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NORMAS LEGALESEl Peruano Miércoles 24 de mayo de 2006REPUBLICADELPERU 319348 adjudicación de mercancías sin restricción alguna en cuanto a su valor total por solicitud. Las Comisiones de Disposición de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao e Intendencia de Aduana Aérea de Callao, pueden proponer la adjudicación de mercancías hasta por un valor total de veinte Unidades Impositivas Tributarias (20 UIT) por solicitud. Conforme a las facultades de cada Comisión, si el valor total de las mercancías propuestas en adjudicación excede a las cuatro (4) o veinte (20) Unidades Impositivas Tributarias, la solicitud y los actuados correspondientes son derivados a la Comisión Central de Disposición de Mercancías para su evaluación. Las Comisiones de Disposición sesionan por lo menos cuatro veces por mes y sus acuerdos son adoptados por unanimidad. Artículo 3º.- Modificar el numeral 2.1.3 ADJUDICACIÓN DE OTRAS MERCANCÍAS del Rubro VII DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO, del Procedimiento de Adjudicación de Mercancías INA-PG.15 - Versión 02, en los siguientes términos: “Además de las mercancías previstas en los numerales 2.1.1 y 2.1.2, el Intendente Nacional de Administración puede adjudicar cualquier otra mercancía en situación de disponible a nivel nacional, hasta por un valor total de veinte Unidades Impositivas Tributarias (20 UIT) porsolicitud.” Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ARMANDO ARTEAGA QUIÑE Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas Superintendencia Nacional de Administración Tributaria 09125 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G6F/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61 ORDENANZA REGIONAL Nº 028-2005-GRAREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa; Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el Artículo 15º literal a) de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modificatoria la Ley Nº 27902, es competencia del Consejo Regional la aprobación de las normas reglamentarias de organización y funciones de las dependenciasadministrativas del Gobierno Regional; En uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 - Orgánica de Gobiernos Regionales, modificadapor Ley Nº 27902, y demás normas pertinentes; Estando al Dictamen Nº 0013-2005-CPP/GRA de la Comisión de Planeamiento y Presupuesto y lo acordado por el Consejo Regional en Sesión Extraordinaria llevada a cabo el veintiuno de diciembre del año dos mil cinco; HA APROBADO: Artículo Único.- Aprobar, en vía de regularización el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de la Producción de Arequipa, compuesto de siete (7) títulos, veintidós (22) artículos, una(1) disposición complementaria, tres (3) disposiciones transitorias y una (1) disposición final; y que es parte integrante de la presente ordenanza.Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los veintiún días del mes de diciembre del dos mil cinco. JESUS GUSTAVO CHIRINOS ZEGARRA Presidente del Consejo Regional (e) Arequipa POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintiún días del mes de diciembre del dos mil cinco. JESUS GUSTAVO CHIRINOS ZEGARRA Presidente del Gobierno Regional (e) Arequipa 09046 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G41/G6E/G61/G6C/GED/G74/G69/G63/G6F/G20/G64/G65 /G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6C/G65/G67/G69/G6F/G20/G4D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G46/G72/G61/G6E/G63/G69/G73/G63/G6F /G42/G6F/G6C/G6F/G67/G6E/G65/G73/G69/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61 ORDENANZA REGIONAL Nº 029-2005-GRAREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa; Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 15º literal a) de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867y su modificatoria la Ley Nº 27902, es competencia del Consejo Regional la aprobación de las normas reglamentarias de organización y funciones de lasdependencias administrativas del Gobierno Regional; En uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 - Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902, y demás normas pertinentes; Estando al Dictamen Nº 0014-2005-CPP/GRA de la Comisión de Planeamiento y Presupuesto y lo acordadopor el Consejo Regional en Sesión Extraordinaria llevada a cabo el veintiuno de diciembre del año dos mil cinco. HA APROBADO: Artículo Único.- Aprobar en vía de regularización el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Colegio Militar Francisco Bolognesi de Arequipa, el mismo que forma parteintegrante de la presente ordenanza. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los veintiún días del mes de diciembre del dos mil cinco. JESÚS GUSTAVO CHIRINOS ZEGARRA Presidente del Consejo Regional (e) Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintiún días del mes de diciembre del dosmil cinco. JESÚS GUSTAVO CHIRINOS ZEGARRA Presidente del Gobierno Regional (e) Arequipa 09047