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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (24/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 24 de junio de 2006 322399REPUBLICADELPERU /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G41/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G73/G6F/G62/G72/G65 /G45/G73/G74/G72/G61/G74/G65/G67/G69/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G42/G69/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G61/G20/G79/G20/G55/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G73/G20/G79/G20/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G73/G64/G65/G20 /G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G20 /G42/G69/G6F/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64 /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 142- GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL CONSEJO REGIONAL DE AMAZONAS Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional a través deOrdenanzas Regionales, en concordancia con lo previstoen el Art. 15º, Inc. "a" de la Ley Nº 27867 que señala:Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo es atribucióndel Consejo Regional aprobar el Plan de Acción sobreEstrategia Regional de Diversidad Biológica y Uso de Técnicas y Políticas de Gestión de la Biodiversidad Regional, en armonía con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de caráctergeneral en la organización y la administración del GobiernoRegional; Que, el Art. 53º, Inc. c) de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que es función de los Gobiernos Regionales la formulación, conducción ysupervisión de las estrategias regionales de diversidad biológica y de cambio climático, por ello que se considera de necesidad prioritaria la toma de conciencia en relación alos recursos de la biodiversidad regional que tenga comoresultado propuestas de política y actividades para orientarla conservación y el uso sostenible de los recursos en laRegión; Que así mismo, el Gobierno Regional promueve el uso de técnicas y políticas para la gestión de la biodiversidad, fortaleciendo las iniciativas locales, integrándolos a los procesos regionales, nacionales yglobales; defiende y difunde su biodiversidad para eluso sostenible de sus recursos que conlleven a mejorarel bienestar de su población en armonía con la Ley Nº 26839 sobre conservación y el aprovechamiento sostenible de la diversidad biológica, siendo necesario aprobar la propuesta mediante el acto administrativo quecorresponde; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 009, mediante AcuerdoNº 125-2006 de fecha 10 de mayo del 2006, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37º de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Nº 27902 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Acción sobre Estrategia Regional de Diversidad Biológica y Uso de Técnicas y Políticas de Gestión de la Biodiversidad Regional. Artículo Segundo.- ORDENAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente laelaboración de la reglamentación de la Ordenanza Regionaldentro del término de 30 días calendario de publicada lanorma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dada en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, a los dieciséis días del mes de mayo delaño 2006. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente Gobierno Regionalde Amazonas 11071GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G64/G65/G20/G56/G69/G76/G69/G65/G6E/G64/G61/G2C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G53/G61/G6E/G65/G61/G2D/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G79/G61/G63/G75/G63/G68/G6F ORDENANZA REGIONAL Nº 017-06-GRA/CR Ayacucho, 7 de junio del 2006 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho en Sesión Ordinaria de fecha 26 de mayo del 2006, trató eltema relacionado a la aprobación del Reglamento deOrganización y Funciones - R.O.F. de la Dirección Regional deVivienda, Construcción y Saneamiento Ayacucho - 2006; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es misión delGobierno Regional organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticasnacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integraly sostenible de la región; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materiasde competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, los literales a) y b) del artículo 4º de la Ley Nº 27902, que modifica la Ley Orgánica de GobiernosRegionales, establecen la concordancia de políticas y funciones del Gobierno Regional y políticas sectoriales, asimismo señala que las funciones del Gobierno Regional se ejercerá con sujeción al ordenamiento jurídico, establecido por la Constitución Política del Perú, la Ley deBases de Descentralización y demás leyes de la República,que es función normativa y reguladora del Gobierno Regional la elaboración y aprobación de normas de alcance regional y regulando los servicios de su competencia; Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que es atribucióndel Presidente Regional promulgar las Ordenanzas Regionales y ejecutar los Acuerdos de Consejo Regional; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sumodificatoria Ley Nº 27902; el Consejo Regional con elvoto unánime de sus miembros aprobó la siguienteOrdenanza Regional: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones - R.O.F. 2006 de la Dirección Regionalde Vivienda, Construcción y Saneamiento de Ayacucho, Órgano Desconcentrado de Línea Sectorial del Gobierno Regional de Ayacucho, que consta de seis (6) Títulos, seis (6) Capítulos,veintitrés (23) Artículos, dos (2) Disposiciones Complementarias y Finales, cuyo Anexo adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DÉJESE SIN EFECTO la Ordenanza Regional Nº 033-05-GRA/CR de fecha 15 de julio del 2005. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento Ayacucho la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. OMAR QUESADA MARTÍNEZ Presidente 11121