TEXTO PAGINA: 33
NormAs leGAles El Peruano Lima, domingo 5 de noviembre de 2006 332271 4. Evaluación Técnica de prioridades. 5. Taller Distrital de Formalización de Acuerdos. 6. Comité de Vigilancia. Artículo 11º.- CONVOCATORIA PÚBLICA La Municipalidad utilizará los medios de comunicación masiva que crea más adecuados para la participación de los agentes participantes en la convocatoria anual del Proceso de Presupuesto Participativo. Artículo 12º.- REAPERTURA DEL LIBRO DE PARTICIPANTES La Municipalidad, reaperturará el Libro de Registro de Participantes para que puedan inscribirse las Organizaciones de la Sociedad Civil, cuyos representantes se constituirán en Agentes Participantes en el Proceso del Presupuesto Participativo. Dicho registro tendrá 8 días calendario para inscripciones, procediéndose a cerrar a su vencimiento, aplicándose los requisitos establecidos en el Capítulo II del presente Título (Art. 19º). Artículo 13º.- TALLER (Identificación, capacitación, de agentes participantes, diagnóstico y definición de criterios y metodología de priorización) En este taller participan los Agentes de la Sociedad Civil a quienes se les informará sobre el Proceso de Programación Participativa, se definen mecanismos para la concertación, se identifican y proponen las obras. La Alcaldesa o quien lo represente en esta instancia informará en síntesis sobre la ejecución presupuestaria realizada en el primer trimestre del año en curso. Artículo 14º.- EVALUACIÓN TÉCNICA DE VIABILIDAD Es realizada por el Equipo Técnico y comprende la evaluación técnica y financiera de las propuestas presentadas en los talleres para definir la viabilidad de los mismos. La evaluación y desarrollo financiero de las propuestas se realizan teniendo en cuenta los recursos específicos determinados para el proceso participativo de acuerdo a los montos disponibles para la atención de los mismos. Artículo 15º.- TALLER DISTRITAL (Formalización de Acuerdos Finales) En esta instancia los delegados elegidos de la Sociedad Civil del distrito, participan de la propuesta, selección y priorización de los proyectos de inversión. Este taller se concluye con la elaboración y suscripción de un acta firmada por todos los delegados asistentes, la Srta. Alcaldesa, los Regidores. La no suscripción del acta por alguno de los Agentes Participantes no invalida los acuerdos adoptados, dejándose constancia de tales circunstancias. El Equipo Técnico actuará como facilitador, asesorando y orientando a los Agentes Participantes. Artículo 16º.- TRABAJO FINAL DEL EQUIPO TÉCNICO Como parte final de su trabajo el Equipo Técnico preparará un Resumen Ejecutivo del Proceso que contendrá los acuerdos que se lograron, el mismo que será elevado al Concejo Municipal para ser aprobado en una Sesión Extraordinaria. El Acuerdo de Concejo aprobará los proyectos de inversión pública que puedan ser ejecutados por la Municipalidad y señalados en el Acta, encargándose a la Srta. Alcaldesa incorporarlos al Presupuesto Municipal 2007 para dar cumplimiento a los objetivos del presente proceso. El Acuerdo de Concejo será publicado en los medios de comunicación que la Municipalidad considere conveniente. Artículo 17º.- COMITÉ DE VIGILANCIA DISTRITAL Concluido el Taller Distrital, los representantes de la Sociedad Civil constituirán el Comité de Vigilancia Distrital, que ejercerán acciones de vigilancia en el cumplimiento de los acuerdos y la evaluación periódica de los avances en la ejecución de los proyectos del presupuesto participativo. Este Comité de Vigilancia estarán conformados por 2 delegados titulares y 2 suplentes y sus atribuciones finalizarán al concluir la ejecución de los proyectos.CAPÍTULO II DE LAS INSCRIPCIONES Artículo 18º.- DE LAS INSCRIPCIONES Pueden inscribirse en el Libro de Registro de Participantes para el Presupuesto Participativo Distrital las Organizaciones de la Sociedad Civil Distrital inscritas en el Registro único de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad Distrital de Punta Negra. Artículo 19º.- REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN Para inscribirse en el Libro de Registros de Participantes para el Presupuesto Participativo Distrital, se requiere presentar: - Solicitud dirigida a la Srta. Alcaldesa. - Copia simple de Resolución de Reconocimiento y Registro de Organizaciones Vecinales y/o Copia del acta de designación y/o elección del representante de la Organización Social. - Fotocopia simple del documento de identidad del representante legal. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- El procedimiento para la inscripción a participar en este proceso del presupuesto participativo es completamente gratuito. Segunda.- Corresponde a la Srta. Alcaldesa aprobar por Decreto de Alcaldía las disposiciones reglamentarias a la presente Ordenanza y proponer las Directivas de aplicación que correspondan, para su aprobación. Tercera.- El presente Reglamento regirá a partir del día siguiente de su publicación en el local municipal y otros lugares públicos. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROSA PATRICIA LI SOTELO Alcaldesa 3890-1 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Disponen inscribir predios a favor de la Municipalidad e iniciar proceso de transferencia a asociaciones de vivienda RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 00390-2006-MDR Rímac, 2 de noviembre de 2006 Visto, el Informe presentado por la Plataforma de Atención al usuario, a cargo del Proyecto Rímac Renace, sobre los procesos de Declaración de Abandono Dominial con Fines de Renovación Urbana conducidos al amparo de lo establecido en la Ordenanza Nº 121-2006-MDR y el Decreto de Alcaldía Nº 008-2006-MDR; el Informe Nº 302- 2006-OAJ-MR de la Oficina de Asesoría Legal; CONSIDERANDO: Que, los procesos de Declaración de Abandono con fines de Renovación Urbana han sido conducidos conforme a las normas indicadas precedentemente, y que en los casos donde ha existido oposición de los administrados se ha privilegiado la negociación o en su defecto la inclusión de los propietarios que deseen sumarse al proceso de renovación urbana que se ejecute dentro del marco legal vigente; Que, en ese sentido en los procesos iniciados en mérito a la Resolución Nº 001-2006-L01-PAU/MDR, sobre un total de dieciséis fincas, se emitió la Resolución Final Nº 002- 2006-L01-PAU/MDR que declaró el estado de Abandono Dominial respecto de seis de ellas; Que, se han apersonado los titulares o representantes de tres fincas de las seis indicadas en la citada Resolución