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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2006 (16/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 11

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G38/G38/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 16 de mayo de 2006 conjuntamente con los Caseríos El Milagro, San Mateo de Quilcate, El Empalme, y Tres Ríos; así como en lanecesidad de contar con una autoridad judicial queresuelva los conflictos de naturaleza civil, penal, de familia y notarial que se presentan; por cuanto los juzgados más próximos se encuentran ubicados en el distrito deCatilluc, a 10 kilómetros de distancia; Que, el Informe Nº 191-2005-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial,concluye en la factibilidad de la creación del Juzgado de Paz en el Centro Poblado Quilcate, ubicado en el distrito de Catilluc, provincia de San Miguel, departamento deCajamarca; Que, por el número de habitantes a los que beneficiaría el juzgado de paz, y siendo objetivo principal de estePoder del Estado administrar justicia en forma rápida y eficaz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a loestablecido en el inciso 24 del artículo 82º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, deconformidad con el informe del Consejero Luis Alberto Mena Núñez, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Quilcate, distrito de Catilluc, provincia de San Miguel, departamento y Distrito Judicial deCajamarca. El mencionado órgano jurisdiccional también tendrá competencia en los Caseríos El Milagro, San Mateo deQuilcate, El Empalme y Tres Ríos. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, a la OficinaNacional de Apoyo a la Justicia de Paz, a la Presidenciade la Corte Superior de Justicia de Cajamarca y a laGerencia General del Poder Judicial, para suconocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS.WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANO ANTONIO PAJARES PAREDES JAVIER ROMÁN SANTISTEBANJOSÉ DONAIRES CUBA WÁLTER COTRINA MIÑANO LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ08705 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 057-2006-CE-PJ Trujillo, 3 de abril del 2006 VISTOS: El Oficio Nº 579-2005-P-CSJCA/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca,y el Informe Nº 114-2005-SEP-GP-GG-PJ, remitido porla Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, remite a este Órgano de Gobiernopropuesta de creación de un Juzgado de Paz en elCaserío de Ventanillas, ubicado en el distrito de Yonán, provincia de Contumazá, departamento y Distrito Judicial de Cajamarca; atendiendo al pedido de las autoridades ypobladores de la referida circunscripción; Que, la petición formulada se sustenta en tener población aproximada de 1,871 habitantes,conjuntamente con los Caseríos de Pay Pay, Gallito Ciego, El Mango y La Florida; así como en la necesidad de contar con una autoridad judicial que resuelva losconflictos de naturaleza civil, penal, de familia y notarial que se presentan; por cuanto el juzgado más próximose encuentra ubicado en la localidad de Tolón, a 5.5kilómetros de distancia; Que, el Informe Nº 114-2005-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial,concluye en la factibilidad de la creación del Juzgado dePaz en el Caserío de Ventanillas, ubicado en el distrito deYonán, provincia de Contumazá, departamento deCajamarca; Que, por el número de habitantes a los que beneficiaría el juzgado de paz, y siendo objetivo principal de estePoder del Estado administrar justicia en forma rápida yeficaz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el inciso 24 del artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, deconformidad con el Informe del Consejero Luis AlbertoMena Núñez, en sesión ordinaria de la fecha, porunanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Caserío de Ventanillas, distrito de Yonán, provincia deContumazá, departamento y Distrito Judicial deCajamarca. El mencionado órgano jurisdiccional también tendrá competencia en los Caseríos de Pay Pay, Gallito Ciego,El Mango y La Florida. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, a la OficinaNacional de Apoyo a la Justicia de Paz, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca y a la Gerencia General del Poder Judicial, para suconocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANOANTONIO PAJARES PAREDES JAVIER ROMÁN SANTISTEBAN JOSÉ DONAIRES CUBAWÁLTER COTRINA MIÑANO LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 08706 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 058-2006-CE-PJ Trujillo, 3 de abril del 2006 VISTOS:El Oficio Nº 1526-2005-PJ/CSJLO-P, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, y el Informe Nº 208-2005-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO:Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación de un Juzgado de Paz en el Centro PobladoIsla Santa Rosa, ubicado en el distrito de Yavarí, provinciade Mariscal Ramón Castilla, departamento y DistritoJudicial de Loreto; Que, la petición formulada se sustenta en tener población aproximada de 5,196 habitantes, conjuntamente con las Comunidades San Juan de RamónCastilla, Mario Rivera Pereira, Chinería, Gamboa, AlbertoFujimori Fujimori, Rondiña 1º zona, Rondiña 2º zona,Puerto Alegría, San Francisco de Yahuma, Esperanzade Monguba, Yahuma 1º zona, Yahuma 2º zona, Yahuma Callarú, Buen Jardín, Nueva Jerusalén de Erené, Paraíso del Amazonas y Bellavista Callarú; así como en la