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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G39/G30/G31/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 19 de mayo de 2006 sectores u organizaciones comprometidas con la atención a la primera infancia de la localidad. Para ello sepodrán instalar puestos o stands informativos yorientadores para brindar: - Información de Educación Inicial. - Información sobre salud y atención del niño sano.- Información sobre nutrición.- Información sobre asistencia psicológica. Saludo a la comunidad educativa de Educación Inicial 9.13 Se hará llegar desde la Dirección de Educación Inicial a las docentes de aula,directoras, profesorascoordinadoras, promotoras y Especialistas de EducaciónInicial, una carta de felicitación y reconocimiento por sumisión; la de contribuir junto a la familia al logro deldesarrollo integral de nuestros niños y niñas y por endecontribuir con ello al desarrollo del capital humano. Difusión de la Semana de la Educación Inicial a través de la Prensa hablada y escrita 9.14 En todas las regiones del país se realizará una gran campaña de difusión por la infancia, a travésde la entrega de información concreta y sencilla sobresus requerimientos así como de sus potencialidadesy fortalezas vía volantes, stickers, mosquitos, afichesu otros soportes. Esta campaña se realizará paralelamente a las actividades que se hayanprogramado por el día de la Educación Inicial; las especialistas de Educación Inicial serán lasresponsables de esta actividad con apoyo dedirectores, docentes, padres de familia y aliados. 9.15 La prensa radial, televisiva y escrita llega a casi todos los hogares e Instituciones del paísejerciendo un enorme poder de transmisión deinformación. En tal sentido y con las coordinacionespertinentes se concertará a nivel de todas lasDirecciones Regionales de Educación y Unidades deGestión Educativa Local reuniones previas informacióny sensibilización sobre el tema de la primera infanciacon dichos medios a fin de que se involucren ennuestras acciones con conocimiento de causa, a travésde la presentación de reportajes en sus espacios, lapresencia de personajes ligados al tema de la primerainfancia y la defensa de sus derechos, autoridadeseducativas, en los espacios televisivos y radiales degran sintonía, así como en revistas y periódicos degran circulación, con la finalidad de que se coloque enagenda la inversión y atención integral en términosreales de la que urgen los niños y las niñas de nuestropaís para lograr el desarrollo humano en una sociedadque mire y se mire en su niñez. 10. DEL FINANCIAMIENTO10.1 Las actividades serán financiadas por cada órgano desconcentrado con el apoyo de instituciones yempresas del lugar que estén dispuestos a apoyar lacelebración del 75 Aniversario de la creación del primerJardín de la Infancia Estatal en el Perú. 10.2 El apoyo de las instituciones privadas y empresas será en materiales que posibiliten y den realce a lasactividades programadas: preparación de stands,folletería, logística insumos, entre otros. 11. DE LA EVALUACIÓN11.1 Al término de la celebración cada Unidad de Gestión Educativa Local, evaluará las actividadesrealizadas, el impacto de las mismas y hará llegar a laDirección Regional de su ámbito, el informecorrespondiente. 11.2 Las Direcciones Regionales de Educación presentarán a la Dirección Nacional de Educación BásicaRegular, Dirección de Educación Inicial del Ministerio deEducación, un informe detallado y consolidado de lasactividades realizadas en su jurisdicción, incorporandosugerencias, logros y dificultades.12. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Cualquier situación no contemplada en la presente directiva será resuelta por cada Dirección Regional oUnidad de Gestión Educativa Local. San Borja, 16 de mayo de 200608899 JUSTICIA /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G64/G65/G73/G74/G69/G6E/G61/G64/G61/G20/G61/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G61/G72/G20/G6C/G61/G20/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73 /G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G20 /G63/G6F/G6E/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61 /G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20 /G73/G6F/G62/G72/G65/G20 /G6C/G61/G20 /G6C/G75/G63/G68/G61/G61/G6E/G74/G69/G63/G6F/G72/G72/G75/G70/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 197-2006-JUS Lima, 17 de mayo de 2006 Vistos los Oficios Nºs. 082, 090, 132-06-CNA/ST de fechas 15 y 22 de marzo de 2006 y 27 de abril de 2006,respectivamente, del Secretario Técnico del ConsejoNacional Anticorrupción y demás documentaciónacompañada; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de Donación, la Empresa Telefónica del Perú S.A.A., en apoyo a la ConferenciaInternacional "Lucha Anticorrupción: Por la Honestidadde los Pueblos", realizada con fechas 5 y 6 de octubredel 2005, ha efectuado una donación dineraria, a favor del Ministerio de Justicia, ascendente a la suma de US$ 5,000.00 (cinco mil y 00/100 dólares americanos). Dichadonación tiene como propósito financiar la edición y lacampaña de difusión de las propuestas y/o conclusionesa que se llegaron en el evento Internacional, acciónprevista en el Plan Operativo Institucional 2006 delConsejo Nacional Anticorrupción; Que, mediante Decreto Supremo Nº 082-2005-PCM se adscribe a la Comisión Nacional de Lucha contra laCorrupción y Promoción de la Ética y Transparencia enla Gestión Pública y en la Sociedad al Ministerio deJusticia, modificándose la denominación por la deConsejo Nacional Anticorrupción, con Decreto SupremoNº 002-2006-JUS; Que, en el marco de la Addenda a los Convenios suscritos entre la Presidencia del Consejo de Ministrosy el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo,se incorporan y asume obligaciones el Ministerio deJusticia en la ejecución de los Proyectos PER/02/021 yPER/02/027 sobre Cooperación Técnica y Financiera,siendo el encargado de canalizar el dinero donado por laEmpresa Telefónica del Perú S.A.A. a través del ProyectoPER/02/027 - 0001411 Apoyo a la Comisión NacionalAnticorrupción; Que, el artículo 69º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que lasdonaciones dinerarias provenientes de institucionesnacionales e internacionales, públicas o privadas,diferentes de los convenios de cooperación técnica noreembolsable, será aprobada por Resolución del Titularde la Entidad, consignando la fuente donante y el destinode estos fondos públicos; Estando a lo informado por la Oficina General de Economía y Desarrollo, mediante Oficio Nº 381-206-JUS/OGED-ODCT y con las visaciones de las OficinasGenerales de Administración y de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto LeyNº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia, LeyNº 28411, Ley General del Sistema Nacional dePresupuesto, el inciso b) del artículo 115º del Reglamentode Organización y Funciones del Ministerio de Justicia,