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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (24/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 322396El Peruano sábado 24 de junio de 2006 De conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 007-2006 y el Reglamento General delOrganismo Supervisor de la Inversión en Energía -OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001- PCM, así como sus normas modificatorias. Con la opinión favorable de la Gerencia General y de la Gerencia Legal de OSINERG; RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Cronograma para la Aprobación de los Lineamientos Generales y Modelo deContrato que las empresas comprendidas dentro de losalcances del Decreto de Urgencia Nº 007-2006 deberán cumplir en la elaboración de las Bases de la Licitación Pública que convoquen para conseguir ofertas desuministro de energía para el mercado regulado, cuyo contenido en el Anexo 1 forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano y en la página WEB de OSINERG:www.osinerg.gob.pe ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo ANEXO 1 CRONOGRAMA PARA APROBACIÓN DE LINEAMIENTOS GENERALES Y MODELO DE CONTRATO (Bases para Procesos de Licitación Pública - Decreto de Urgencia Nº 007-2006) Ítem Etapa Órganos Facultades y obligaciones Plazos para su pronunciamiento y/o presentación 1 Prepublicación de los OSINERG Publicar en el Diario Oficial El Peruano y en su página WEB Hasta el 18 de julio de 2006 Lineamientos Generales el Proyecto de Resolución que contenga los Lineamientos y Modelo de Contrato Generales y Modelo de Contrato que las empresas comprendidas dentro de los alcances del Decreto de Urgencia Nº 007-2006 deberán cumplir en la elaboración de las Bases de la Licitación Pública que convoquen para conseguir ofertas de suministro de energía para el mercado regulado 2 Audiencia Pública OSINERG Audiencia Pública en que OSINERG sustenta y expone los Dentro de los cinco (5) días hábiles criterios utilizados en la elaboración de los Lineamientos contados a partir de la Prepublicación Generales y Modelo de Contrato de los Lineamientos Generales y Modelo de Contrato 3 Opiniones y sugerencias Interesados Interesados: Podrán presentar a OSINERG sus opiniones y Dentro de los quince (15) días hábiles de los interesados OSINERG sugerencias sobre los Lineamientos Generales y Modelo de siguientes contados a partir de la respecto a la Contrato. Prepublicación de los Lineamientos Prepublicación OSINERG: Recibir y analizar las opiniones y sugerencias Generales y Modelo de Contrato presentadas por los interesados 4 Publicación de los OSINERG Publicar en el Diario Oficial El Peruano y en su página WEB Dentro de los treinta (30) días hábiles Lineamientos Generales la Resolución que contenga los Lineamientos Generales y siguientes contados a partir de la y Modelo de Contrato Modelo de Contrato, resultado del análisis de las opiniones Prepublicación de los Lineamientos y sugerencias a la Prepublicación Generales y Modelo de Contrato EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Mediante Decreto de Urgencia Nº 007-2006, publicado en el Diario Oficial Peruano el 10 de mayo de 2006, sedeclaró de interés público la adopción de medidasexcepcionales para resolver la crisis presentada en el Sistema Eléctrico Interconectado Nacional debido a la existencia de retiros de energía y potencia de este Sistema sin respaldo contractual, a fin de evitar la ruptura de lacadena de pagos en el mercado eléctrico y asegurar lacontinuidad del suministro regular de energía eléctrica parael Servicio Público de Electricidad. Posteriormente, confecha 17 de mayo de 2006, se publicó su correspondiente Fe de Erratas; Como medida excepcional, mediante el referido Decreto se autorizó a las empresas distribuidoras de electricidad que conforman el Grupo Distriluz, a la empresa Electro Sur S.A. y cualquier otra cuyoscontratos de suministro pierdan vigencia durante el año 2006, ya sea por cumplimiento del plazo de vigencia originalmente pactado o por causal de fuerza mayor, aefectuar licitaciones públicas para contratar ofertas desuministro para el mercado regulado, las que seránconducidas por las mismas empresas distribuidoras ypara lo cual el mencionado decreto estableció que las empresas distribuidoras serán responsables de elaborar las respectivas bases, las que deberán presentar a OSINERG para su respectiva aprobación. A fin de que OSINERG cumpla con el encargo de aprobar las Bases de las licitaciones públicas que lasempresas de distribución convoquen, el Artículo 7º del Decreto autorizó a la Entidad para que, en un plazo no mayor de 30 días hábiles, dicte las normascomplementarias y los procedimientos que se requieranpara la correcta aplicación del Decreto de Urgencia. En virtud de dicha habilitación normativa y con el objeto de garantizar la transparencia y predictibilidad de las acciones del organismo regulador, es que OSINERG ha considerado conveniente dictar los Lineamientos Generalesy Modelo de Contrato que todas las empresas comprendidasdentro de los alcances del Decreto de Urgencia deberán observar en la elaboración de las referidas bases y que deberán incluir de manera obligatoria para alcanzar su aprobación por parte de OSINERG. En este sentido, resulta necesario, mediante la presente norma, aprobar el “Cronograma para laAprobación de los Lineamientos Generales y Modelo de Contrato”, a fin de lograr la participación de las empresas interesadas en la conformación de dichos lineamientos, mediante la presentación de lasrecomendaciones y sugerencias que estimenconvenientes, las que serán debidamente analizadas,e incorporadas a los Lineamientos Generales y Modelode Contrato, en los casos que corresponda, así como mediante su participación en la audiencia pública que para tal efecto se convoque y en donde podrán lasempresas interesadas optimizar sus recomendacionesa través de sus intervenciones. Finalmente, respecto al procedimiento de prepublicación que el Artículo 25º del Reglamento General de OSINERG establece como requisito para la aprobación de los reglamentos y normas de alcancegeneral que dicte dicho organismo dentro de su ámbitode competencia, salvo aquellas que por su carácter deurgencia no puedan sujetarse a dicho procedimiento,es pertinente señalar que, en el presente caso, por razones de urgencia, deberá exceptuarse a la Entidad de la prepublicación de la presente norma, ya que, tal como se señaló, el Decreto de Urgencia ha otorgado un plazo perentorio no mayor a 30 días hábiles a fin deque OSINERG establezca las normas complementariasy los procedimientos que se requieran para su aplicación y que de proceder a la prepublicación se vería excedido, además de considerar, primordialmente, el carácter deurgencia que reviste la resolución de la crisis presentadaen el Sistema Eléctrico Interconectado Nacional y queameritó la aprobación de medidas excepcionales a travésdel Decreto de Urgencia en cuestión. 11157