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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2006 (24/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 55

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU El Peruano Miércoles 24 de mayo de 2006 319341 con una clasificación de riesgo están autorizadas a operar en el mercado de rentas vitalicias siempre que cumplan con las condiciones que para dicho efecto establezca la Superintendencia, hasta contar con la respectiva clasificación de riesgo. 6. Vigencia La presente Circular entrará en vigencia luego de quince (15) días de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Atentamente, JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 09089 UNIVERSIDADES /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G46/G65/G64/G65/G72/G69/G63/G6F/G20/G56/G69/G6C/G6C/G61/G72/G72/G65/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65 /G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G79/G20/G76/G69/G67/G69/G6C/G61/G6E/G63/G69/G61 RESOLUCIÓN R. Nº 2302-2006-UNFV San Miguel, 18 de mayo de 2006 Visto, el Oficio Nº 512-2006-OPPS-OCLSA-UFV con fecha de recepción 11.05.2006, del Jefe de la Oficina Central de Logística y Servicios Auxiliares de esta CasaSuperior de Estudios, mediante el cual solicita la Exoneración del Proceso de Selección del Concurso Público Servicios de Seguridad y Vigilancia por Desabastecimiento Inminente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución R.Nº 1806-2006-UNFV, de fecha 24.01.2006, se aprobó el Plan Anual de Adquisicionesy Contrataciones de la Universidad Nacional Federico Villarreal, correspondiente al Ejercicio Presupuestal 2006, el mismo que prevé el Concurso Público – Contratación de Servicios de Seguridad y Vigilancia 2006, para la Universidad Nacional Federico Villarreal; Que, el Artículo 19º Inc. c), del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM, establece que están exonerados de los procesos deselección: Las adquisiciones y contrataciones que se realicen En situación de Emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley; Que, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en su Artículo 141º - Situación de desabastecimiento inminente, establece que, Lasituación de desabastecimiento inminente se configura en los casos señalados en el artículo 21º de la Ley; no encontrándose comprendidas entre éstas las adquisiciones o contrataciones para cubrir necesidades complementarias y administrativas de la entidad. La necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiéndose invocar la existencia de una situación de desabastecimiento inminente en supuestos como en vía de regularización, por períodosconsecutivos y que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situación y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobación de la exoneración al proceso de selección; Que, la entidad puede adquirir o contratar los bienes, servicios y llevar a cabo el proceso de selección quecorresponda, así es que considerando el criterio establecido por el CONSUCODE, en el comunicado Nº 002-2003 PRE, precisó el carácter extraordinario de la situación dedesabastecimiento, precisando la necesidad que para su convocatoria concurran los elementos de situación extraordinaria e imprevisible y de ausencia que comprometade manera directa e inminente y esencial, los servicios de la entidad, los mismos que deben ser interpretados de manera restrictiva, por lo que, no resulta procedente crear,vía interpretación la posibilidad de configurarse la causal, eximiéndose de alguno de los elementos exigidos,Sustentándose en el hecho que una situación específica no fue contemplada por la normativa aplicable; no proceden prórrogas, las adendas, las adiciones, ni los contratos complementarios, por lo que el órgano superior de controlpriorizará la evaluación de estos procesos; Que, el carácter de urgencia respecto a la necesidad de adquirir los servicios de seguridad para esta Casa Superior de Estudios, requiere la inmediata contratación, entendiéndose el carácter temporal de la contratación, y proceder a la exoneración del Proceso de selección; Que, por lo expuesto es necesario aprobar la Exoneración del Proceso de Selección del Concurso Público Servicios de Seguridad y Vigilancia por Desabastecimiento Inminente; por un monto referencial de S/. 340 086,56 (Trescientos Cuarenta Mil, Ochenta y Seis con 56/100 Nuevos Soles), por un período de 73 días, apartir del 20 de mayo del año 2006; En mérito a la Opinión Técnica de la Oficina Central de Logística y Servicios Auxiliares contenida en Oficio Nº 512- 2006-OPPS-OCLSA-UFV con fecha de recepción 11.05.2006, al Informe Legal Nº 440-2006-OCAJ-UNFV de fecha 11.05.2006 de la Oficina Central de Asesoría Jurídica,y, estando a lo dispuesto por el Vicerrector Administrativo en Oficio Nº 659-2006-VRAD-UNFV de fecha 15.05.2006, se procede conforme a lo solicitado; y, De conformidad con el D.S. Nº 083-2004-PCM, D.S. Nº 084-2004-PCM, Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad Nacional Federico Villarreal; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Exonerar a la Universidad Nacional Federico Villarreal del Proceso de Selección del Concurso Público Servicios de Seguridad y Vigilancia por Desabastecimiento Inminente, de conformidad con el Artículo 19º Inc. c), del Texto Único Ordenado de la LeyNº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, por un monto de S/. 340 086,56 (Trescientos Cuarenta Mil,Ochenta y Seis con 56/100 Nuevos Soles); por un período de 73 días, a partir del 20 de mayo del año 2006; por la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Artículo Segundo.- Autorizar a la Oficina Central de Logística y Servicios Auxiliares a contratar los servicios deSeguridad y Vigilancia que exonera la presente resolución en forma directa mediante acciones inmediatas, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 148º del Reglamento de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Artículo Tercero.- Disponer que la Secretaría General de la Universidad tramite la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su emisión. Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina Central de Logística y Servicios Auxiliares remite copia de la presente resolución y del Informe Técnico Legal que la sustenta a la Contraloría General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones (CONSUCODE), dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de suaprobación, así como su publicación en forma electrónica, a través del SEACE. Artículo Quinto.- Encargar al Vicerrectorado Administrativo, disponga las investigaciones correspondientes, a efectos de determinar si hubo responsabilidad de parte de los servidores o funcionarios de esta Entidad, que haya generado el estado de desabastecimiento inminente del servicio de seguridad y protección de esta Casa Superior de Estudios, en conformidad a los dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 141º del D.S.Nº084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, asimismo derivar al órgano de Control Interno los actuados en la referida investigación así como los del presente Proceso de Selección. Artículo Sexto.- El Vicerrectorado Administrativo, así como la Oficina Central de Logística y Servicios Auxiliares,dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE MARIA VIAÑA PEREZ Rector 09099