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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de noviembre de 2006 333443 Que, las nuevas estrategias para abordar viejos problemas facilitan los logros institucionales pero a la vez traen consigo nuevos retos, es este sentido las Escuelas Promotoras de la Salud como parte activa en el desarrollo de comunidades saludables se constituye en uno de los ejes fundamentales para el fortalecimiento de políticas de inclusión social en donde el trabajo conjunto de los sectores Educación y Salud resulta sustancial, por lo expuesto la Red de Desarrollo Social Local debe extender y fortalecer ese tipo de Escuelas y darle sostenibilidad creando en Huánuco la Red Regional de Escuelas Promotoras de Salud al tiempo de impulsar la Red Nacional correspondiente e incluir nuestras escuelas en la Red Latino americana de Escuelas Promotoras de la Salud, la misma que actualmente se encuentra en plena organización a nivel internacional; Que, para empezar formalmente las actividades en red, se plantea al distrito de Monzón como jurisdicción de inicio, aunque este distrito pertenece a la provincia de Huamalíes, dicho distrito forma parte del ámbito de in fl uencia de los sectores Salud y Educación de Leoncio Prado, esta propuesta de Red puede replicar en otras zonas; Que, la participación de los sectores educación y salud al constituirse en representación del sector público como parte del Gobierno Regional, tiene naturaleza obligatoria sustentada en una Ordenanza Regional; igualmente los representantes del Municipio tienen responsabilidad institucional en la Red sustentada en una Ordenanza Municipal; Estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos treinta y siete, treinta y ocho, de la Ley número veintisiete mil ochocientos sesenta y siete- Orgánica de Gobiernos Regionales, y estando a lo acordado POR UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de la referencia. ORDENA: Artículo Primero.- CONFORMAR la Red de Desarrollo Social Local en la jurisdicción de la provincia de Leoncio Prado, la misma que estará integrada por: - La Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional Huánuco, quien lo presidirá. - La Red de Salud Leoncio Prado (Unidad Ejecutora 403). - La UGEL Leoncio Prado (Unidad Ejecutora 302).- La Municipalidad Provincial de Leoncio Prado.- Las ONGs y Sociedad Civil Organizada vinculadas con el tema que se acrediten con Tal fi n. Artículo Segundo.- La Red de Desarrollo Social Local (REDESOL), según la realidad social local, puede ser replicado o reproducido en otros ámbitos o jurisdicciones del Gobierno Regional de Huánuco, al tiempo que puede ser modi fi cada o cambiada en base a la interacción de sus integrantes. Artículo Tercero.- El modelo de Red de Desarrollo Social que se establece tiene tres áreas de fi nidas: 1.- Área Provincial - Gobierno Regional - Municipalidad Provincial.- Dirección de Red de Salud Leoncio Prado (Unidad Ejecutora 403). - Unidad de Gestión Educativa (UGEL) (Unidad Ejecutora 302). - Otras instituciones de representación Provincial o Regional. 2.- Área Distrital. - Municipalidad Distrital. - Micro Red de Salud.- Red o Micro Red de Educación.- Otros organismos gubernamentales con capacidad de decisión Distrital. - Otros organismos no gubernamentales de actuación y decisión Distrital. - Organizaciones Civiles. 3.- Área Local - Representantes del Centro Poblado Menor.- Director / Gerente/ representantes del establecimiento de Salud. - Representantes de los Colegios (Directores / Profesores) - Organizaciones Civiles.- Organismos no gubernamentales de actuación local.- Otros Organismos gubernamentales de actuación local. Artículo Cuarto.- Son fi nes de la Red de Desarrollo Social: 1.- Fortalecer e Impulsar las Políticas de Desarrollo Social Local que legítimamente se propongan en el Gobierno Regional de Huánuco. 2.- Reducción de la Pobreza y desigualdad en concordancia con el proceso de descentralización iniciada en el ámbito del Gobierno Regional Huánuco. 3.- Construcción de una Ciudadanía activa que legitime las propuestas de políticas sociales locales en el contexto de un Estado Democrático fortalecido. Artículo Quinto.- Son objetivos de la Red de Desarrollo Social: 1.- Reorganizar y fortalecer la capacidad pública de ofrecer servicios sociales locales con equidad por Distritos y Provincias en la Región Huánuco. 2.- Mejorar el desempeño de las organizaciones que integran la Red de Desarrollo Social a través de la interacción institucional basado en principios éticos institucionales así como en la capacitación en Gerencia Social de sus Directivos. 3.- Superar los desafíos de las políticas públicas y la gerencia pública desarrollando políticas locales de inclusión social y ciudadanía. 4.- Desarrollo de Coordinación y fuertes lazos de articulación Inter- Sectorial, Inter- Organizacional e Inter- Jurisdiccional de Instituciones que proveen servicios sociales, incluye la coordinación para modi fi caciones o ‘propuestas de la Currícula educativa en temas locales relacionados a la salud individual y colectiva. 5.- Fortalecer y difundir conceptos y estrategias relacionadas a la Gerencia Social en el marco de efectivas políticas locales de desconcentración y descentralización, enfocadas al Desarrollo Institucional de sus integrantes. 6.- Levantar, procesar, concentrar y socializar la información relacionada a la fi nanciación, organización y distribución de los servicios sociales así como de los indicadores respectivos( Banco de Información Social). 7.- Implementar Directivas y políticas intra e Inter- Institucional (en los sectores partícipes de la Red) tendientes a proveer sostenibilidad de las propuestas sociales locales en la Región Huánuco. 8.- Desarrollar sustantivas actividades de interacción administrativa de las Instituciones de los sectores públicos (recursos humanos, logística y economía) que integran la Red. 9.- Plantear propuestas y planes de trabajo orientadas al bienestar familiar y social de los trabajadores de los sectores públicos que intervienen en la Red. 10.- Realizar acciones de veri fi cación y evaluación intra e interinstitucional de los actores de la Red Social, no como acciones de control sino más bien como herramientas estratégicas para la retroalimentación y mejora de los diseños de coordinación, trabajo y gestión. Artículo Sexto .- La Red de Desarrollo Social Local (REDESOL), según la realidad social local, puede ser replicada o reproducida en otros ámbitos o jurisdicciones que conforman el ámbito del Gobierno Regional Huánuco, al tiempo que puede ser modi fi cada o cambiada en base a la interacción de sus integrantes. Artículo Séptimo. - Para empezar formalmente las actividades en Red, se plantea al distrito de Monzón como jurisdicción de inicio, aunque este distrito pertenece a la provincia de Huamalíes, dicho distrito forma parte del ámbito de in fl uencia de los Sectores Salud y Educación de Leoncio Prado. Artículo Octavo .- Los integrantes de la Red Social emitirán normas y directivas por mutuo consenso a fi n de facilitar la interacción de los miembros, para garantizar su continuidad y la correcta de fi nición de prioridades y objetivos del tejido institucional así como de la construcción de consensos, para ello resulta fundamental ubicar las estrategias que de manera