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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 322470El Peruano domingo 25 de junio de 2006 salud de acuerdo a las necesidades del servicio o área del establecimiento. El programa debe ser evaluado periódicamente para verificar su efectividad. Artículo 42º.- Conocimiento del reglamento interno y de los manuales de procedimientos por parte del personal El reglamento interno, así como los manuales de procedimientos de atención al paciente de cada establecimiento de salud deben ser de conocimiento delpersonal que labora en él, para lo cual deberán ser impresos y distribuidos oportunamente, y encontrarse disponibles en cada servicio. El director médico debecontrolar periódicamente el cumplimiento de esta disposición, con la finalidad de constatar que los procedimientos sean seguidos fielmente. Artículo 43º.- Limpieza personal y uso de ropa de trabajo Toda persona que labore en el establecimiento de salud debe mantener una esmerada limpieza personal en todo momento durante el trabajo. Debe llevar puestoel uniforme, ropa protectora o de trabajo según sea su función. Dicha ropa debe conservarse limpia y en condiciones de uso inmediato de acuerdo con lanaturaleza del trabajo que desempeña la persona. La ropa protectora de sala de operaciones y cuidados intensivos no debe ser usada fuera de estos ambientes. CAPÍTULO IV DE LOS ESTABLECIMIENTOS SIN INTERNAMIENTO Artículo 44º.- Establecimientos sin internamiento Son considerados establecimientos sin internamiento aquellos en donde atienden uno o más profesionales de la salud que desarrollan actividades que se restringen ala atención clínica ambulatoria, o a la realización de procedimientos diagnósticos, terapéuticos o de rehabilitación que no requieran de internamiento. Artículo 45º.- Clasificación de los establecimientos sin internamiento Son establecimientos sin internamiento: a) Puestos de salud o postas de salud. b) Centros de salud o Centros médicos. c) Policlínicos. d) Centros médicos especializados.e) Consultorios médicos y de otros profesionales de la salud. Artículo 46º.- Responsabilidad del profesional de la salud que ejerza su actividad en forma independiente En los establecimientos de salud sin internamiento donde atienda un solo profesional de la salud, éste es el responsable del establecimiento y de la atención quepresta, así como de cualquier daño que pudiera ocasionar en la salud de los usuarios. Artículo 47º.- Exhibición del título profesional, certificado de colegiación y el de especialista Los establecimientos de salud considerados en los literales c) y e) del Artículo 45º, deben exhibir en lugar visible y accesible al usuario, el título del profesional o profesionales que en él ejerzan, el certificado decolegiación y el de especialista, cuando corresponda. Artículo 48º.- Requisitos mínimos del establecimiento Todo establecimiento sin internamiento, debe contar como mínimo con: a) Área de recepción, o sala de espera; b) Ambiente destinado a la entrevista y a la exploración física del paciente, debidamente delimitados y que protejan su privacidad e intimidad; c) Area destinada a actividades administrativas, la que podrá ubicarse en el área de recepción; d) Servicios higiénicos. Artículo 49º.- Equipo y ambientes Los establecimientos sin internamiento, deben contar con equipos que garanticen la calidad del servicio oactividad realizada, así como con un espacio aparente para la realización de los procedimientos específicos y un ambiente con camas o camillas para observación o reposo del paciente, cuando dichos procedimientos asílo requieran. Debe contar además con un área de almacenaje, de trabajo, de limpieza y de desinfección o esterilización delmaterial, en los casos correspondientes. Artículo 50º.- Procedimientos para la exploración médica de pacientes La atención ambulatoria debe realizarse en un ambiente que garantice la privacidad de la atención. Lacompañía de un familiar es potestad y debe ser concertada por el paciente, salvo que éste sea menor de edad. La exploración médica de una paciente debeser realizada de preferencia en presencia de una auxiliar de enfermería o de una acompañante. CAPÍTULO V DE LOS ESTABLECIMIENTOS CON INTERNAMIENTO Artículo 51º.- Establecimientos con internamiento Son considerados establecimientos con internamiento aquellos que brindan atención integral, general o especializada al paciente agudo o crónico, y que para realizar atenciones o procedimientos clínicos oquirúrgicos, con fines diagnósticos, terapéuticos o de rehabilitación, requieran permanencia y necesidad de soporte asistencial por más de doce (12) horas por sugrado de dependencia o riesgo. Artículo 52º.- Clasificación de establecimientos con internamiento Son establecimientos con internamiento: a) Hospitales o clínicas de atención general. b) Hospitales o clínicas de atención especializada. c) Centros de Salud con camas de internamiento.d) Centros de atención geriátrica. e) Institutos de salud especializados. Artículo 53º.- Características del director médico La dirección médica de los establecimientos con internamiento debe recaer en un profesional médicocolegiado que cuente con formación y experiencia en administración y/o gestión de servicios de salud. Cada una de las áreas y servicios del establecimiento debe estar a cargo de un responsable. Artículo 54º.- Prohibición de ejercer direcciones simultáneamente Los directores médicos de los establecimientos mencionados en los literales a), b) y e) del artículo 52ºno podrán ser simultáneamente responsables por la dirección administrativa de los mismos. Artículo 55º.- Prohibición de ejercer dirección médica en más de un establecimiento El director médico de un hospital o clínica de atención general o especializada, no podrá ejercer dicho cargo en más de uno de estos establecimientos. Artículo 56º.- Ausencia del director médico En ausencia del director médico, el médico jefe del equipo de guardia asumirá las responsabilidades querecaen en dicho director. Artículo 57º.- Obligación de contar con documentos Para desarrollar sus actividades los establecimientos con internamiento deben contar con los documentostécnicos normativos y guías de práctica clínica incluidos en el Anexo, según corresponda. Artículo 58º.- Mecanismos de información permanente al usuario Todo establecimiento con internamiento debe garantizar la existencia de mecanismos para proporcionar permanentemente al usuario información verbal, impresa o bajo otras modalidades, la que debeconsiderar los aspectos administrativos referidos a tarifas, estancias promedio u otros, así como los aspectos asistenciales relacionados al plantel profesional