Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2006 (22/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES
Armador Escuela Nacional De MORDAZA Mercante "Almirante MORDAZA Grau"

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de noviembre de 2006

de pesca para operar las embarcaciones pesqueras ENAMM I (CO-12199-BM), ENAMM II (CO-15813-CM) y ENAMM III (CO-15814-CM), de su propiedad, con fines de formar y capacitar al personal; alumnos y cadetes que operan embarcaciones pesqueras y puedan ser utilizadas en las diversas faenas de pesca - multipropositos durante todo el ano; y, ademas solicita se le exonere de los alcances de la Resolucion Directoral Nº 009-99-PE/DNE de fecha 6 de enero de 1999 que, incluyo a las embarcaciones ENAMM II y ENAMM III en el acapite MORDAZA, dentro del sistema de seguimiento satelital, por ser la naturaleza de su objeto, de capacitacion, sin fines de lucro y/o actividad empresarial; lo cual no procede, las embarcaciones ENAMM II y ENAMM III tienen permiso de pesca vigente otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 483-97-PE de fecha 1 de octubre de 1997; por lo que deviene declarar en abandono el extremo referido a la solicitud de permiso de pesca para la embarcacion pesquera ENAMM I; e improcedente el extremo referido a la solicitud de permiso de pesca para las embarcaciones pesqueras ENAMM II y ENAMM III; Que mediante el escrito del visto, la recurrente solicita permiso de pesca para operar su embarcacion pesquera de MORDAZA denominada ENAMM I, con capacidad de bodega de 18.25 m3 para fines culturales como la capacitacion de los alumnos y cadetes de ese Centro Superior de Estudios, la cual empleara la modalidad de pesca Espinel o Palangre de superficie, de media agua y de fondo; Que de la evaluacion efectuada a la documentacion presentada por la recurrente se ha determinado que ha cumplido con los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 9 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; Estando a lo informado por la Direccion de consumo humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion, mediante el Informe Nº 151-2006-PRODUCE/DGEPP-Dch y con la visado del area legal correspondiente; y, De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y articulo 191º de la Ley Nº 27444; SE RESUELVE: Articulo 1º.Acumular los procedimientos administrativos iniciados por la ESCUELA NACIONAL DE MORDAZA MERCANTE "ALMIRANTE MORDAZA GRAU", relacionados con el procedimiento administrativo Nº 9 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.Declarar en abandono el procedimiento administrativo iniciado por la ESCUELA NACIONAL DE MORDAZA MERCANTE "ALMIRANTE MORDAZA GRAU", mediante escrito de Registro Nº 05443001 de fecha 19 de MORDAZA de 2003 y el extremo del procedimiento administrativo referido al permiso de pesca para la embarcacion pesquera ENAMM I iniciado por la recurrente a traves del escrito de Registro Nº 10672002 de fecha 16 de junio de 2003, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3.Declarar improcedente el extremo del procedimiento administrativo referido a los permisos de pesca para las embarcaciones pesqueras ENAMM II y ENAMM III iniciado por la recurrente con el escrito de Registro Nº 10672002 de fecha 16 de junio de 2003, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 4º.Otorgar permiso de pesca a la ESCUELA NACIONAL DE MORDAZA MERCANTE "ALMIRANTE MORDAZA GRAU", para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA, de menor escala que se detalla a continuacion, la cual empleara hielo a granel como medio de preservacion y utilizara palangre o espinel, superficial, de media agua y de fondo, para la extraccion de recursos hidrobiologicos con fines culturales y para la capacitacion de los alumnos y cadetes de dicho centro superior de estudios, en el ambito del litoral peruano.

Nombre de la Embarcacion ENAMM I

Matricula

Capacidad de Bodega (m3) 18.25

CO-12199-BM

Articulo 5º.El permiso de pesca otorgado por la presente Resolucion se encuentra condicionado al cumplimiento de las normas de sanidad, medio ambiente y al ordenamiento juridico pesquero nacional. Articulo 6º.La eficacia del permiso de pesca otorgado por la presente Resolucion queda supeditada a la operatividad de la embarcacion pesquera de MORDAZA, asi como al mantenimiento de su capacidad de bodega, cuyo incumplimiento sera causal de suspension o caducidad del derecho otorgado, segun corresponda. Articulo 7º.Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce. gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

5899-2

Otorgan a Agroempaques S.A. licencia para la operacion de planta de congelado de productos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 353-2006-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 2 de octubre del 2006 Visto el escrito con Registro N° 00054140 del 21 de agosto del 2006, presentado por la empresa AGROEMPAQUES S.A.; CONSIDERANDO: Que los articulos 43° inciso d), y 46° del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que para la autorizacion de instalacion de establecimientos industriales y para la operacion de plantas de procesamiento de productos hidrobiologicos se requiere de la autorizacion y licencia correspondiente, las que constituyen derechos que el Ministerio de la Produccion otorga a nivel nacional; Que mediante Resolucion Directoral N° 203-2006PRODUCE/DGEPP del 13 de junio del 2006, se otorgo a la empresa AGROEMPAQUES S.A. autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero para desarrollar la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos a traves de una planta de congelado, con una capacidad de 32.40 t/dia y su almacenamiento con una capacidad de 900 t, a ubicarse en la MORDAZA del MORDAZA Industrial y Comercial del Callao, MORDAZA Cappa N° 268, Provincia Constitucional del Callao; Que mediante el escrito del visto, la empresa AGROEMPAQUES S.A. solicita se le otorgue licencia de operacion para desarrollar la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos a traves de su planta de congelado, en su establecimiento industrial indicado en el considerando que antecede; Que la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, mediante MORDAZA de Verificacion N° 008-2006-PRODUCE/DIGAAP, senala que la empresa AGROEMPAQUES S.A. ha cumplido con implementar las medidas de mitigacion presentadas en su Estudio de Impacto Ambiental para su planta de congelado de productos hidrobiologicos; Que el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru- ITP mediante Protocolo Sanitario para Licencia de Operacion

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