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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2006 (24/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 55

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALESEl Peruano Miércoles 24 de mayo de 2006REPUBLICADELPERU 319336 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 26497, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, como Institución constitucionalmente autónoma, con personería jurídica de derecho público interno y con goce de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica yfinanciera, se encuentra a cargo de organizar y mantener el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, en lo que respecta a la custodia de los archivos y datos relacionados a las inscripciones, que sirven de base para la obtención del Documento Nacional de Identidad; Que, la Subgerencia de Procesamiento de Identificación en su permanente labor de calificación previa y fiscalización ha detectado que la persona quese identifico como JIMNY IVAN SILVESTRE PEREDA solicitó su inscripción ante el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, presentando como sustento la Partida Nº 551 del Libro de Nacimientos del año 1980 presuntamente emitida por la Oficina del Registro de Estado Civil que funciona en la MunicipalidadProvincial de Virú, departamento de La Libertad; sin embargo, se ha establecido mediante el Informe Grafotécnico Nº 023-2006-BG-GP/RENIEC, elaborado por perito especializado de la Unidad Técnica de Biometría y Grafotecnia de la Gerencia de Procesos que la firma no proviene del puño gráfico de su titular y los sellos noproceden de la matriz utilizada para estampar los sellos auténticos, concluyendo que se trata de un documento falsificado; Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en resguardo a la seguridad jurídica registral; y estando al comportamiento doloso realizado por el ciudadano al haber presentado una certificación de una partida de nacimiento falsificada constituye indicios razonables de la comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad deFalsificación de documento previsto y sancionado en el artículo 427º del Código Penal; Que, en atención a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de conformidad a lo establecido en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en la Ley Nº 26497, así como a lo dispuesto en el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Público del Estado, encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra la persona identificada como JIMNY IVAN SILVESTRE PEREDA por el presunto delito contra la Fe Pública en lamodalidad de falsificación de documentos en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 09070 MINISTERIO PÚBLICO /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61 /G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G61/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G33/G38/G31/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D/G4D/G50/G2D/G46/G4E/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G62/G6C/G65/G20/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G45/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G65/G73/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G67/G75/G6E/G64/G61/G20/G56/G75/G65/G6C/G74/G61/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G45/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G6C RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 550-2006-MP-FN Lima, 22 de mayo de 2006VISTO Y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 381-2006-MP-FN, se aprobó la Directiva Nº 003-2006-MP-FN del Ministerio Público aplicable a las Elecciones Generales para la Elección de Presidente de la República, Vicepresidentes, Congresistas y representantes peruanos ante el Parlamento Andinorealizadas el 9 de abril de 2006. Que por Resolución Nº 749-2006-JNE de fecha 5 de mayo último, se estableció el día domingo 4 de junio de 2006, como fecha para la realización de la Segunda Vuelta de la Elección Presidencial entre los candidatos que han ocupado la primera y segunda votación. Que resulta necesario asegurar la intervención eficaz, oportuna y dentro del marco legal de los señores Fiscales del Ministerio Público en la elección indicada en el párrafo anterior, así como precisar los lineamientos aplicables ante la concurrencia de hechos contrarios al ordenamiento legal que obstruyan o vulneren el normaldesarrollo de los diversos actos electorales, por lo que resulta necesario ampliar la vigencia de la Directiva Nº 003-2006-MP-FN. Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ampliar la vigencia de la Directiva Nº 003-2006-MP-FN del Ministerio Público, aprobada por Resolución Nº 381-2006-MP-FN, siendo aplicable para la realización de la Segunda Vuelta de la Elección Presidencial a realizarse el 4 de junio de 2006. Artículo Segundo.- Los Fiscales Provinciales, Superiores Penales y/o Mixtos a nivel nacional, deberán mantenerse en alerta permanente antes, durante y después de realizada la Segunda Vuelta de la Elección Presidencial,permaneciendo en su respectiva jurisdicción, debiendo intervenir previniendo, investigando y/o denunciando la comisión de ilícitos penales que atenten contra el normal desarrollo del proceso electoral contemplados en el Código Penal y Ley Orgánica de Elecciones. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al señor Presidente de la Corte Suprema, Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, Jefa de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, Jefe del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil y Fiscales Superiores Decanos a nivel nacional, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 09120 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G2D /G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C /G53/G65/G6D/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G49/G62/G65/G72/G6F/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G6F/G20/G22/G44/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G73 /G46/G75/G6E/G64/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6C/G65/G73/G20 /G65/G20 /G49/G6E/G76/G65/G73/G74/G69/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G43/G72/G69/G6D/G69/G6E/G61/G6C/G22/G2C/G20/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E/G20/G42/G6F/G6C/G69/G76/G69/G61 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 558-2006-MP-FN Lima, 23 de mayo de 2006 VISTA Y CONSIDERANDO: La invitación cursada por el Centro de Estudios Jurídicos (CEJ) del Ministerio de Justicia de España y la AgenciaEspañola de Cooperación Internacional (AECI), por la cual invitan a la señora Fiscal de la Nación a participar en el Seminario Iberoamericano denominado “DerechosFundamentales e Investigación Criminal”, a realizarse del 22 al 26 de mayo de 2006, en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra - Bolivia; Que, resulta pertinente designar al doctor Rubén Quispe Cueva, Gerente de la Dirección Ejecutiva de la Escuela del Ministerio Público, como representante de la señora Fiscalde la Nación en el citado Seminario Iberoamericano, quien