Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2006 (28/03/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

Pag. 315604

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 28 de marzo de 2006

Declaran inexistencia de infraccion sancionable en denuncia interpuesta contra Presidente de la Federacion Deportiva Peruana de Judo
RESOLUCION Nº 013-2006-CSJDHD/IPD
Expediente Nº 005-2005-CSJDHD/IPD MORDAZA, 27 de enero de 2006 Sala Plena del Consejo Superior de Justicia Deportiva y MORDAZA del Deporte VISTA: La denuncia interpuesta por el Presidente de la Liga de Judo de Sullana, senor MORDAZA Saona MORDAZA contra el Presidente de la Federacion Deportiva Peruana de Judo, senor MORDAZA MORDAZA Capamadjian Blow, por supuestas faltas en materia deportiva. CONSIDERANDO: Que, la denuncia presentada por el senor MORDAZA Saona MORDAZA en contra del senor MORDAZA MORDAZA Capamadjian Blow Presidente de la Federacion Deportiva Peruana de Judo en el cual fundamenta por la comision de faltas y transgresiones deportivas en los incisos b), c) y f) del articulo 21º del D.S. Nº 07-86-ED; Que, se da por concluida la investigacion en la presente denuncia conforme con el Inc. 4) y 5) de articulo 135º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, los hechos imputados como cargos se encuentran dentro de las faltas o transgresiones deportivas que estan senaladas en el Inc. b) abuso de autoridad, Inc. c) abandono de cargo, Inc. f) incumplimiento injustificado de obligaciones de funcion o deberes MORDAZA y deportivos, del Decreto Supremo Nº 07-86-ED; Que, en relacion al abuso de autoridad del Sr. MORDAZA MORDAZA Capamadjian Blow de no reconocer al Sr. MORDAZA Saona MORDAZA como Presidente de la Liga de Judo de Sullana, no se encuentra acreditado, porque no existe la Resolucion de dicho reconocimiento por parte de la Federacion Deportiva Peruana de Judo; Que, en relacion al abandono de cargo del Presidente de la Federacion Deportiva Peruana de Judo, Sr. MORDAZA MORDAZA Capamadjian Blow, realizo reuniones en forma continua con los integrantes del Consejo Directivo de la Federacion, conforme a las normas establecidas del Estatuto de la Federacion Deportiva Peruana de Judo; Que, en relacion al incumplimiento injustificado de funcion o deberes MORDAZA y deportivos del senor MORDAZA MORDAZA Capamadjian Blow. En ningun instante los miembros del Directorio de su Federacion y Asociados observaron acuerdos negativos en el accionar de la Federacion, miembros que son reconocidos oficialmente por el Instituto Peruano del Deporte; Que, del examen de lo actuado se desprende, ademas, que los cargos formulados en la denuncia son inconsistentes, no teniendo sustento real ni legal valido, de acuerdo a los numerales 4 y 5 del articulo 235º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. POR LO EXPUESTO: En uso de sus atribuciones y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 50º de la Ley Nº 28036 - Ley de Promocion y Desarrollo del Deporte. SE RESUELVE: Primero.- Declarar la inexistencia de infraccion sancionable en la denuncia interpuesta contra el senor MORDAZA MORDAZA Capamadjian Blow, Presidente de la Federacion Deportiva Peruana de Judo, por no existir los suficientes medios probatorios que acrediten los hechos denunciados. Registrese y comuniquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 05624

Sancionan con suspension de la funcion deportiva o directiva a ex Presidentes y ex Tesoreros de la Federacion Deportiva Peruana de Basketball
RESOLUCION Nº 032-2006-CSJDHD/IPD
Expediente Nº 001-2005-CSJDHD/IPD MORDAZA, 17 de marzo de 2006 Sala Plena del Consejo Superior de Justicia Deportiva y MORDAZA del Deporte VISTA: La denuncia interpuesta por el Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte contra los ex Presidentes, Sres. MORDAZA Rivero MORDAZA, MORDAZA Ferraro White, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Tesoreros: Sres. MORDAZA Devincensi MORDAZA, MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Brandariz Santibanez y MORDAZA Canny MORDAZA de la Federacion Deportiva Peruana de Basketball. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 001-2005-CSJDHD de fecha 29 de MORDAZA de 2005, el CSJDHD dispuso que se avocara al conocimiento del Expediente Nº 014-2001 de la Primera Sala del ex Tribunal del Deporte, signado con el Nº 001-2005-CSJDHD/IPD; Que, la denuncia se fundamenta en el Informe Nº 004-OAI/IPD-2001 de fecha 21 de marzo de 2001, el mismo que a su vez tiene como base y sustento la denuncia presentada por el Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte, contra los citados ex dirigentes; Que, el tema central de la denuncia son una serie de irregularidades que se habrian producido en los periodos 1997, 1998 y 1999 sobre actividades administrativas y operativas, ejecutadas por los ex directivos de la Federacion Deportiva Peruana de Basketball; Que, los descargos presentados contienen en algunos casos una serie de comentarios, dichos y afirmaciones sin respaldo documentario alguno, debiendo en consecuencia circunscribirse el caso a determinar si los denunciados procedieron con la finalidad de obtener beneficio personal; Que, de las conclusiones del Informe Nº 004-OAIIPD-2001 permiten concluir que con relacion a las Actas de Sesion de la Federacion Depor tiva Peruana de Basketball, no han sido firmadas. El Sr. MORDAZA Rivero MORDAZA no cumplio con las formalidades de ley transgrediendo el articulo 83º del Codigo Civil; Que, debido a la inexistencia de Registros Contables e Inventario de Bienes correspondiente al ano 1998 y 1999 el senor MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, Tesorero en el periodo de marzo de 1998 a enero de 1999 sustenta la inexistencia de los libros y registros contables por no tener los registros de la directiva anterior, no teniendo documentacion sustentatoria correspondiente a su gestion. De igual manera, el Tesorero MORDAZA Devincensi MORDAZA tuvo su periodo del 14 de enero de 1999 al 24 de marzo de 1999, no cumpliendo con presentar ni libros ni registros contables, violando la Ley General del Deporte en su articulo 21º numeral 21.1 Inc. 9); Que, con relacion a las transferencias efectuadas por el Instituto Peruano del Deporte a la Federacion Deportiva Peruana de Basketball, esta no ha rendido cuentas por el monto total de S/. 61,239.19, el Tesorero MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA en su periodo de 1998 justifica que dicho monto fue de S/. 54,437.87 tuvo que destinarlo al pago de diversos gastos primordiales como Sedapal, Luz del Sur, depor tistas; pero sin sustentarlo mediante documentos. De igual manera el Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su Tesorero MORDAZA Brandariz Santibanez en el periodo de 1999 que en sus descargos dicen que no estaba en responsabilidad de ellos ya que no corresponde a su gestion pero no presentan prueba documentada que lo sustente; Que, con relacion a los ingresos propios y gastos hechos por la Federacion Depor tiva Peruana de Basketball correspondientes a los periodos 1998 y 1999, el ex directivo MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA solo explica de manera general que la falta de cuentas

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.