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NormAs leGAles El Peruano Lima, domingo 5 de noviembre de 2006 332270 objetivos estratégicos. Constituye el reflejo financiero del avance físico del Plan de Desarrollo Integral aprobado. c) Agentes Participantes.- Son los que tienen participación plena, tanto en las discusiones (voz) como en la toma de decisiones (voto), en el proceso de planeamiento y programación participativa del presupuesto y son: el Alcalde, el Concejo Municipal, los representantes de las organizaciones sociales miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital, los representantes de la Sociedad Civil identificados para este propósito de acuerdo al Artículo 5º del Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo y los representantes de las entidades del Gobierno Nacional que desarrollan acciones en el ámbito del distrito, designados para estos fines. Integran también los Agentes Participantes, un Equipo Técnico de soporte que participa con voz pero sin voto en el proceso. d) Sociedad Civil.- Comprende a las organizaciones sociales de base territorial, sectorial y/o funcional así como a organismos e instituciones privadas dentro del ámbito local. e) Plan de Desarrollo Integral o Plan de Desarrollo Municipal Concertado.- Principal instrumento de gestión de desarrollo local y del Proceso del Presupuesto Participativo, que contiene los acuerdos sobre la Visión de desarrollo y objetivos estratégicos de la comunidad al 2015. Este documento fue elaborado concertadamente con la participación de todas las instituciones y organizaciones del distrito. f) Medios de Información y Sensibilización.- Todo espacio y medio de comunicación referente al procedimiento y participación ciudadana en la formulación y ejecución del presupuesto participativo. g) Talleres de Trabajo.- Reuniones de Agentes Participantes convocadas por el Alcalde con la finalidad de identificar desde una perspectiva sectorial y territorial los problemas y las potencialidades del distrito. En estos talleres de trabajo se definen los criterios de priorización para las acciones propuestas con el fin de atenderlos en orden de prioridad dadas las restricciones de los recursos presupuestarios existentes. h) Equipo Técnico.- El Equipo Técnico del proceso del Presupuesto Participativo de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, está conformado por el Alcalde y dos Regidores más y profesionales invitados a propuesta del Equipo Técnico, los mismos que tienen la responsabilidad de brindar soporte técnico para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo. Artículo 2º.- FINALIDAD El presente Reglamento norma los procesos de formulación, programación, ejecución y control del Presupuesto Participativo, de acuerdo a lo señalado en la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, promovido por la Municipalidad con la activa participación de las Organizaciones Sociales del distrito y el Concejo de Coordinación Local Distrital a fin de concertar la distribución de los recursos públicos y concretar gradualmente los objetivos del Plan de Desarrollo Municipal Concertado. Artículo 3º.- OBJETIVOS El Presupuesto Participativo tiene los siguientes objetivos: a) Reforzar la relación entre el gobierno local y la comunidad, introduciendo formalmente en el ámbito de la gestión pública, una nueva forma de comprender y ejercer la ciudadanía con mecanismos de democracia representativa generando compromisos y responsabilidades compartidas. b) Comprometer a la Sociedad Civil en las acciones a desarrollar para el cumplimiento de los objetivos estratégicos del PDI, creando conciencia respecto de los derechos y obligaciones que los ciudadanos tienen como actores en la implementación de las acciones de su gobierno local y la sociedad en su conjunto. c) Fijar prioridades en la inversión pública, estableciendo un orden de prelación para la ejecución de los proyectos de desarrollo local. d) Reforzar el seguimiento, control y vigilancia de la ejecución del Presupuesto Participativo y el cumplimiento del PDI.Artículo 4º.- MARCO LEGAL El presente Reglamento tiene como base legal. Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado. Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo. D.S Nº 171-2003-EF - Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo. Resolución Directoral Nº 011-2006-EF/76.01 que aprueba el Instructivo Nº 001-2006-EF/76.01 “Instructivo para el Proceso de Presupuesto Participativo para el año fiscal 2007”. Artículo 5º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN El ámbito de aplicación de la presente Ordenanza comprende la jurisdicción del distrito de Punta Negra, consecuentemente los ciudadanos residentes en el distrito tienen derecho a participar en los procesos de formulación, vigilancia y control del Presupuesto Participativo 2007, a través de los mecanismos establecidos en la presente Ordenanza y los dispositivos legales vigentes respecto de la materia. TÍTULO II CAPÍTULO I DE LA ORGANIZACIÓN, ASIGNACIÓN PRESUPUESTAL Y CRITERIOS DE ASIGNACIÓN ZONAL Artículo 6º.- DE LA ORGANIZACIÓN El Equipo Técnico se conformará con la Alcaldesa quien la presidirá y procederá a realizar la convocatoria del Proceso del Presupuesto Participativo utilizando los medios de comunicación más adecuados a fin de garantizar una amplia representación y participación de la Sociedad Civil. Artículo 7º.- DE LA ASIGNACIÓN PRESUPUESTAL El monto referencial máximo considerado para el presupuesto participativo será asignado anualmente y estará de acuerdo a los lineamientos del Plan de Desarrollo Municipal Concertado. Artículo 8º.- CRITERIOS DE ASIGNACIÓN PRESUPUESTAL Los montos destinados a las zonas comprendidas en el presupuesto participativo serán asignados en función a los siguientes criterios: a) Densidad Población de la zona, priorizando la población no atendida y/o relegada. b) Nivel de pobreza priorizando necesidades básicas insatisfechas. Artículo 9º.- CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN POR PROYECTO Para la priorización de los proyectos se tomarán en cuenta los siguientes criterios: a) Prioridad de atención a población de extrema pobreza. b) Porcentaje de población beneficiada. c) Atención de necesidades básicas insatisfechas. TÍTULO III DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO CAPÍTULO I DE LAS ETAPAS Artículo 10º.- DESARROLLO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Comprende las siguientes etapas: 1. Convocatoria Distrital. 2. Reapertura del Libro de Registro e Inscripción de los Agentes Participantes. 3. Taller de Identificación y capacitación de agentes participantes, diagnóstico y definición de criterios, y metodología de priorización.