TEXTO PAGINA: 34
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de noviembre de 2006 333252 Que, en ese contexto, resulta prioritario e impostergable prever la atención del mencionado servicio a fi n de garantizar que el mismo se brinde a partir de cuando concluya la vigencia del actual contrato complementario y por el periodo comprendido hasta contar con el contratista a quien se adjudique la buena pro en el Concurso Público N° 0001-2006-RE primera convocatoria, el cual como se explicó anteriormente se estima en un plazo de noventa (90) días calendario o hasta alcanzar el monto máximo de US$ 93,029.43 (Noventa y tres mil veinte y nueve y 43/100 Dólares Americanos); Que, dicho monto incluye los tributos, seguros y cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo en la ejecución del servicio, por lo que en mérito a lo dispuesto por el artículo 11º de la Ley Nº 28652 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006 y al Artículo 77º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, corresponde llevarse a cabo un proceso de selección por Concurso Público, proceso que debe ser incluido en el respectivo Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Relaciones Exteriores para el Año Fiscal 2006, de acuerdo a lo señalado en los artículos 23º y 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, respecto a que el Plan Anual considerará todas las adquisiciones y contrataciones, con independencia del régimen que las regule y que el mismo podrá ser modi fi cado de conformidad con la asignación presupuestal o en caso de reprogramaciones de las metas institucionales, en concordancia con el artículo 11º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que establece que es requisito para convocar a proceso de selección, bajo sanción de nulidad, que éste esté incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones; Que, en tal sentido, resulta necesario, la modi fi cación del respectivo Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Relaciones Exteriores para el Año Fiscal 2006, efectuando la inclusión del proceso de selección por Concurso Público para la Contratación del Servicio de Aprovisionamiento de Pasajes Aéreos Nacionales e Internacionales; Que, el artículo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que la aprobación y difusión de las modi fi caciones se hará de la forma prevista en los Artículos 25° y 26°, respectivamente; es decir debe ser aprobado por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según corresponda, debiendo ser publicado por la Entidad en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de aprobado, debiendo ponerse a disposición de los interesados en la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad y en la página web de ésta, pudiendo ser adquirido por cualquier interesado al precio de costo de reproducción; Que, de otro lado, el referido Artículo 11º de Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone que antes de convocar a procesos de selección, la Entidad deberá contar con el expediente debidamente aprobado para la adquisición o contratación respectiva, el mismo que incluirá la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento, el mismo que está complementado con el Artículo 38º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, que dispone que una vez reunida la información sobre las características técnicas, el valor referencial y la disponibilidad presupuestal, la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones remitirá el expediente de contratación al funcionario competente de acuerdo a sus normas de organización interna, para su aprobación; Que, cabe remarcar además, que esta situación de desabastecimiento obedece a un escenario producido por los agentes de mercado, situación que sólo tiene como única salida legalmente válida la exoneración por la causal de desabastecimiento inminente. La no aprobación de dicha situación con fi guraría la inacción de la Entidad con las graves implicancias propias del desabastecimiento. Sin perjuicio de ello, la norma prevé de ser el caso que, en el acto aprobatorio se disponga el inicio de las acciones que correspondan a efectos de establecer las responsabilidades de los funcionarios cuya conducta hubiese originado la mencionada situación;Que, dicha situación se prevé en el literal c) del artículo 19° y artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en concordancia con el artículo 141° de su Reglamento, al confi gurarse un hecho de excepción que determina una acción rápida a fi n de contratar lo indispensable para paliar dicho desabastecimiento; y que se realizará en forma directa mediante acciones inmediatas, debiendo ser aprobadas en el caso del Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, requiriendo antes de su expedición un informe técnico legal previo, debiendo ser publicado en el Diario Ofi cial El Peruano, en el SEACE, así como remitirse la Resolución a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, en virtud del artículo 20º del citado Texto Único Ordenado; Que, en consecuencia, la Dirección de Logística considera necesario, previa inclusión del Concurso Público en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Relaciones Exteriores para el Año Fiscal 2006 y aprobación del expediente respectivo, proceder a la exoneración de dicho proceso de selección, por ende a la Contratación del Servicio de Aprovisionamiento de Pasajes Aéreos Nacionales e Internacionales; Que, la Dirección General de Asuntos Legales, ha emitido opinión legal, conforme a lo dispuesto por el artículo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que de producirse este supuesto, la Entidad efectuará las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, debiendo ser realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el órgano designado para el efecto; Que, asimismo, el artículo 21º del referido Reglamento dispone que en cualquier caso la autoridad competente para autorizar la exoneración deberá ordenar, en el acto aprobatorio de la misma, el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al artículo 47º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, es preciso señalar, que de acuerdo al Memorándum (PPT) Nº 490-2006 del 7 de noviembre de 2006, la Dirección de Presupuesto señala que los recursos correspondientes han sido autorizados; y, Con la visación de la Dirección General de Asuntos Legales; De conformidad con el Decreto Supremo N° 083-2004- PCM – Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y con el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM – Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la inclusión del Concurso Público para la Contratación del Servicio de Aprovisionamiento de Pasajes Aéreos Nacionales e Internacionales, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Relaciones Exteriores para el Año Fiscal 2006. Artículo Segundo.- APROBAR el expediente para la Contratación del Servicio de Aprovisionamiento de Pasajes Aéreos Nacionales e Internacionales, cuyo valor referencial es US$ 93,029.43 (Noventa y tres mil veinte y nueve y 43/100 Dólares Americanos), incluido los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre la ejecución del servicio. Artículo Tercero.- DECLARAR la Contratación del Servicio de Aprovisionamiento de Pasajes Aéreos Nacionales e Internacionales, en situación de desabastecimiento inminente, de conformidad con el inciso c) del artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Artículo Cuarto.- EXONERAR del proceso de selección correspondiente a la Contratación del Servicio de Aprovisionamiento de Pasajes Aéreos Nacionales e Internacionales, por el monto de US$ 93,029.43 (Noventa y tres mil veinte y nueve y 43/100 Dólares Americanos);