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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (24/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 322404El Peruano sábado 24 de junio de 2006 El presente beneficio otorga de manera excepcional la condonación del 100% de las costas procesales y gastosadministrativos generados por el inicio del proceso coacti-vo. Artículo Décimo Tercero.- DESESTIMIENTOS DE EX- PEDIENTES ADMINISTRATIVOS Y TRIBUTARIOS Todos los contribuyentes que tengan expedientes en trámite en cualquier etapa administrativa, que se acojan ala presente ordenanza, se entenderá por desistida su pre- tensión sin que medie un escrito formal por parte del recu- rrente en este sentido, debiéndose derivar al archivo cen-tral con los informes correspondientes por las unidades desu competencia. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultar al Alcalde para mediante Decreto disponga las medidas complementarias y ampliatorias parala ejecución de la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 11222 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G41/G2E /G4E/GBA/G20/G31/G38/G30/G2D/G41/G2D/G53/G45/G47/G45/G2D/G30/G32/G2D/G4D/G44/G45/G41 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 214-A-2006-SEGE-02-MDEA El Agustino, 16 de junio del 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO VISTO: El Expediente Nº 7832-2004 y anexos 6809-98, 11634- 98 y 5941-2003 seguido por la COMPAÑÍA INMOBILIARIAPROMOTORA Y CONSTRUCTORA “HERMANOS FLORES” S.A (CIPROCOFSA), solicitan el acogimiento al Silencio Administrativo Positivo de la Regularización de HabilitaciónUrbana Ejecutada para uso residencial de densidad media R-4 , Resolución de Alcaldía Nº 180-A-SEGE-02-MDEA, Pre-Dictamen Nº 001-2006 CM/DESUR-MDEA de la Comi-sión de Desarrollo Urbano del Concejo Municipal, Acuerdo de Concejo Nº 049-2006-MDEA, Informe Nº 236-2006-GAJ- MDEA, Informe Nº 732-2006-GDU-MDEA. CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Nº 7832-2004 y Anexos 6809-98, 11634-98 y 5941-2003, seguido por la COMPA-ÑÍA INMOBILIARIA PROMOTORA Y CONSTRUCTORA“HERMANOS FLORES” S. A. (CIPROCOFSA), solicita elacogimiento al Silencio Positivo de la Regularización deHabilitación Urbana Ejecutada Parcial, para uso residen- cial de densidad media R-4, se autorice la ejecución de obras e inscripción de lotes individuales que integren elplano de lotización y la libre disponibilidad de los mismos, sin requerirse la recepción de obras, del terreno de un área de 25,400.00 m2, constituido por la acumulación de la U.C.10017 y U.C. 10018 del Predio Rústico, inscrito en la Par- tida Nº 11738498 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima, ubicada en La Encalada-Salinas, del distrito de ElAgustino, provincia y departamento de Lima, amparándo-se en lo dispuesto en la Ley Nº 26878 – Ley General deHabilitaciones Urbanas. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 180-A-SEGE- 02-MDEA de fecha 19 de mayo del 2006, la Municipalidad Distrital de El Agustino, aprobó por Silencio AdministrativoPositivo, la Regularización de Habilitación Urbana Ejecuta-da Parcial, conforme a lo solicitado por la Empresa CIPRO-COFSA.Que, la Comisión de Desarrollo Urbano de la Municipa- lidad Distrital de El Agustino, observa la resolución antesmencionada por contravenir lo dispuesto por OrdenanzaNº 248-MDEA del 5 de abril del 2005, en ese sentido eleva un Pre-Dictamen, solicitando la nulidad de Oficio de la R.A. Nº 180-SEGE-02-MDEA. Que, por Acuerdo de Concejo Nº 049-2006-MDEA, en sesión ordinaria realizada el 2 de junio del presente año, se aprueba por unanimidad el Pre-Dictamen de la Comi- sión del Concejo Municipal de Desarrollo Urbano y enco- mienda a la Alcaldía haga efectiva la nulidad de oficio de la R.A. Nº 180-A-SEGE-02-MDEA. Que, mediante el Informe Nº 236-2006-GAJ-MDEA, de fecha 9 de junio del presente año, la Gerencia de Asesoríajurídica, opina que antes de declarar nula la R.A. Nº 180-A-SEGE-02-MDEA, amerita recabarse un informe técnico, a efectos de establecer si la Ordenanza Nº 248-MDEA y la R.A. Nº 180-A-SEGE-02-MDEA se contraponen por espa-cio geográfico. Que, mediante Informe Nº 732-2006-GDU-MDEA, de fecha 9 de junio de 2006, precisa que la R.A. Nº 180-A-SEGE-02-MDEA resuelva la aprobación de una sección de dos vías en la Prolongación de la Av. Las Praderas, locali- zado en los terrenos colindantes de propiedad de la Em-presa CIPROCOFSA y de San José de la Encalada, la cualdifiere de la sección vial aprobada por la Ordenanza 248-MDEA que hace inaplicable su ejecución, conforme se sus-tenta mediante informe Nº 349-05-SG-CA T-HU-GDU-MDEA del 21 de marzo del año 2005 de la Subgerencia de Catas- tro y Hablilitaciones Urbanas. Que, la Empresa CIPROCOFSA mediante Exp. Nº 6753- 2006 de fecha 11 de abril de 2006 reconoce la sección dedos vías, encontrándose conforme y adecuada a la reali-dad las posiciones de los afectados, solicitando que se promulgue la Ordenanza que modifique dicha vía. En consecuencia y conforme a la opinión técnica de la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Asesoría Le-gal y Comisión de Desarrollo Urbano, es necesario declarar la nulidad de dicha Resolución. Estando los fundamentos expuestos en la parte consi- derativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1. del artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalida-des Nº 27972, conforme a las disposiciones de la LeyGeneral de Habilitaciones Urbanas - Ley Nº 26878, D.S.Nº 001-98-MTC y la Ley de Procedimiento AdministrativoGeneral - Ley Nº 27444. SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la nulidad de oficio de la Reso- lución de Alcaldía Nº 180-A-SEGE-02-MDEA, en mérito alos considerandos expuestos. Artículo 2º.- TRANSCRIBIR la presente Resolución a la Municipalidad Metropolitana de Lima para las acciones desu competencia. Artículo 3º.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de 30 días contados a partir de su notificación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR M. SALCEDO RIOS Alcalde 11148 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G41/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G72/G69/G6F/G20/G79/G20/G70/G6F/G72 /G46/G69/G65/G73/G74/G61/G73/G20/G50/G61/G74/G72/G69/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73 /G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G79/G20/G6E/G6F/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73 ORDENANZA Nº 374-MSB San Borja, 22 de junio de 2006 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA POR CUANTO: Visto, en la XI-2006 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22.06.2006, el Dictamen Nº 013-2006-MSB-CER, dela Comisión de Economía y Rentas.