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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 16 de noviembre de 2006 332931 Artículo Cuarto.- Autorizar a Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros la conversión de la O fi cina Especial Compartida en Agencia Compartida con Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros, ubicada en Av. Víctor Andrés Belaunde C-27, Urb. Valencia, provincia y departamento de Arequipa. Artículo Quinto.- Autorizar a Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros la conversión de la O fi cina Especial Compartida en Agencia Compartida con Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros, ubicada en Av. Jerónimo de la Torre Nº 253, Urb. Las Quintanas, provincia de Trujillo y departamento de La Libertad. Artículo Sexto.- Autorizar a Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros la conversión de la O fi cina Especial Compartida en Agencia Compartida con Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros, ubicada en Av. de la Cultura Nº 9, Urb. Manuel Prado, provincia y departamento del Cuzco. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CACERES VALDERRAMA Superintendente de Adjunto de Seguros 5643-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 1416 -2006 Lima, 31 de octubre de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA: La solicitud presentada por Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros, para que se le autorice la conversión de O fi cinas Especiales Compartidas con Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros en Agencias Compartidas, ubicadas en Av. Salaverry Nº 660-664, Urb. Patazca, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque; Av. Miguel Dasso Nº 178, provincia y departamento de Lima; Jr. Libertad Nº 177, provincia y departamento de Lima; Av. Luis Massaro Nº 350, provincia de Chincha, departamento de Ica; Jr. Arequipa Nº 504, provincia y departamento de Piura; Jr. Cusco esquina con Jr. Moquegua Nº 598, provincia de Huancayo, departamento de Junín y Prolongación Av. Mario Urteaga Nº 102-104, Dpto. A, Sector Barrio San Sebastián, provincia y departamento de Cajamarca y de Ofi cinas Especiales a Agencias Compartidas con Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros ubicadas en Av. Jerónimo de la Torre Nº 253, Urb. Las Quintanas, provincia de Trujillo y departamento de La Libertad; Av. Oscar R. Benavides Nº 5169, provincia y departamento de Lima y Av. Las Palmeras Nº 3921, Urb. Las Palmeras, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO :Que, en aplicación del numeral 3.1 de la Circular Nº S-0612-2005, la empresa ha cumplido con presentar a esta Superintendencia la solicitud de conversión de las Ofi cinas Especiales Compartidas y de O fi cinas Especiales a Agencias Compartidas; Estando a lo informado por el Departamento de Análisis y Supervisión de Instituciones de Seguros “A”, mediante Informe Nº 086-2006-ASSSA; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modi fi catorias; la Circular Nº S-612-2005; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros la conversión de la O fi cina Especial Compartida en Agencia Compartida con Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros, ubicada en Av. Salaverry Nº 660-664, Urb. Patazca, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Artículo Segundo.- Autorizar a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros la conversión de la O fi cina Especial Compartida en Agencia Compartida con Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros , ubicada en Av. Miguel Dasso Nº 178, provincia y departamento de Lima. Artículo Tercero.- Autorizar a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros la conversión de la O fi cina Especial Compartida en Agencia Compartida con Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros, ubicada en Jr. Libertad Nº 177, provincia y departamento de Lima. Artículo Cuarto.- Autorizar a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros la conversión de la O fi cina Especial Compartida en Agencia Compartida con Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros, ubicada en Av. Luis Massaro Nº 350, provincia de Chincha, departamento de Ica. Artículo Quinto.- Autorizar a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros la conversión de la O fi cina Especial Compartida en Agencia Compartida con Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros, ubicada en Jr. Arequipa Nº 504, provincia y departamento de Piura. Artículo Sexto.- Autorizar a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros la conversión de la O fi cina Especial Compartida en Agencia Compartida con Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros, ubicada en Jr. Cusco esquina con Jr. Moquegua Nº 598, provincia de Huancayo, departamento de Junín. Artículo Séptimo.- Autorizar a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros la conversión de la O fi cina Especial Compartida en Agencia Compartida con Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros, ubicada en Av. Mario Urteaga Nº 102-104, Dpto. A, Sector Barrio San Sebastián, provincia y departamento de Cajamarca. Artículo Octavo.- Autorizar a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros la conversión de la O fi cina Especial en Agencia Compartida con Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros, ubicada en Av. Jerónimo de la Torre Nº 253, Urb. Las Quintanas, provincia de Trujillo y departamento de La Libertad. Artículo Noveno.- Autorizar a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros la conversión de la O fi cina Especial en Agencia Compartida con Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros, ubicada en Av. Oscar R. Benavides Nº 5169, provincia y departamento de Lima. Artículo Décimo.- Autorizar a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros la conversión de la O fi cina Especial en Agencia Compartida con Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros, ubicada en Av. Las Palmeras Nº 3921, Urb. Las Palmeras, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CACERES VALDERRAMA Superintendente de Adjunto de Seguros 5642-1 Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A. la apertura de agencias en las provincias de Camaná y Andahuaylas RESOLUCIÓN SBS Nº 1472-2006 Lima, 7 de noviembre del 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de ICA S.A. -CMAC Ica- para que se le autorice la apertura de una Agencia ubicada en la Av. Mariscal Castilla Nº 102 distrito y provincia de Camaná, departamento de Arequipa; y, CONSIDERANDO:Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Micro fi nanciera “B”, mediante Informe Nº 260- 2006-DEM “B”;