Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2006 (08/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano jueves 8 de junio de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

320603

Articulo 6º.- La presente Resolucion, asi como los Informes Nº 03-2006-MTC/10.CTLC/ST-AT y Nº 003-2006MTC/10.CTLC/ST y el Informe Legal Nº 1167-2006-MTC/ 08, seran puestos en conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 7º.- De conformidad con lo dispuesto en el articulo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, la presente Resolucion Ministerial debera publicarse tambien a traves del SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 10084

Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la extincion por acuerdo mutuo de las partes, de la concesion otorgada a la empresa IMURA CABLE E.I.R.L. por Resolucion Ministerial Nº 107-2004-MTC/ 03, para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en Tambopata; y, en consecuencia, dejar sin efecto la citada resolucion ministerial. Articulo 2º.- Aprobar el Acuerdo de Extincion de la concesion que se indica en el articulo 1º de la presente resolucion y autorizar al Director General de Gestion de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el citado Acuerdo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 10079

Aprueban Acuerdo de Extincion de concesion otorgada a Imura Cable E.I.R.L. para la prestacion de servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en Tambopata
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 446-2006-MTC/03 MORDAZA, 5 de junio de 2006 VISTO, el Escrito de Registro Nº 2005-027635, presentado el 30 de noviembre de 2005, por la empresa IMURA CABLE E.I.R.L., sobre extincion de la concesion para prestar el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, en el distrito de Tambopata, provincia de Tambopata, departamento de MORDAZA de MORDAZA, otorgada por Resolucion Ministerial Nº 107-2004-MTC/03; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 107-2004MTC/03, del 13 de febrero de 2004, se otorgo concesion a la empresa IMURA CABLE E.I.R.L. para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, en el distrito de Tambopata, provincia de Tambopata, departamento de MORDAZA de MORDAZA, suscribiendose el respectivo contrato de concesion el 19 de marzo de 2004; Que, mediante el escrito de Visto, el Gerente de la empresa IMURA CABLE E.I.R.L., formula renuncia a su concesion otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 107-2004-MTC/03, dandola por terminada; Que, el articulo 143° del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, establece como una de las causales de extincion de la concesion el acuerdo mutuo de las partes. Asimismo, dispone que la extincion opera de pleno derecho, sin perjuicio de su formalizacion mediante la correspondiente resolucion ministerial; Que, el literal b) de la clausula decimo septima del contrato de concesion celebrado por la solicitante, para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en el distrito de Tambopata, provincia de Tambopata, departamento de MORDAZA de MORDAZA, senala que el contrato de concesion terminara y, por tanto, dejara de surtir efectos, entre otros, por acuerdo de las partes celebrado por escrito; Que, en tal sentido, de acuerdo a lo dispuesto por la normativa de telecomunicaciones y lo estipulado en el contrato de concesion celebrado con la solicitante, resulta procedente declarar la extincion de la concesion otorgada a IMURA CABLE E.I.R.L. por Resolucion Ministerial Nº 107-2004-MTC/03; Que, mediante Informes Nºs. 005-2006-MTC/17.01.ssp y 148-2006-MTC/17.01.ssp, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones opina que procede declarar la extincion por acuerdo mutuo de las partes de la concesion que fuera otorgada por Resolucion Ministerial Nº 107-2004MTC/03, a IMURA CABLE E.I.R.L., asi como dejar sin efecto dicha resolucion, debiendo emitirse la resolucion correspondiente, y suscribirse el Acuerdo respectivo;

Otorgan autorizacion a Empresa Radiodifusora y TV MORDAZA S.A. para prestar servicio de radiodifusion por television comercial en UHF
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 290-2006-MTC/03 MORDAZA, 1 de junio de 2006 VISTO, el Expediente Nº 2004-007836, presentado por la EMPRESA RADIODIFUSORA Y TV MORDAZA S.A., sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion por television comercial en UHF, en la localidad de Chincha, departamento de Ica; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14º de la Ley de Radio y Television Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de las modalidades, se requiere de autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0052005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television establece que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de permiso, el cual es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 183º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones senala que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicha MORDAZA se detallan. Asimismo debe acompanarse la documentacion a efectos de verificar el cumplimiento del articulo 25º del Reglamento de la Ley de Radio y Television; normas aplicables en virtud del mandato contenido en la Primera Disposicion Final y Transitoria del acotado Reglamento;

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