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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G39/G30/G31/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 19 de mayo de 2006 CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, dispone que el Ministeriode Economía y Finanzas a través de la Oficina deInversiones es la más alta autoridad técnico normativadel Sistema Nacional de Inversión Pública. Dicta lasnormas técnicas, métodos y procedimientos que rigenlos Proyectos de Inversión Pública; Que, el artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 158-2001-EF-15, establece que la Dirección Generalde Programación Multianual del Sector Públicodesarrollará las funciones de la Oficina de Inversionesasignadas en el marco de la Ley Nº 27293, Ley que creael Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 583-2005-EF/ 15, de fecha 18 de noviembre de 2005, publicada en elDiario Oficial El Peruano el 19 de noviembre de 2005, seaprobó el Sistema Operativo de Seguimiento y Monitoreodel Sistema Nacional de Inversión Pública y dispuso suaplicación obligatoria por las Unidades Ejecutoras de lasentidades y empresas del sector público no financiero delGobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, para elseguimiento de sus proyectos de inversión pública durantela fase de inversión del Ciclo del Proyecto; Que, asimismo, la citada Resolución Ministerial dispuso que la Dirección General de ProgramaciónMultianual del Sector Público apruebe el Instructivo delSistema Operativo de Seguimiento y Monitoreo, por loque corresponde emitir la Resolución Directoralrespectiva; En concordancia con las facultades dispuestas por el Decreto Legislativo Nº 790; la Ley Nº 27293; normasreglamentarias y complementarias; la ResoluciónMinisterial Nº 158-2001-EF-15 y la Resolución MinisterialNº 365-2004-EF/10; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobación del Instructivo del Sistema Operativo de Seguimiento y Monitoreo delSistema Nacional de Inversión Pública Apruébese el Instructivo del Sistema Operativo de Seguimiento y Monitoreo del Sistema Nacional deInversión Pública, el mismo que como documentoadjunto, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Modificación del Anexo SNIP 03 – Aplicativo para Seguimiento - Procedimientos Sustitúyase el Anexo SNIP 03 – Aplicativo para Seguimiento – Procedimientos, aprobado por la ResoluciónDirectoral Nº 012-2002-EF/68.01, por el Anexo SNIP 03 –Aplicativo Informático del Sistema Operativo de Seguimientoy Monitoreo (SOSEM) del Sistema Nacional de InversiónPública, el mismo que será publicado en la página web de laDirección General de Programación Multianual del SectorPúblico http://ofi.mef.gob.pe, sin perjuicio de su impresión y distribución a todas las entidades sujetas al Sistema Nacionalde Inversión Pública. Artículo 3º.- Aprobación del Formato SNIP 18 – Ficha de Registro en el Aplicativo Informático deSeguimiento de Proyectos y Programas Apruébese el Formato SNIP 18 – Ficha de Registro en el Aplicativo Informático de Seguimiento de Proyectosy Programas, el mismo que será publicado en la páginaweb de la Dirección General de Programación Multianualdel Sector Público http://ofi.mef.gob.pe, sin perjuicio de su impresión y distribución a todas las entidades sujetasal Sistema Nacional de Inversión Pública. Artículo 4º.- Aprobación del Formato de Registro de Proyectos Exonerados o Anteriores al SNIP Apruébese el Formato de Registro de Proyectos Exonerados o Anteriores al SNIP – Formato de Registro,el mismo que será publicado en la página web de laDirección General de Programación Multianual del SectorPúblico http://ofi.mef.gob.pe, sin perjuicio de su impresión y distribución a todas las entidades sujetas al SistemaNacional de Inversión Pública. Artículo 5º.- Publicación Publíquese la presente Resolución Directoral en la página web de la Dirección General de ProgramaciónMultianual del Sector Público http://ofi.mef.gob.pe, sin perjuicio de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MILTON VON HESSE LA SERNA Director GeneralDirección General de ProgramaciónMultianual del Sector Público INSTRUCTIVO DEL SISTEMA OPERATIVO DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO (SOSEM) DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA PRESENTACIÓN El Sistema Operativo de Seguimiento y Monitoreo del Sistema Nacional de Inversión Pública (SOSEM) tiene por objeto fundamental propiciar una mejor gestiónde la fase de inversión de los proyectos de inversiónpública, que permita obtener resultados congruentes conla declaratoria de viabilidad. Para alcanzar lo anterior los objetivos específicos del SOSEM son: i) propiciar que los proyectos sean ejecutadosdentro de la programación física y financiera establecidaen el estudio de preinversión que permitió la declaratoria deviabilidad, ii) propiciar que los proyectos sean ejecutadosen los plazos previstos en el estudio de preinversión quepermitió la declaratoria de viabilidad, de forma que se optimicesu impacto social y, iii) propiciar que los componentes oproductos logrados al final de la ejecución del proyectosean los que corresponden a lo establecido en el estudiode preinversión que permitió la declaratoria de viabilidad. El SOSEM comprende en su primera etapa a las Unidades Ejecutoras de los sectores nacionales ygobiernos regionales. Asimismo, mediante ResoluciónDirectoral se determinará los criterios que definirán quéproyectos deberán informar su ejecución en el SOSEM. En ese sentido, y para una mejor aplicación y comprensión de los procedimientos del SOSEM se emiteel presente Instructivo, el mismo que desarrolla losobjetivos, definiciones y procedimientos del SOSEM. Atentamente,MILTON VON HESSE LA SERNA Director GeneralDirección General de ProgramaciónMultianual del Sector Público DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivosy sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe