Norma Legal Oficial del día 30 de julio del año 2006 (30/07/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA 30 de MORDAZA de 2006

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

NORMAS LEGALES

325549

integrante de la presente Resolucion, la misma que entrara en vigencia a partir del 1 de enero del 2007. Articulo 2°.- La Direccion General de Salud de las Personas, a traves de la Estrategia Sanitaria Nacional de Inmunizaciones, es responsable de la difusion e implementacion de la citada Directiva. Articulo 3°.- Las Direcciones de Salud a nivel nacional, a traves de las Direcciones Ejecutivas de Salud de las Personas, seran responsables del cumplimiento de la mencionada Directiva en el ambito de sus jurisdicciones. Articulo 4°.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicacion de la presente Directiva en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud. Articulo 5.- La Directiva N° 033-MINSA/DGSP-V.03: "Esquema o Calendario de Vacunacion" aprobada con Resolucion Ministerial N° 307-2005/MINSA, tendra vigencia hasta el mes de diciembre del ano 2006. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 00484-4

Oficializan y declaran de prioridad nacional la ejecucion de la MORDAZA Nacional de Vacunacion contra el Sarampion y la Rubeola
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 691-2006/MINSA MORDAZA, 25 de MORDAZA del 2006 Visto el Expediente N°06-050264-002, de la Direccion General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion CD 44.R1 sobre el Mantenimiento de los Programas de Vacunacion Eliminacion de la Rubeola y el Sindrome de Rubeola Congenita del 44° Consejo Directivo, 55° sesion del Comite Regional de MORDAZA D.C., EUA, realizada en septiembre 2003, los Ministros de Salud aprobaron la meta de eliminar aceleradamente la Rubeola y el Sindrome de Rubeola Congenita para el ano 2010; Que mediante Resolucion Ministerial N°307-2005/ MINSA, de fecha 22 de MORDAZA de 2005, se aprobo la Directiva N°033-MINSA/DGSP-V.03: "Esquema o Calendario de Vacunacion", la cual en su MORDAZA y MORDAZA considerando de sus Disposiciones Transitorias establece la necesidad de realizar la MORDAZA de seguimiento para el mantenimiento de la erradicacion del Sarampion y la eliminacion de la Rubeola y el Sindrome de Rubeola Congenita; Que en dicho sentido y a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la citada Directiva, se hace necesario dictar las disposiciones y precisiones tecnicas para la ejecucion de la mencionada MORDAZA en el presente ano; Estando a lo informado por la Direccion General de Salud de las Personas; Con las visaciones del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el literal l) del articulo 8º de la Ley N° 27657- Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Oficializar y declarar de prioridad nacional la ejecucion de la MORDAZA Nacional de Vacunacion contra Sarampion y Rubeola (SR) en el ambito

nacional, bajo el nombre de: "CAMPANA DE VACUNACION PARA LA ELIMINACION DE LA RUBEOLA Y EL SINDROME DE RUBEOLA CONGENITA - SRC", a efectuarse del 1 de octubre al 5 de noviembre del 2006. Articulo 2°.- Aprobar, los documentos tecnicos de la MORDAZA de Vacunacion que se adjuntan: PLAN DE ACCION DE LA MORDAZA DE VACUNACION: PLAN DE ACCION Y LINEAMIENTOS TECNICOS OPERATIVOS, los cuales forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 3°.- Los directores regionales de salud y los directores de salud deberan garantizar el flujo diario y semanal de las actividades de vacunacion de la MORDAZA y una vez finalizada la misma, presentar el Informe Final de su ejecucion, demostrando el cumplimiento de las metas y compromisos asumidos. Articulo 4°.- Los directores regionales de salud y los directores de salud deberan garantizar la asignacion de los recursos necesarios (financieros y logisticos) que permitan el desplazamiento del personal de salud, asi como la ejecucion de cada una de las actividades que involucra la campana. Articulo 5°.- La Direccion General de Salud de las Personas a traves de la Estrategia Sanitaria Nacional de Inmunizaciones, es la responsable de la planificacion, programacion, ejecucion, supervision y evaluacion de la referida MORDAZA de Vacunacion a nivel nacional y en los niveles regional y local las direcciones regionales de salud y direcciones de salud respectivamente. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 00484-5

Aprueban la "Guia Tecnica: Operativizacion del Modelo de Atencion Integral de Salud"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 696-2006/MINSA

MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2006 Visto el Expediente Nº R-072143-04, que contiene el MEMORANDUM Nº 2363-2006-DGSP/MINSA de la Direccion General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 729-2003-SA/DM, se aprobo el documento: "La Salud Integral: Compromiso de todos - El Modelo de Atencion Integral de Salud", en el MORDAZA de los Lineamientos de Politica Sectorial para el Periodo 2002-2012, aprobados mediante Resolucion Suprema Nº 014-2002-SA; Que, con la finalidad de optimizar el Modelo de Atencion Integral de Salud en sus fases de promocion, prevencion y cuidado de la salud y, articular sus componentes, se ha elaborado la "Guia Tecnica: Operativizacion del Modelo de Atencion Integral de Salud", cuyo proposito es fortalecer la calidad y eficiencia en los servicios de salud para conseguir el bienestar integral de la persona, la familia y la comunidad, con la participacion de la ciudadania, Direcciones de Salud, Direcciones Regionales de Salud a nivel nacional y demas establecimientos de salud; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Salud de las Personas y, con las visaciones de la Direccion General de Promocion de la Salud y de la Oficina General de Asesoria Juridica; Con la visacion del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.