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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU El Peruano Miércoles 24 de mayo de 2006 319343 NTP-ISO 4134:1999 CARNE Y PRODUCTOS CÁRNICOS. Determinación del contenido de ácido L-(+)- glutámico. Método de referencia NTP 231.010:1967 HI LOS. Determinación del título. Método de madeja NTP-ISO 10005:1999 GESTIÓN DE LA CALIDAD Y ELEMENTOS DEL SISTEMA DE CALIDAD. Directrices para planes de calidad GP 015:2002 DOCUMENTO PARA LA INTRODUCCIÓN Y SOPOR- TE DE LA SERIE DE NORMAS ISO 9000.Orientación acerca del enfoque del enfoque basado en procesos para los sistemas de gestión de calidad Con la intervención de los señores miembros: Fabián Novak, Augusto Ruiloba, Jorge Danós, y Aldo Bresani. AUGUSTO RUILOBA ROSSELPresidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 09087 I N P E /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G53/G75/G72 /G4F/G72/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G43/G75/G73/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G70/G61/G72/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G72/G69/G72/G20/G73/G75/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G6C/G69/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G70/G72/G65/G70/G61/G72/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G70/G65/G6E/G69/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 309-2006-INPE/P. Lima, 17 de mayo de 2006 VISTOS, el Oficio Nº 289-2006-INPE/20.04, Informe Técnico Legal Nº 005-2006-INPE/20.05.04, ambos de fecha 16 de mayo de 2006, de la Dirección Regional Sur Oriente Cusco, mediante los cuales, se solicita declarar en situación de desabastecimiento inminente el suministrode alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de Sentenciados Quenccoro - varones y mujeres, y el Informe Nº 146-2006-INPE/06, de fecha 16de mayo de 2006, de la Oficina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial Nº 170-2006- INPE/P , de fecha 7 de marzo de 2006, se declaró en situación de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para internos, niños, personal deseguridad, salud y mantenimiento del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados Quenccoro - varones y mujeres del Cusco, por el período de sesenta (60) días calendario; Que, mediante el Informe Técnico Legal Nº 005-2006- INPE/20.05.04, de fecha 16 de mayo de 2006, la DirecciónRegional Sur Oriente Cusco informa que con fecha 10 de marzo de 2006, el Tribunal del CONSUCODE emitió la Resolución Nº 163-2006-TC-SU, declarando fundado elrecurso de revisión interpuesto por el CONSORCIO COMERCIAL TRES ESTRELLAS S.A. - CEDAQUI S.R.L.; asimismo, con fecha 31 de marzo de 2006, el ComitéEspecial procedió a evaluar el expediente del CONSORCIO COMERCIAL TRES ESTRELLAS S.A. - CEDAQUI S.R.L. otorgándole la Buena Pro, y mediante ResoluciónPresidencial Nº 250-2006-INPE/P se declaró de oficio la nulidad de la Licitación Pública Nº 001-2005-INPE/20 y sedispuso convocar a un nuevo proceso de selección programado para el año fiscal 2006; Que, asimismo, mediante el precitado Informe Técnico Legal, la indicada Dirección Regional informa que medianteCédula de Notificación Nº 6787-2006-TC, de fecha 27 de abril de 2006, el Tribunal del CONSUCODE puso en conocimiento la admisión del recurso de revisión interpuestopor el CONSORCIO COMERCIAL TRES ESTRELLAS S.A. - CEDAQUI S.R.L.; informa además que el contrato suscrito para el "Suministro de alimentos preparados para internos, niños, personal de seguridad, salud y mantenimiento del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados Quenccoro - varones y mujeres del Cusco” vence el 12 de mayo de2006; Que, ante esta situación la Dirección Regional Sur Oriente Cusco manifiesta que es necesario declarar en situación de desabastecimiento inminente la contratación del suministro de alimentos preparados para los internos, niños, personal de seguridad, salud y mantenimiento delEstablecimiento Penitenciario de Sentenciados Quenccoro - varones y mujeres del Cusco, por el período de sesenta (60) días calendario; hasta por la suma de S/. 204.270,00 Nuevos Soles (Doscientos Cuatro Mil Doscientos Setenta con 00/100 Nuevos Soles), importe que servirá para cubrir los gastos del suministro de alimentos preparados, mientras el Tribunal del CONSUCODE se pronuncia y se perfecciona el contrato respectivo, ya que los internos del mencionado Establecimiento Penitenciario requieren de ellos porque sudesabastecimiento compromete directamente los servicios esenciales que presta el Instituto Nacional Penitenciario, teniendo en cuenta que el suministro de alimentos no puede ser suspendido porque su ausencia puede ocasionar grave deterioro en la salud de la población penal, así como generar actos de violencia, reclamos y protestas de éstos, quecomprometerían directamente, tanto la seguridad de los internos como de los Centros Penitenciarios; Que, la situación expuesta se encuentra prevista en el inciso c) del artículo 19º e inciso a) del artículo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; asimismo, el artículo 21º del acotado dispositivo legal, considera una situación de desabastecimiento inminente, cuando la ausenciaextraordinaria e imprevisible de un determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades uoperaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial; Que, mediante los artículos 141º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084 -2004- PCM, se encuentran señalados los procedimientos para los procesosde selección exonerados, debiendo la Dirección Regional Sur Oriente Cusco sujetarse estrictamente a la norma indicada para la compra de lo indispensable a fin de paliar la situación; sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones definitivas; Que, de acuerdo al artículo 17º del Código de Ejecución Penal, la Administración Penitenciaria proporciona al interno la alimentación preparada cumpliendo con las normas dietéticas y de higiene establecidas por la autoridad desalud, concordante con el artículo 135º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2003-JUS; Que, los plazos para el trámite del recurso de revisión ante el CONSUCODE y notificación a las partes, así como el tiempo que tomaría hasta que se perfeccione el contrato respectivo, y la normatividad descrita, facultan la adquisicióno contratación de bienes, servicios u obras, sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, facultan a la Entidad declarar la situación de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos a la Dirección Regional Sur Oriente Cusco, y exonerar del requisito de Licitación Pública para la adquisición de Alimentos Preparados; Que, mediante Formato Nº 03, la Dirección de Planificación de la Dirección Regional Sur Oriente Cusco señala que cuenta con la disponibilidad presupuestalnecesaria para contratar dicho suministro; Estando a lo solicitado por la Dirección Regional Sur Oriente Cusco y a lo opinado por la Oficina General deAsesoría Jurídica, contándose con las visaciones de las Oficinas Generales de Administración y Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo