Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2006 (20/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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321986

NORMAS LEGALES

El Peruano martes 20 de junio de 2006

Sociales, orientados a la implementacion de la tecnologia en el sistema educativo, como es el caso del convenio de cooperacion interinstitucional suscrito entre la Municipalidad distrital de Copallin, provincia de Bagua, departamento de Amazonas, con la Institucion Educativa 002 "Victor MORDAZA Vargas"; Que, en consecuencia, resulta procedente aprobar la donacion de la maquinaria detallada en el Anexo adjunto a la presente Resolucion, a favor de la Municipalidad distrital de Copallin, provincia de Bagua, departamento de Amazonas, con la finalidad de implementar un maquicentro en la Institucion Educativa 002 "Victor MORDAZA Vargas"; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, modificado por la Ley N° 27779; en la Ley Nº 27792; y, en el Decreto Supremo Nº 002-2002VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la donacion de la maquinaria descrita en el Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolucion, valorizada en S/. 4,006.35 (Cuatro Mil Seis y 35/100), a favor de la Municipalidad distrital de Copallin, provincia de Bagua, departamento de Amazonas, con la finalidad de implementar un maquicentro en la Institucion Educativa 002 "Victor MORDAZA Vargas". Articulo 2°.- El Programa de Equipamiento Basico Municipal - PREBAM, debera constatar que la Municipalidad distrital de Copallin, provincia de Bagua, departamento de Amazonas, instale el maquicentro en la Institucion Educativa 002 "Victor MORDAZA Vargas". Articulo 3°.- Transcribir la presente Resolucion a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloria General de la Republica dentro de los terminos establecidos por Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. RUDECINDO MORDAZA CARREAZO Ministro de Vivienda Construccion y Saneamiento 10882

ORGANISMOS AUTONOMOS ANR - CONAFU
Aprueban Reglamento de Ratificacion de Filiales Universitarias
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 114-2006-CONAFU MORDAZA, 2 de MORDAZA del 2006 VISTO; el Acuerdo de Pleno de fecha 28 de MORDAZA de 2006, con motivo de la Aprobacion del Reglamento para la Ratificacion de Filiales con Autorizacion de Funcionamiento otorgada por la Asamblea Nacional de Rectores (ANR), bajo la vigencia de la Ley Nº 27504; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como atribucion la de evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento provisional o definitivo de las nuevas universidades a nivel nacional, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley y los Reglamentos aprobados por el CONAFU; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 4º del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 098-2004-CONAFU del 29 de MORDAZA del 2004, "Son

fines del CONAFU: a) Promover una educacion universitaria de calidad, en concordancia con los fines de la Universidad, establecidos en la Ley Universitaria vigente. b) Desarrollar en el MORDAZA una cultura de evaluacion institucional orientada a la acreditacion universitaria. c) Certificar el cumplimiento de las condiciones establecidas por el Art. 7º de la Ley Nº 26439, Ley de Creacion de CONAFU, para otorgar la autorizacion de funcionamiento provisional de una universidad; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 1º de la Ley Nº 27504, Ley que MORDAZA la creacion de filiales universitarias y otorga facultades adicionales a la Asamblea Nacional de Rectores, "Las Universidades que estan en el ambito de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, las universidades creadas por Ley y las universidades que hayan obtenido Resolucion de autorizacion de funcionamiento definitiva expedida por el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), pueden constituir filiales fuera del ambito departamental de su creacion, previa opinion favorable de la Asamblea Nacional de Rectores (ANR)"; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 1º de la Ley Nº 28564, se deroga la Ley Nº 27504 y a tenor de lo dispuesto por el articulo 3º de la Ley Nº 28564, "Las filiales autorizadas al MORDAZA de la Ley Nº 27504 estan sujetas a ratificacion por parte del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de universidades (CONAFU). La no ratificacion genera la clausura definitiva; Que, en cumplimiento de la Ley Nº 28564 la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) remitio al CONAFU, los expedientes correspondientes a las filiales universitarias con autorizacion de funcionamiento expedida por la misma, en consecuencia resulta de imperiosa necesidad elaborar y aprobar un reglamento que norme el procedimiento de ratificacion de filiales autorizadas por la Asamblea Nacional de Rectores (ANR); Que, el Pleno del CONAFU, en sesion de fecha 28 de MORDAZA de 2006, acordo aprobar el Reglamento de Ratificacion de Filiales Universitarias presentado por el Consejero de Evaluacion y Asuntos Academicos, el cual esta compuesto de 2 titulos, 8 articulos, 1 anexo, dos disposiciones transitorias y una disposicion final; Que, en atencion a lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26439, Ley Nº 28564, y el acuerdo de pleno de fecha 28 de MORDAZA de 2006 y el Art. 20º Inc. "c" y el Art. 39º Inc. "d" del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Unico.- APROBAR el Reglamento de Ratificacion de Filiales Universitarias, el cual esta compuesto de dos (2) titulos, ocho (8) articulos, un (1) anexo, dos (2) disposiciones transitorias y una (1) disposicion final, y que como anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA SUYON Secretario General ANEXO REGLAMENTO PARA LA RATIFICACION DE FILIALES CON AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO OTORGADAS POR LA ANR, BAJO LA VIGENCIA DE LA LEY Nº 27504 TITULO I GENERALIDADES Articulo 1º.- El presente Reglamento, en cumplimiento de la Ley Nº 28564, regula el MORDAZA de ratificacion de funcionamiento de filiales universitarias autorizadas por la Asamblea Nacional de Rectores (ANR), al MORDAZA de la Ley Nº 27504.

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