Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2006 (28/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, martes 28 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES

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Que, el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 185-2004EF, establece que en periodos trimestrales y mediante Decreto Supremo se aprueba las modificaciones al Presupuesto Consolidado de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, por la mayor captacion u obtencion de recursos que se perciban durante el periodo de ejecucion presupuestaria del Ano Fiscal 2005, asi como por la creacion, fusion o formalizacion de nuevos Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, de acuerdo con los procedimientos establecidos en la Directiva para el "Proceso Presupuestario de las Entidades de Tratamiento Empresarial para el Ano Fiscal 2005"; Que, el inciso b) del numeral 23.2 del articulo 23º y el articulo 25º de la Directiva Nº 006-2005-EF/76.01 Directiva para la Ejecucion del Presupuesto de las Entidades de Tratamiento Empresarial para el Ano Fiscal 2005-, establecen que la aprobacion de Creditos Suplementarios se realiza mediante Resolucion del Titular de la Entidad y se formalizan a traves de Decreto Supremo; y la creacion, fusion e incorporacion de nuevas ETEs de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales, las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional que corresponda efectuar, se aprueban en forma consolidada mediante Decreto Supremo; Que, la Cuarta Disposicion Final de la Ley Nº 28562 Ley que autoriza Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005- dispenso para el referido ano fiscal al Sector Publico No Financiero de lo establecido en los incisos b) y c) del numeral 1 del articulo 4º de la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, Ley Nº 27245, modificada por la Ley Nº 27958, y del MORDAZA parrafo del articulo 4º de la Ley Nº 28426 -Ley del Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005-; Que, es necesario aprobar las modificaciones del Presupuesto Consolidado de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, correspondiente al Ano Fiscal 2005; y, De conformidad con el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, el numeral 42.3 del articulo 42º de la Ley Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto-, la Cuarta Disposicion Final de la Ley Nº 28562 -Ley que autoriza Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005 - el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 185-2004-EF y los articulos 23º y 25º de la Directiva Nº 006-2005-EF/76.01 aprobada por Resolucion Directoral Nº 009-2005-EF/76.01; DECRETA: Articulo 1º.- Aprueba Credito Suplementario Apruebase un Credito Suplementario para el Ano Fiscal 2005, en el Presupuesto Consolidado de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, por la suma de CINCUENTA Y UN MILLONES CIENTO NOVENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 51 193 238,00), de acuerdo al siguiente desagregado: (En Nuevos Soles) INGRESOS Fuente de Financiamiento 09 Recursos Directamente Recaudados 11 Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Interno 13 Donaciones y Transferencias TOTAL INGRESOS 46 436 545,00 784 904,00 3 971 789,00 -----------------51 193 238,00 ========== (En Nuevos Soles) EGRESOS Categorias del Gasto 5 Gastos Corrientes 6 Gastos de Capital 7 Servicio de la Deuda TOTAL EGRESOS 43 301 973,00 7 320 977,00 570 288,00 ------------------51 193 238,00 ===========

Descentralizado y Empresa del Gobierno Regional y Gobierno Local, se detalla en los Anexos que forman parte de la presente MORDAZA legal, de acuerdo a lo siguiente:
Descripcion Distribucion del Ingresos de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales por MORDAZA de Financiamiento. Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales por MORDAZA de Financiamiento y Grupo Generico del Gasto Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales por Grupo Generico del Gasto Recursos Publicos Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales por Grupo Generico del Gasto Recursos Directamente Recaudados Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales por Grupo Generico del Gasto Recursos Por Operaciones Oficiales de Credito Interno Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales por Grupo Generico del Gasto Donaciones y Transferencias Anexo Anexo Nº I

Anexo Nº II

Anexo Nº III

Anexo Nº III-1

Anexo Nº III-2

Anexo Nº III-3

Articulo 3º.- Plazo de Aprobacion y MORDAZA del Presupuesto de Apertura considerado en el Credito Suplementario Las Entidades que por aplicacion de la presente MORDAZA formalicen su Presupuesto Institucional para el Ano Fiscal 2005, deberan aprobar mediante Resolucion del Titular de la Entidad, el desagregado del Credito Suplementario dentro de los cinco (5) dias habiles posteriores a la vigencia del presente Decreto Supremo, a nivel de fuente de financiamiento y categoria del gasto. MORDAZA de la citada resolucion, asi como de los formatos y anexos que corresponda, visados por el Titular de la Entidad y el Jefe de la Oficina de Presupuesto son presentados a la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica, a la Contraloria General de la Republica y a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, dentro de los cinco (5) dias posteriores a su aprobacion. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de marzo del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 05635

Ratifican acuerdo de PROINVERSION que incorpora dentro del MORDAZA de promocion de la inversion privada el otorgamiento en concesion de la construccion de tramo de la Red Vial Nacional Achamaqui - Tingo
RESOLUCION SUPREMA Nº 013-2006-EF MORDAZA, 27 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al numeral 2) del articulo 6º del Texto Unico Ordenado de las normas de rango de ley

Articulo 2º.- Desagregado del Credito Suplementario El desagregado del Credito Suplementario aprobado en el articulo precedente, a nivel de Organismo Publico

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