e s e n t a r e l p r oye c t o d e comunicacion. Asimismo, en forma individual o conjunta, aprobara su Codigo de Etica y presentara MORDAZA del mismo a la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones o podra acogerse al Codigo de Etica que emita el Ministerio. Articulo 4º.- El titular esta obligado a instalar y operar el servicio de radiodifusion autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente Resolucion, las cuales solo podran ser modificadas previa autorizacion del Ministerio. En caso de aumento de potencia, este sera autorizado hasta el MORDAZA establecido en el Plan de Canalizacion y de Asignacion de Frecuencias para la banda y localidad autorizada. En caso de disminucion de potencia, no obstante no requerirse de la previa aprobacion, el titular se encuentra obligado a su respectiva comunicacion. Articulo 5º.- Conforme lo establecido en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, el titular adoptara las medidas necesarias a fin de garantizar que las radiaciones que emita la estacion de radiodifusion que se autoriza no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles en el acotado Decreto Supremo, asi como efectuar, en forma semestral, el monitoreo de la referida estacion. La obligacion de monitoreo semestral sera exigible a partir del dia siguiente del vencimiento del periodo de instalacion y prueba o de la solicitud de inspeccion tecnica presentada conforme lo indicado en el tercer parrafo del articulo 2º de la presente Resolucion. Articulo 6º.- Seran derechos y obligaciones del titular de la autorizacion las consignadas en los articulos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como las senaladas en la presente Resolucion. Articulo 7º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion debera solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el MORDAZA mencionado articulo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el ar ticulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television.

Articulo 8º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion, canon anual y publicacion de la presente Resolucion, caso contrar io la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 9º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 00452-1

Modifican permiso de operacion de aviacion general otorgado a persona juridica para el servicio privado, civico y de instruccion
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 110-2006-MTC/12 MORDAZA, 27 de junio del 2006 Vista la solicitud de la empresa MASTER OF THE SKY S.A.C. (antes denominada MASTER OF THE SKY S.R.L.), sobre Modificacion de Permiso de Operacion de Aviacion General - Servicio Privado, Civico y de Instruccion; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 007-2004MTC/12 del 26 de enero del 2004 se otorgo a la empresa MASTER OF THE SKY S.R.L., Permiso de Operacion de Aviacion General - Ser vicio Privado, Civico y de Instruccion, por el plazo de cuatro (4) anos contados a partir del 13 de febrero del 2004; Que, con Documento de Registro Nº 2006-010584 del 21 de MORDAZA del 2006, modificado a traves del Documento de Registro Nº 038988 del 12 de junio del 2006, la empresa MORDAZA citada solicito la modificacion de su Per miso de Operacion, en el sentido de incrementar el material aeronautico al ya autorizado, asi como cambiar su denominacion social a MASTER OF THE SKY S.A.C.; Que, de acuerdo a la Partida Registral Nº 11033514 obrante en la Oficina Registral de MORDAZA, de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, se inscribe la transformacion de la sociedad a una sociedad anonima cerrada, por lo que la denominacion social MASTER OF THE SKY S.R.L vario a MASTER OF THE SKY S.A.C.; Que, segun los terminos de la Memoranda Nº 4622006-MTC/12.AL, Nº 542-2006-MTC/12.AL, Nº 590-2006MTC/12.AL, Nº 620-2006-MTC/12.AL, emitidos por la Asesora Legal de la Direccion General de Aeronautica Civil; Memoranda Nº 2335-2006-MTC/12.04 y Nº 24402006-MTC/12.04, emitidos por la Direccion de Seguridad Aerea; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por cier tos, ver ificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion del Articulo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.