Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2006 (08/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano jueves 8 de junio de 2006

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NORMAS LEGALES

320593

Cupon = VN x i n Donde: VN : Valor nominal del bono. i : Tasa de interes nominal anual fija determinada en el procedimiento de colocacion. n : Numero de pago de cupones que el emisor realiza cada ano. Los pagos son semestrales. ANEXO 3 METODOLOGIA PARA EL CALCULO DEL PAGO DE INTERESES Y REDENCION DEL PRINCIPAL DE LOS BONOS VAC La metodologia para el calculo del monto del pago correspondiente a los intereses y a la redencion del principal de los bonos bajo el concepto de Valor Adquisitivo MORDAZA (VAC) sera la siguiente: Intereses Los intereses se calcularan de la siguiente manera: Vx(r)x i n Donde: V r : Es el valor nominal del bono. : Factor de Reajuste = Indice de cierre Indice de origen

decimales en cada una de las operaciones. El factor final asi calculado sera redondeado a un minimo de ocho (8) decimales. 10173

INTERIOR
Autorizan viaje de oficiales PNP a Espana, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1466-2006-IN/PNP MORDAZA, 5 de junio del 2006 VISTO, la Hoja de Estudio y Opinion N° 06- 2006DGPNP/INTERPOL-EM, de fecha 25MAY2006, que opina se autorice al Comandante PNP. Fredy RONCAL MORDAZA y al Capitan PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que viajen en Comision del Servicio a la MORDAZA de MORDAZA - Espana, del 14JUN2006 al 18JUN2006; CONSIDERANDO: Que, el 23MAY2006, mediante Facsimil (DGL/CJE) N° F-111 procedente de la Sra. MORDAZA GAMIO DE BARRENECHEA, Embajadora encargada de la Direccion General de Asuntos Legales del Ministerio de RR. EE. dirigido al Sr. MORDAZA PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Ejecutivo de la OCN INTERPOL MORDAZA, hace de conocimiento que la Embajada del Reino de Espana, recibio la Nota Verbal mediante la cual la Cancilleria espanola remite el Auto del Juzgado Central de Instruccion Numero 5 de la Audiencia Nacional por el que se acordo acceder a la entrega en extradicion a las autoridades competentes del Peru del Extraditable MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA e informa la Embajada que el plazo para ejecutar el traslado del extraditable vencera el 19 de junio, razon por la que hace de conocimiento a la Oficina Central Nacional de INTERPOL - MORDAZA para realizar las acciones pertinentes y ejecutar el traslado del extraditable en mencion. Asimismo, el 23MAY2006, mediante Oficio N° 572-2006MP-FN/UCJIE procedente de la Dra. Secilia MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunta Suprema Titular Presidenta de la Unidad de Cooperacion Judicial Internacional y Extradiciones de MORDAZA, comunica a esta OCN INTERPOL - MORDAZA que de conformidad al Facsimil (DGL/ CJE) N° F-111 del 23MAY06 y a la Nota Verbal Num. Ref JI/JCA 87309-Ext-2006, se acordo acceder a la entrega en extradicion a las autoridades competentes del Peru del reclamado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en los terminos expresados en la referida resolucion y expresando que hace de conocimiento a fin de que se realicen las gestiones pertinentes para ejecutar el traslado con la mayor celeridad, teniendo en cuenta que el plazo para la entrega vencera el 19 de junio del presente ano e indicando que se designe a los efectivos policiales que deberan viajar a Espana y se realicen las gestiones correspondientes ante la Presidencia del Poder Judicial y Ministerio del Interior; Que, los gastos por concepto de viaticos para el personal policial PNP seran sufragados por el Estado Peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal PNP y el extraditable, seran asumidos por el Poder Judicial; Que, lo solicitado por el MORDAZA PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo de la OCNINTERPOL - MORDAZA, en su Oficio N° 6451-2006-DGPNP/ INTERPOL-EM de 25MAY2006, esta de conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de funcionarios y servidores publicos, que irroguen gastos al Tesoro Publico; con lo establecido en el articulo 1° del D.S. N° 047- 2002-PCM, de 05JUN2002, en concordancia con el Decreto de Urgencia N° 002-2006, publicado el 21ENE2006, modificado por el Decreto de

El indice de origen es "Indice de Reajuste Diario (IRD)" correspondiente a la fecha de emision y el indice de cierre es el "Indice de Reajuste Diario (IRD)" correspondiente a la fecha de vencimiento del semestre respectivo. El IRD es el publicado por el Banco Central de Reserva del Peru, para el calculo del valor adquisitivo MORDAZA ("VAC"), en el Diario Oficial El Peruano. i n : Es la tasa de interes nominal anual resultante del procedimiento de colocacion. : Es el numero de pago de cupones que el emisor realizara en cada ano de vigencia de la emision.

Siguiendo los criterios de estandarizacion detallados en la Resolucion CONASEV Nº 016-2000-EF/94.10 para el computo de los intereses corridos se aplicara el criterio de "Intereses Vencidos", es decir el computo del primer pago excluira la fecha de emision e incluira a la fecha de vencimiento. Asimismo, para los sucesivos pagos de intereses, el computo excluira la fecha de vencimiento del cupon anterior e incluira la correspondiente fecha de vencimiento. Redencion del Principal La totalidad del principal reajustado de los bonos VAC se amortizara en un solo pago, en la fecha de vencimiento del bono. La formula a utilizarse para el reajuste del principal de los bonos sera: Vx(r) En donde: V r : Valor Nominal del Bono. : Factor de Reajuste = Indice de cierre Indice de origen

El indice de origen es el "Indice de Reajuste Diario (IRD)" correspondiente a la fecha de emision; y el indice de cierre es "Indice de Reajuste Diario (IRD)" correspondiente a la fecha de vencimiento del bono. El IRD es el publicado por el Banco Central de Reserva del Peru, para el calculo del valor adquisitivo MORDAZA ("VAC"), en el Diario Oficial El Peruano. El calculo del factor a aplicar al principal de los bonos para efectos del pago a los titulares de los bonos se debera realizar considerando un minimo de ocho (8)

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