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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (17/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de noviembre de 2006 333021 VISTO: El Informe de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto Nº 122-2006-MDP/GPP; CONSIDERANDO: Que, la Ley de Presupuesto Público del presente Ejercicio 2006 establece normas generales de austeridad que alcanzan a los gobiernos locales; asimismo, los principios y procedimientos establecidos para la ejecución presupuestal establecidos en la Ley Nº 28411 - General del Sistema Nacional de Presupuesto, se rescata el principio de equilibrio presupuestal; Que, mediante Informe Nº 122-2006-MDP/GPP la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto remite el proyecto de Directiva “Medidas de Austeridad y Racionalidad en el Gasto para el Año Fiscal 2006”, cuyo objetivo es establecer los lineamientos técnicos para las unidades orgánicas adopten las medidas y se logre el equilibrio fi scal durante el presente ejercicio, y ejecutar el Presupuesto Institucional en el marco de austeridad, racionalidad, disciplina presupuestaria, e fi ciencia, e fi cacia y transparencia; Que, se han dictado normas especí fi cas de austeridad que alcanzan a los gobiernos locales, tal como establece los Decretos de Urgencia Nºs. 019, 020, 021 y 022-2006 del Poder Ejecutivo; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en el Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 001-2006-MDP/ GPP - Medidas de Austeridad y Racionalidad en el Gasto para el Año Fiscal 2006, la misma que forma parte en su integridad del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 2º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente norma a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y demás Unidades Orgánicas involucradas. Artículo 3º.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.CAROLA CLEMENTE Vda. DE POBLET Alcaldesa 5694-1 MUNICIPALIDAD DE RIMAC Prorrogan plazo de Beneficios Tributa- rios y No Tributarios establecidos en la Ordenanza Nº 134-MDR DECRETO DE ALCALDÍA Nº 015-2006-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITALDEL RÍMAC VISTO; El Informe Nº 064-2006-DRDE-MDR de fecha 14.11.06 de la Dirección de Rentas y Desarrollo Económico, por el cual solicita ampliación del plazo de la Ordenanza Nº 134-MDR; el Proveído S/N de fecha 14.11.06 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 134-MDR de fecha 2.10.06, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 4.10.06, se estableció el Bene fi cio Tributario y No Tributario por treinta (30) días, que incluye incentivos de condonación de deudas tributarias y el Programa de suscripción de convenios de fraccionamiento de deudas tributarias y/o administrativas “PAGAFACIL”; Que, mediante Informe Nº 064-2006-DRDE-MDR de fecha 14.11.06, el Director de Rentas y Desarrollo Económico solicita disponer a quien corresponda que, mediante el acto administrativo respectivo, se proceda a la prórroga de la Ordenanza Nº 134, que establece el Bene fi cio Tributario y No Tributario en nuestro distrito, hasta el 30.11.06; Que, el artículo quinto de la Ordenanza Nº 134-MDR señala que se autoriza al Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía pueda disponer las medidas complementarias para su implementación de la presente Ordenanza y/o ampliación de los plazos establecidos; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido con el artículo 5º de la Ordenanza Nº 134-MDR y los artículos 20º numeral 6) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de noviembre de 2006 el plazo para acogerse a los distintos BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS establecidos por la Ordenanza Nº 134-MDR. Artículo Segundo.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Dirección de Rentas y Desarrollo Económico, O fi cina de Administración y Finanzas, Unidad de Informática, Unidad de Ejecutoria Coactiva y Secretaría General a través de la Unidad de Imagen Institucional, la implementación y difusión de presente Decreto de Alcaldía. Dado en el local de la Municipalidad del Rímac, a los quince días del mes de noviembre de dos mil seis. Regístrese, publíquese y cúmplase.LUIS LOBATÓN DONAYRE Alcalde 5705-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Establecen Régimen Excepcional para la aplicación de sanciones de multa reguladas por la Ordenanaza N° 071-MSI ORDENANZA Nº 179-MSI EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO POR CUANTO; EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDROVisto en Sesión Ordinaria de fecha 10 de noviembre de 2006, el Informe Nº 1642-2006-10-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 702-2006-23-GBSPS/MSI de la Gerencia de Bienestar, Salud y Proyección Social sobre aprobación del Régimen Excepcional para la aplicación de Sanciones de Multa en el distrito de San Isidro; y CONSIDERANDO; Que, por Ordenanza Nº 071-MSI, publicada el 7 y 14.MAR.2004, se aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas; Que, mediante Ordenanza Nº 167-MSI, que entrará en vigencia el 4.DIC.2006, se aprobó un nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas, que incluye, en su artículo 18º, una disposición que faculta, en casos excepcionales, eximir al administrado de la imposición de la sanción respectiva por la subsanación de la infracción en un plazo no mayor de 5 días hábiles contados a partir de la fecha de su noti fi cación; Que, mediante Ordenanza Nº 171-MSI se aprobó la nueva Tabla de Infracciones y Sanciones Administrativas, la cual establece las infracciones susceptibles de aplicación del Artículo 18º del RASA; Que, en este contexto, resulta conveniente aplicar, durante la vacatio legis de la Ordenanza Nº 167-MSI, un tratamiento excepcional a los procedimientos sancionadores que se adecúen a los supuestos del artículo 18º de la Ordenanza Nº 167-MSI, en lo que corresponda;