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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (16/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 16 de noviembre de 2006 332938 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1804/INC Lima, 27 de octubre de 2006VISTO, el O fi cio Nº 1401-2006-AG-PETT-DE-DTSL de fecha 14 de setiembre de 2006 del Ing. Roberto M. Koc Galleguillos, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante O fi cio Nº 1401-2006-AG-PETT-DE- DTSL de fecha 14 de setiembre de 2006 el Ing. Roberto M. Koc Galleguillos, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura, remite expedientes técnicos de sitios arqueológicos registrados en el departamento de Puno, elaborados por el Lic. Adán Olegario Umire Álvarez; Que, con Informe Nº 1011-2006-INC/DREPH/DA/ SDIC/CJCG de fecha 22 de setiembre de 2006, la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, informa que los expedientes técnicos no presentan observaciones y que los sitios no se encuentran declarados Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 843 de fecha 29 de setiembre 2006 la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos siguientes: 1. Tumbas Slab de Wisa Wisa Qunqa, ubicado en el distrito de Atuncolla, provincia y departamento de Puno; 2. Alqamarine, ubicado en el distrito de Vilque, provincia y departamento de Puno; - Aprobar los planos de delimitación siguientes:1. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Tumbas Slab de Wisa Wisa Qunqa Nº 402-INC-PETT-2005, a escala 1/500, de fecha octubre de 2005, con un área de 0.1338 Ha y un perímetro de 164.81 m. ubicado en el distrito de Atuncolla, provincia y departamento de Puno con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva; 2. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Alqamarine Nº 500-INC-PETT-2005, a escala 1/2500, de fecha noviembre de 2005, con un área de 5.7907 Ha y un perímetro de 949.98 ml. ubicado en el distrito de Vilque, provincia y departamento de Puno con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y la O fi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos siguientes: 1. Tumbas Slab de Wisa Wisa Qunqa, ubicado en el distrito de Atuncolla, provincia y departamento de Puno.2. Alqamarine, ubicado en el distrito de Vilque, provincia y departamento de Puno. Artículo 2º.- Aprobar los planos de delimitación siguientes: 1. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Tumbas Slab de Wisa Wisa Qunqa Nº 402-INC-PETT-2005, a escala 1/500, de fecha octubre de 2005, con un área de 0.1338 Ha y un perímetro de 164.81 m. ubicado en el distrito de Atuncolla, provincia y departamento de Puno con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva. 2. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Alqamarine Nº 500-INC-PETT-2005, a escala 1/2500, de fecha noviembre de 2005, con un área de 5.7907 Ha y un perímetro de 949.98 ml. ubicado en el distrito de Vilque, provincia y departamento de Puno con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación de los sitios arqueológicos mencionados en el Artículo 1º y de los planos señalados en el Artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los sitios arqueológicos declarados “Patrimonio Cultural de la Nación”, deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 5679-7 Otorgan la “Medalla de Honor de la Cultura Peruana” a la Asociación Cultural “Brisas del Titicaca” RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1679/INC Lima, 6 de octubre de 2006 VISTO, el Registro Nº 4397-OAD/INC-2006; CONSIDERANDO: Que, el artículo 21º de la Constitución Política del Perú, establece que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el numeral 3 del artículo 1º de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que entre los bienes que integran el Patrimonio Inmaterial de la Nación, se encuentran las manifestaciones culturales vigentes que conforman nuestra diversidad cultural; Que, la Asociación Cultural “BRISAS DEL TITICACA” es un Centro Cultural reconocido por el Instituto Nacional de Cultura mediante Resolución Directoral Nacional Nº 498 del 26.8.2004, cuya fi nalidad es cultivar, investigar, cautelar y difundir las diversas expresiones artísticas de la cultura puneña; Que, mediante el artículo 12º de la Directiva Nº 002- 2004-INC aprobada por Resolución Directoral Nacional Nº 1207/INC de fecha 10 de noviembre de 2004, sobre Reconocimiento y Declaratoria de Manifestaciones Culturales Vigentes como Patrimonio Cultural, el Instituto Nacional de Cultura distingue con la “MEDALLA DE HONOR DE LA CULTURA PERUANA” a las personas naturales o jurídicas que hayan contribuido y contribuyan en la creación, conservación, transmisión y salvaguarda del Patrimonio Cultural de la Nación, como es el caso del campo de la creación e interpretación artística diversa;