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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G38/G39/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 16 de mayo de 2006 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 I N E I /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G6E/G6F/G76/G61/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G63/GF3/G64/G69/G67/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G6F/G66/G74/G77/G61/G72/G65 /G45/G53/G52/G49 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 150-2006-INEI Lima, 11 de mayo del 2006 Visto el Oficio Nº 168-2006-INEI/OTIN de la Oficina Técnica de Informática y los Informes Nºs. 033-2006INEI-OTA/OEAS y 016-2006-INEI/OTAJ de las Oficinas Técnicas de Administración y de Asesoría Jurídica, sobre la procedencia de la exoneración del proceso de selecciónpara la renovación de códigos de Licencia de SoftwareESRI; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 165-2006-INEI/OTA la Oficina Técnica de Administración remite la documentación parala contratación del servicio de renovación anual decódigos de licencias de software ESRI, el que de acuerdoal valor referencial corresponde convocar a un proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva, según lo informado, tiene las características de un servicio queno admite sustituto y además de existir un solo proveedoren el mercado nacional, en tal sentido y de conformidadal TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado es necesaria la exoneración del proceso de adjudicación directa selectiva para la contratación del servicio solicitado por la OTIN; Que, la Oficina Técnica de Informática con Oficio Nº 168-2006-INEI/OTIN solicita la renovación de códigosde Licencias de Software ESRI, anexando a dicho oficiola justificación técnica para la adquisición del software para el Sistema de Información Geográfica (SIG), el mismo que viene siendo utilizado por la DirecciónEjecutiva de Cartografía y Geografía para la generaciónde datos espaciales bajo un esquema de base de datosuniforme, el mismo que se basa en el Sistema OperativoWindows y Base de Datos Relacional SQL Server, que se han convertido en un estándar en la Institución. En este sentido es necesario continuar trabajando con elsoftware establecido ya que la suspensión de su usoconllevaría a detener una parte importante de lasactividades de la mencionada Dirección de Cartografía,ocasionando pérdida de la productividad y suspensión de los servicios de información que se brindan a otras instituciones; Que, con Informe Nº 033-2006-INEI/OTA-OEAS la Oficina Ejecutiva de Abastecimientos y Servicios señalaque de acuerdo al TUO de la Ley de ContratacionesAdquisiciones del Estado y su Reglamento, corresponde la contratación de la empresa Telemática S.A., por servicios que no admiten sustitutos y existir proveedorúnico para la prestación del servicio de renovación decódigos de Licencias de Software ESRI, en el extremoque dichas licencias usadas por el INEI soncomercializadas y distribuidas en forma exclusiva por la referida empresa, siendo necesario que mediante Resolución Jefatural, se autorice la exoneración delproceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva; Que, mediante Oficio Nº 312-2006-INEI/OTPP- OEPRE, la Oficina Técnica de Planificación, Presupuestoy Cooperación Técnica ha otorgado disponibilidad presupuestal por el monto de S/. 31,000.00 para la renovación de códigos de Licencia de Software ESRI,afectados a la específica de gasto 6.5.11.39, con cargoal presupuesto de la Meta 0010 Organización de losCensos Nacionales, calendario de compromisoscorrespondiente al mes de mayo del 2006; Que, el servicio de renovación de códigos de Licencias de Software ESRI, sólo puede ser prestado por laempresa Telemática S.A., por cuanto es la única empresaen el Perú autorizada por Environmental SystemsResearch Institute Inc. ESRI para brindar el servicio querequiere el INEI, por consiguiente su contratación se enmarca dentro de los supuestos que señala el Art. 144ºdel Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, vía exoneración bajo la causal de servicios que no admiten sustitutos; Que, el Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del INEI, concordante con su Reglamentoaprobado por el D.S. Nº 043-2001 PCM establece que sonfunciones y objetivos del INEI, entre otros, normar, coordinar,ejecutar y actualizar la cartografía censal, para lo cual realiza los programas de levantamiento, actualización cartográfica y automatización de la cartografía estadística. Con estepropósito desde el año de 1993, en el INEI, se potenció eldesarrollo de los Sistemas de Información Geográfica (SIG)los cuales permiten asociar la información estadística conla Cartografía Nacional digitalizada, teniendo como medio el software ARC- INFO desarrollado por ESRI, realizándose avances sustanciales en los procesos de generación dedatos espaciales; Que, conforme al Art. 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor D.S. Nº 084-2004 PCM, en los casos que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en elmercado nacional, la Entidad podrá contratardirectamente; Se considerará que existe proveedor único en los casos en que por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se haya establecido la exclusividaddel proveedor; Que, el inciso e) del Art. 19º y el Art. 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, señala que están exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuandolos bienes o servicios no admiten sustitutos y existaproveedor único. Éstas se realizarán mediante accionesinmediatas y se aprobarán mediante resolución del Titulardel Pliego, requiriendo obligatoriamente de un informe técnico legal previo y serán publicadas en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004 PCM y suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004 PCM; En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 8º del Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización yfunciones del Instituto Nacional de Estadística eInformática"; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar al Instituto Nacional de Estadística e Informática del proceso de selección deAdjudicación Directa Selectiva para la contratación delservicio de renovación de códigos de Licencias de Software ESRI, por ser éste un servicio que no admite sustituto. Artículo 2º.- La contratación del servicio, se realizará con cargo a la Fuente de Financiamiento de RecursosOrdinarios, Meta 0010, Organización de los CensosNacionales, específica del gasto 6.5.11.39. correspondiente al ejercicio 2006, por un plazo de 12 meses y hasta por la suma S/. 31,000.00 (Treintiún milnuevos soles). Artículo 3º.- Autorizar a la Oficina Técnica de Administración para que proceda a la contratación delservicio de renovación de códigos de Licencias de Software ESRI, mediante una Adjudicación de Menor Cuantía por un valor referencial de S/. 30,951.90. Artículo 4º.- Remítase copia de la presente Resolución, de los Informes técnico y legal, así como dela documentación sustentatoria a la Contraloría Generalde la República, Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los plazos establecidos por ley y publíquese esta ResoluciónJefatural en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese y comuníquese. EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe 08716