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NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 31 de julio de 2006 325579REPUBLICADELPERU Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga Doméstica en Vehículos Menores en la jurisdicción del distrito de Independencia, el Informe Nº 751-2006/DCCU/ GGU/MDI de fecha 10 de mayo del 2006, procedente dela División de Catastro y Control Urbano, Informe Nº 057-2006-GGU/MDI de fecha 19 de mayo del 2006, evacuado por la Gerencia de Gestión Urbana,Memorando Nº 482-2006-GM-MDI, de fecha 26 de mayo del 2006, remitido por la Gerencia Municipal y el Informe Nº 171-2006-UAL/MDI de fecha 21 de junio del 2006, dela Unidad de Asesoría Legal de esta Corporación Edilicia. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de ReformaConstitucional, y la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en losasuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldía, las funciones ejecutivas; Que, de acuerdo a lo establecido en los artículo II y IX del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 las Municipalidades como órganos de GobiernoLocal, gozan de autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo,articulando a las Municipalidades con sus vecinos, En dicho proceso se establecen las políticas públicas a nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funcionesespecíficas exclusivas y compartidas establecidas para las Municipalidades Provinciales y Distritales. Que, de acuerdo a lo prescrito en el literal a) del numeral 18.1 del artículo 18º de la Ley Nº 27181 las Municipalidades Distritales ejercen competencia en materia de transporte en general, las que los reglamentosnacionales y las normas emitidas por la Municipalidad Provincial respectiva les señalen y en particular la regulación del transporte menor (mototaxis y similares). Que, el artículo 1º de la Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores se establece que el objeto de reconocer y normar el carácter y lanaturaleza del servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores, mototaxis y similares, complemento y auxiliar, como un medio de transportevehicular terrestre. Que, el Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC dispone en su Artículo 12 que la Municipalidad Distrital Competentecontrolará permanentemente el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la seguridad y la Calidad del Servicio. Que, mediante Dictamen Nº 006-2006/CDUTYCU/SR/ MDI, procedente de la Comisión de Desarrollo Urbano, Transporte y Control Urbano, recomienda al Pleno delConcejo la aprobación del Proyecto de Ordenanza que regula el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga Doméstica en Vehículos Menores, así como delCuadro de Infracciones y Sanciones al Servicio de Transporte Público Especial de pasajeros y carga doméstica en vehículos menores enunciados en el Anexo 1. Estando a las consideraciones expuestas y luego del debate correspondiente con el voto unánime de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lecturay aprobación del Acta y a las facultades otorgadas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Aprobó la siguiente: ORDENANZA REGULAN EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA DOMÉSTICA EN VEHÍCULOS MENORES EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE INDEPENDENCIA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I OBJETO, FINALIDAD, BASE LEGAL Y ALCANCE Artículo 1º.- La presente Ordenanza tiene por objeto reglamentar y regular los aspectos técnicos yadministrativos que norman la actividad del servicio de transporte público especial de pasajeros y carga doméstica en vehículos menores dentro de la jurisdicción del distrito de Independencia, garantizando las condiciones óptimaspara el servicio, seguridad y calidad a favor de los usuarios. Artículo 2º.- La presente Ordenanza se sustenta en las siguientes bases legales: a) Constitución Política del Perú. b) Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972.c) Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre Nº 27181. d) Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores Nº 27189. e) Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC y su modificatoria D.S. Nº 009-2000-MTC, ReglamentoNacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados o No Motorizados. f) Decreto Supremo Nº 024-2002-MTC, Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguro Obligatorio por Accidentes de Transito. g) Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, Reglamento Nacional de Transito. h) Decreto Supremo Nº 058-2003 MTC, Reglamento Nacional de Vehículos. i) Decreto Supremo Nº 043-2003-MTC, Establecen Plazo de Suspensión de Otorgamiento de Permisos de Operación Para Prestar Servicio de Transporte PúblicoEspecial de Pasajeros en Vehículos Menores y de Inscripción de Unidades Vehiculares en el Registro Administrativo Correspondiente. j) Ordenanza que aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano de Lima Nº 341. k) Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444. l) Ley que Regula el Traslado de Inscripciones de Vehículos Menores y el Acervo Documentario de lasMunicipalidades a la SUNARP Nº 28325. CAPÍTULO II DE LAS DEFINICIONES Artículo 3º.- Para la aplicación de la presente Ordenanza se entenderá por: 1. VEHÍCULO MENOR: Vehículos de tres (3) ruedas motorizados especialmente acondicionado para el transporte de personas y carga doméstica, cuya estructura y carrocería cuentan con elementos deprotección al usuario; considerándose como carga a los bultos domésticos no mayor de 50 Kilos y cuyo volumen no exceda de las dimensiones del vehículo. 2. SERVICIO ESPECIAL: Es el servicio de transporte público especial de pasajeros y carga doméstica envehículos menores, prestados por una persona jurídica autorizada por la Municipalidad. 3. PERSONA JURÍDICA: Es la empresa, asociación u otra forma de organización que se constituye de conformidad con las disposiciones legales vigentes einscritas en los Registros Públicos cuyo objetivo es brindar servicio de transporte público especial de pasajeros y carga doméstica en vehículos menores. 4. CONDUCTOR: Toda persona natural con la respectiva licencia de conducir, calificada y autorizadapor la persona jurídica y la Municipalidad, y que además cuenta con la respectiva Credencial de Conductor que le faculta a conducir el vehículo menor para brindar elservicio especial en el distrito. 5. ZONA DE TRABAJO: Determinada área territorial, técnicamente autorizada y establecida por la Municipalidad a las personas jurídicas, mediante la Resolución correspondiente para la prestación delservicio especial. 6. PARADERO: Es el área demarcada en la vía pública, técnicamente calificada, autorizada por la Municipalidad a las personas jurídicas, el cual estará debidamente señalizada para el estacionamiento devehículos menores, en forma temporal y ordenada para la espera de pasajeros. 7. PASAJERO O USUARIO: Persona natural que solicita el servicio especial hacia un lugar determinado, efectuando el pago del precio convenido con el conductor. 8. PERMISO DE OPERACIÓN: Autorización municipal intransferible otorgada a la persona jurídica para prestar