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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (02/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 2 de junio de 2006 320053REPUBLICADELPERU manejen fondos, están obligados a presentar Declaración Jurada de Bienes y Rentas, dentro de un plazo máximo de quince (15) días calendario de asumido el cargo respectivo. CAPÍTULO IV DISPOSICIONES ESPECÍFICAS Artículo 22º.- Servicios de contratos son los prestados al Sector Educación El tiempo de contratado como empleado público administrativo, son los prestados en las sedesadministrativas y en las Instituciones Educativas Públicas del Sector Educación del ámbito nacional. Artículo 23º.- Casos en los que procede regularización de contratos Los servidores que han sido contratados en plazas sujetas a procesos de recategorización, transferencias, racionalización, desplazamiento por reasignación y rotación; así como contratados en reemplazo de titularincurso en abandono de cargo que con posterioridad son destituidos, el órgano intermedio debe evaluar la situación de cada caso, si está debidamente justificadala deficiencia, la autoridad administrativa deberá adoptar la acción administrativa correctiva que fuera necesaria, a fin de no perjudicar las aspiraciones y expectativas delos peticionarios. Artículo 24º.- Situación de las plazas vacantes no cubiertas por nombramiento Las plazas vacantes una vez concluido el proceso de nombramiento, podrán cubrirse mediantereasignación, rotación o permuta de acuerdo al proceso establecido en el Reglamento aprobado por Resolución Ministerial Nº 0639-2004-ED. Artículo 25º.- Reserva de plazas para nombramiento Las plazas administrativas vacantes cubiertas por contratado, cuyo servidor cumple con los requisitos de la Ley Nº 28676, no deben estar consideradas en losprocesos de ascensos de personal nombrado. Artículo 26º.- Reporte de plazas vacantes al MED La Dirección Regional de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local del ámbito nacional, bajo responsabilidad, remitirán a la Unidad de Personal delMinisterio de Educación la relación de plazas administrativas vacantes dentro de los quince días de publicado el presente reglamento. CAPÍTULO V DEL PROCEDIMIENTO Artículo 27º.- Acciones de la Unidad de Personal o Área de Administración La Unidad de Personal del MED y de la DRE, y el Área de Administración de la UGEL deben efectuar lassiguientes acciones: a) Elaborar la relación de las personas que vienen laborado dentro de su jurisdicción como contratados al 26 de febrero de 2006 y que acreditan a dicha fecha tres (3) años mínimos de servicios oficiales al Estadocontinua o acumulativa. b) Efectuar la convocatoria y cronograma de actividades. c) Publicación de las plazas vacantes para la presentación de las solicitudes (pizarra, paneles, web) d) Verificar la documentación presentada por los peticionarios. e) Verificar que en la parte expositiva de las resoluciones de contrato, se precise que el servidor hasido declarado ganador en el concurso de méritos. f) Emitir el informe técnico correspondiente. g) Proyectar la Resolución de nombramiento. Artículo 28º.- Representante de los trabajadores El sindicato debidamente reconocido y acreditado designará un representante ante el Órgano Intermedio, quien participará en el proceso de nombramiento como observador.Artículo 29º.- Convocatoria y Cronograma La Convocatoria se efectuará a los quince días calendario de haber reportado la relación de plazas vacantes al Ministerio de Educación. El MED, la DRE y UGEL señalará las fechas al cronograma de actividades conforme al siguiente detalle: - Publicación de plazas vacantes 3 días - Inscripción de participantes en Trámite Documentario y remisión de solicitudesa la Unidad, Área o Equipo de Personal 5 días - Evaluación de expedientes 15 días - Informe Técnico y Legal 5 días- Expedición de Resolución 4 días Artículo 30º.- Nombramiento es a petición de parte El nombramiento es a petición de parte, los interesados se dirigirán ante el Área de Trámite Documentario del MED, DRE o UGEL segúncorresponda, el que verificará el número de folios, dejando constancia del mismo en el Formulario Único de Trámite FUT original y en la copia que se entrega como constanciade recepción al interesado. Artículo 31º.- Documentación del postulante La documentación que presentará el postulante será: a) Solicitud mediante FUT dirigida al Jefe de Personal del MED, al Director de la Dirección Regional de Educación o Director de la Unidad de Gestión Educativa Local. b) Adjuntar hoja de vida o currículo vitae documentado. c) Copia del Documento Nacional de Identidad. d) Certificado de Salud, expedido por el Área o por un Centro del Ministerio de Salud. e) Para cargo Profesional: Título Profesional Universitario requerido para el cargo y naturaleza de la plaza, Constancia de la Capacitación especializada en el Área; y, Constancia de Trabajo por las labores efectuadas en el cargo al que postula. Para cargo Técnico: Constancia de Estudios superiores o universitaria incompletos de carrera relacionada con el área, Constancia de Capacitación especializada en el Área; y, Constancia de Trabajo en labores técnicas de la especialidad. Para cargo Auxiliar: Certificado del 5º año de Educación Secundaria; y Constancia de Trabajo o calificación en labores de apoyo. f) Copia de las Resoluciones de Contrato y Constancia de Haberes. g) Declaración Jurada conforme al inciso c) del artículo 10º del presente Reglamento. h) Constancia de no tener antecedentes penales por delito doloso. i) Tratándose de Institución Educativa por convenio, el peticionario deberá presentar la propuesta del PromotorReligioso, Policial o Militar. La documentación de los incisos c) al h) del presente artículo pueden ser en original o en copia fotostática legalizada por Notario Público o autenticada por Fedatario. Artículo 32º.- Vigencia del nombramiento El nombramiento del personal administrativo será vigente a partir del 26 de febrero de 2006, fecha devigencia de la Ley Nº 28676, para lo cual se dará por concluido el contrato efectuado y las remuneraciones pagadas como contratado se deducirán del monto quecorresponde como nombrado. Artículo 33º.- Información a consignar en la Resolución de Nombramiento Las resoluciones de nombramiento en su parte resolutiva deberán consignar los siguientes datos: