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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (16/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 321564El Peruano viernes 16 de junio de 2006 Público Ad Hoc, para que asuma la representación y defensa de los derechos e intereses del Consejo Superiorde Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE. Artículo 2º.- Desígnase al señor abogado RICARDO ABEL FLORES DEZA, como Procurador Público Adjunto Ad Hoc, para que asuma la representación y defensa de los derechos e intereses del Consejo Superior deContrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 10691 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G41/G67/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G74/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F /G50/G65/G72/G75/G61/G6E/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G63/G61/G73/G6F/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G61/G64/G6F/G72/G65/G73 /G43/G65/G73/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G2C /G4E/GBA/G20/G31/G31/G2E/G38/G33/G30/G20/G43/G44/G48 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 099-2006-JUS Lima, 15 de junio de 2006 CONSIDERANDO: Que, la actual política gubernamental en materia de derechos humanos se encuentra orientada al cumplimiento de las disposiciones constitucionales y losinstrumentos internacionales sobre la materia, de los cuales el Estado peruano es parte; Que, la representación del Estado en los procesos judiciales seguidos en su contra ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos debe enmarcarse dentro de la preocupación del Gobierno por aseguraruna actuación estatal coherente con los compromisos asumidos en materia de derechos humanos; Que, el caso Trabajadores Cesados del Congreso de la República Nº 11.830 CDH, actualmente se encuentra en espera de citación para audiencia; Que, la Agente Titular, abogada Antonia Julia Carmela Arnillas D'Arrigo fue designada por Resolución Suprema Nº 046-2006-JUS; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-JUS, de 15 de julio de 2005, se ha aprobado el Reglamento para la designación y desempeño de los Agentes del Estado Peruano ante la Corte Interamericana deDerechos Humanos; Que, el Grupo de Coordinación y Consulta, creado por el artículo 11º del precitado Reglamento, en su décimasexta sesión de fecha 29 de abril de 2006 ha formulado propuesta para la designación del Agente alterno en virtud de los artículos 3º y 4º de dicho Reglamento; Que, en consecuencia, resulta necesario designar al Agente alterno, dentro del marco establecido en el Decreto Supremo Nº 007-2005-JUS; De conformidad con lo dispuesto en los incisos 1), 8) y 24) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al abogado CARLOS FERNANDO MESÍA RAMÍREZ como Agente alterno del Estado peruano para el caso Trabajadores Cesados del Congreso de la República, Nº 11.830 CDH.Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y el Ministro deRelaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 10692 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 097-2006-JUS Mediante Oficio Nº 210-B-2006-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 097-2006-JUS, publicada en la edición del día 14 de junio de 2006. DICE: Artículo 2º.- ..., Expediente Nº 035-2003 seguido ante el Tercer Juzgado Penal Especial de Lima, ... DEBE DECIR: Artículo 2º.- ..., Expediente Nº 035-2002 seguido ante Tercer Juzgado Penal Especial de Lima, ... 10693 SALUD /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G6C/G69/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E /G49/G6E/G66/G61/G6E/G74/G69/G6C DECRETO SUPREMO Nº 009-2006-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Asamblea Mundial de la Salud de la Organización Mundial de la Salud, en el marco del CódigoInternacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna, ha emitido las Resoluciones WHA 39.28, WHA 47.5, WHA 49.1 y WHA 54.2, que actualizan lasdefiniciones y norman sobre la importancia de la lactancia materna, así como la provisión de sucedáneos de la leche materna en los casos estrictamente necesarios; Que, por Resolución Suprema Nº 014-2002-SA, se aprobaron los “Lineamientos de Política Sectorial para el Período 2002-2012 y Principios Fundamentales para el PlanEstratégico Sectorial del Quinquenio Agosto 2001- Julio 2006”, estableciéndose como Primer Lineamiento General: Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad,comprendiendo el fomento de la buena nutrición para contribuir a la prevención de riesgos y daños nutricionales; Que, en armonía con el marco legal glosado, es necesario aprobar el Reglamento de Alimentación Infantil; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8. del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, DecretoLegislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 26842, Ley General de Salud; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Apruébase el Reglamento de Alimentación Infantil que consta de cuatro (4) Títulos, once (11) Capítulos, sesentiún (61) Artículos, seis (6) Disposiciones Complementarias,Transitorias y Finales y un Anexo de Definiciones. Artículo 2º.-Derogación Deróganse todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo.