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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 319914El Peruano Jueves 1 de junio de 2006 Nueva Delhi y Bombay, República de la India, con el objetivo de sostener reuniones con funcionarios públicos de los Ministerios de Comercio Exterior y de Turismo, del Consejo de Promoción de Exportaciones para el Sector Electrónico y Software de la India, así como con representantes del sector privado del Consejo de Promoción de Exportaciones de Gemas y Joyería y del Instituto de Gemas y Joyería de Bombay; Que, es objetivo de la referida Misión, sostener reuniones de trabajo y presentar proyectos de inversión y coinversión, destinados a desarrollar la oferta exportable peruana en función a las necesidades del mercado de la India, propiciar la instalación de corresponsalías bancarias entre ambos países con la finalidad de mejorar las oportunidades comerciales, así como sentar las bases para el inicio de futuras negociaciones de un Tratado de Alcance Parcial entre ambos países; Que, por ser de interés institucional, el Director Ejecutivo de PROMPEX solicita que se autorice su viaje a las ciudades de Nueva Delhi y Bombay, República de la India, para que en representación de la Entidad, participe en la Misión Comercial antes mencionada; Que, el literal c) del artículo 6º de la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, establece que PROMPEX, es un Organismo Público Descentralizado del sector Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y Nº 27619 Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 006-2006, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Juan Carlos Mathews Salazar, Director Ejecutivo de la Comisión para la Promoción de las Exportaciones - PROMPEX, a las ciudades de Nueva Delhi y Bombay - República de la India, del 1 al 8 de junio del 2006, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Presupuesto del Pliego 008 Comisión para la Promoción de Exportaciones, del Sector 35 Comercio Exterior y Turismo, Unidad Ejecutora 001 Comisión para la Promoción de Exportaciones, Función 11 Industria, Comercio y Servicio, Programa 040 Comercio, Sub-Programa 0110 Promoción Externa del Comercio, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos (US$ 260,00 x 7 días) : US$ 1 820,00 - Pasajes : US$ 2 800,52 - Tarifa Corpac : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el Director Ejecutivo presentará al Consejo Directivo de la Entidad, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a liberación o exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 09547 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G6C/G61/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G54/G75/G72/G69/G73/G6D/G6F/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G41/G6D/GE9/G72/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G75/G72 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 184-2006-MINCETUR/DM Lima, 26 de mayo de 2006Visto, el Memorándum Nº 435-2006-MINCETUR/ VMT, del Viceministro de Turismo; CONSIDERANDO:Que, el Ministro de Estado del Turismo de la República Federativa del Brasil, ha cursado invitación al Viceministro de Turismo para que participe en la Reunión de Ministros de Turismo de la América del Sur que se realizará en la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil, el 2 de junio de 2006; Que, dicho evento tiene por objeto dar continuidad al examen de los temas que corresponden al turismo, incluidos en el Programa de Acción de la Comunidad Sudamericana de Naciones-CASA: la prevención de la explotación sexual de niños en el turismo y el programa sudamericano de conectividad aérea, discutidos en la XLV Reunión de la Comisión de la Organización Mundial de Turismo-OMT para las Américas; en la mencionada Reunión se aprobará la campaña unificada para la prevención de la explotación sexual comercial de niños y adolescentes en el turismo, así como la estructura del Task Force Regional para el tema; Que, el MINCETUR, a través de la Dirección Nacional de Turismo, viene impulsando desde el año 2003 la campaña de prevención de la explotación sexual comercial infantil en el ámbito del turismo, mostrando al Perú como un destino socialmente sostenible; Que, mediante el documento del Visto, el Viceministro de Turismo ha propuesto que se autorice el viaje del Sr. Miguel Antonio Zamora Salas, Director Nacional de Turismo, a fin de que participe en el citado evento en representación del MINCETUR; Que, el Ministerio de Turismo del Gobierno de Brasil financiará los gastos por concepto de pasajes, hospedaje y alimentación, por lo que el MINCETUR asumirá el gasto correspondiente a la tarifa Corpac; De conformidad con las Leyes Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del MINCETUR, Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por el Decreto de Urgencia Nº 006-2006 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa de Brasil, del 1 al 3 de junio de 2006, del señor Miguel Antonio Zamora Salas, Director Nacional de Turismo del Viceministerio de Turismo, para los fines señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Tarifa Corpac : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el funcionario cuyo viaje se autoriza, deberá presentar al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento al que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 09541