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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de noviembre de 2006 333020 CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con lo previsto en el Art. 15º, Inc. “a” de la Ley Nº 27867 que señala: Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo es atribución del Consejo Regional aprobar los documentos de gestión: Estructura Orgánica, Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual de Organización de Funciones (MOF), Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y Cuadro Nominativo de Personal (CNP) de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) Condorcanqui, en armonía con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y la administración del Gobierno Regional; Que, los documentos de gestión son aprobados mediante Ordenanzas Regionales y las Instituciones Públicas del Estado deben contar con sus documentos actualizados, porque de acuerdo a las necesidades se realizan modificaciones, más aún teniendo que dar cumplimiento a los nuevos dispositivos establecidos y con la finalidad de dinamizar el proceso funcional de los órganos ejecutivos del Gobierno Regional de Amazonas, constituyendo documentos importantes para su propósito la Estructura Orgánica, Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual de Organización y Funciones (MOF), Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y Cuadro Nominativo de Personal (CNP) de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) Condorcanqui; Que, habiéndose analizado los documentos de gestión, los mismos que cumplen con los requisitos que exige la norma, previo Informe de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, Dictámenes de la Subgerencia de Desarrollo Institucional e Informática y Comisión del Consejo Regional, respectivamente, habiendo sido sometido a debate por el Pleno del Consejo; en consecuencia se encuentra expedito su aprobación; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 001, mediante Acuerdo Nº 009-2006 de fecha 11 de enero del 2006, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37º de la Ley Nº 27867 y su modi fi catoria Nº 27902 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Artículo Primero.- APROBAR los documentos de gestión de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) Condorcanqui, consistente en: • Estructura Orgánica, a folios uno (001), • Reglamento de Organización y Funciones (ROF), a folios veinte y cuatro (024), • Manual de Organización y Funciones (MOF), a folios cincuenta y siete (057), • Cuadro para Asignación de Personal (CAP), a folios tres (003), y • Cuadro Nominativo de Personal (CNP), a folios tres (003). POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dada en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, a los veintitrés días del mes de enero del año dos mil seis. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente del Gobierno Regional de Amazonas 5693-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Amplían vigencia de beneficio especial para pago de multas administrativas, otorgado mediante la Ordenanza Nº 0086-06/MDLV DECRETO DE ALCALDÍA Nº 0062/06/MDLV La Victoria, 16 de noviembre del 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza Nº 0086-06/MDLV, de fecha 29 de septiembre del 2006 se establece el Bene fi cio Especial en el distrito de La Victoria, para el pago de tributos y multas administrativas, consistentes en un descuento del importe correspondiente a multas administrativas para aquellos contribuyentes que cumplan con cancelarlas, la misma que implica la extinción de intereses, reajustes, moras y descuento de la multa del orden del 90% (Noventa por ciento) en caso que a la cancelación al contado haya regularizado su situación y del orden del 80% (Ochenta por ciento) en el caso que no haya regularizado su situación sea cual fuere la posición de la misma, sea en cobranza corriente o colectiva. Que, por O fi cio Nº 241-06-GR/MDLV de fecha 14 de noviembre del 2006, la Gerencia de Rentas hace saber de las propuestas verbales de los contribuyentes de este distrito, solicitando la necesidad de la ampliación del Bene fi cio Especial dispuesto por Ordenanza Nº 0086-06/ MDLV de fecha 29 de septiembre del 2006, Que, en la tercera disposición fi nal de la Ordenanza Nº 0086-06-MDLV de fecha 29 de septiembre del 2006, se faculta al señor Alcalde a fi n de que por intermedio de Decreto de Alcaldía amplíe el plazo del bene fi cio de considerarlo así necesario; Estando a las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETAArtículo Único.- Ampliar la vigencia del Bene fi cio Especial para el Pago de Multas Administrativas otorgadas por Ordenanza Nº 0086-06/MDLV hasta el 20 de diciembre del 2006, cualquiera sea el estado en que se encuentre, sea en cobranza ordinaria o coactiva. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ALEJANDRO BAZÁN GONZÁLES Alcalde 5767-1 MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC Aprueban Directiva sobre Medidas de Austeridad y Racionalidad en el Gasto para el año fiscal 2006 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 103-2006-MDP/A Pachacámac, 23 de octubre del 2006 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC