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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (18/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 330750El Peruano miércoles 18 de octubre de 2006 Que de conformidad con el artículo 45º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, el comité especial se encarga de la organización y ejecución desde la preparación de las bases hasta que la buena pro quede consentida; en esesentido, no hay coincidencia entre lo consignado como cronograma en las bases por el comité especial y la convocatoria en el SEACE, situación que transgredeflagrantemente las normas legales esenciales del procedimiento en materia de contrataciones y adquisiciones, por lo que, según lo determina la Jefa deAsesoría Legal, deviene en nula la convocatoria y el cronograma publicado en el SEACE y las bases aprobadas mediante Resolución Nº 2662-2006-R-UNE,esto es sin eficacia ni valor legal alguno, por lo que no habiéndose aún suscrito contrato alguno de conformidad con lo establecido en el artículo 57º del TUO de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado y habiéndose contravenido flagrantemente las normas legales, debiendo el Titular del pliego, declarar de oficio de nulidadde la convocatoria y cronograma efectuado en el SEACE y consignadas en la Resolución Nº 2662-2006-R-UNE en el proceso de selección Adjudicación Directa SelectivaNº 0021-2006-UNE "Adquisición de equipos de proyección multimedia a precio CIF - sede región Callao" y retrotraer el proceso a la etapa de formulación de bases; Estando a lo solicitado por la Presidenta del Comité Especial, lo señalado por la Jefa de la Oficina de Asesoría Legal de la UNE y a lo dispuesto por la autoridaduniversitaria, se expide la presente resolución; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 33º de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, concordantecon el artículo 27º del Estatuto de la UNE y los alcances de la Resolución Nº 006-2006-AU-UNE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR NULO DE OFICIO el acto de convocatoria y cronograma publicado en el SEACE y de la aprobación de las Bases del proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva Nº 0021-2006-UNE"ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE PROYECCIÓN MULTIMEDIA A PRECIO CIF - SEDE REGIÓN CALLAO"por haber incurrido en lo prescrito en el artículo57º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, debiendo retrotraerse el procesohasta la etapa de formulación de las bases. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Oficina Central de Adquisiciones y Contrataciones de la UNE, para quecumpla con efectuar los trámites que permitan la publicación de la presente resolución en el diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Oficina Central de Adquisiciones y Contrataciones de esta Casa Superior de Estudios, para que cumpla con informar alCONSUCODE y poner en conocimiento de las demás instituciones competentes los alcances de la presente resolución. Regístrese, comuníquese, y cúmplase. MÁXIMO JUAN TUTUY ASPAUZA Rector 03143-2 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 INADE /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G43/G41/G46._ /G61/G20 /G66/G61/G76/G6F/G72/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20 /G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C /G42/G69/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G43/G75/G65/G6E/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/GED/G6F/G20/G50/G75/G74/G75/G6D/G61/G79/G6F/G20/G2D/G20/G50/G45/G44/G49/G43/G50 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 174-2006-INADE-1100 Lima, 12 de octubre del 2006Vista, la Carta NºPER-1104/ 05, de fecha 12.12.2005, del Director Representante en el Perú de la CorporaciónAndina de Fomento – CAF; y el Oficio Nº636-2006- INADE-6501/OPP de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Binacional Desarrollo Integral de la Cuenca delRío Putumayo - PEDICP y, CONSIDERANDO:Que, en virtud al Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable suscrito entre la Corporación Andinade Fomento - CAF y los Ministerios de Relaciones Exteriores de la República de Colombia y de la República del Perú, los recursos de Cooperación Técnica de laCAF se destinarán a brindar asistencia al proyecto “Manejo Integral y Sostenible de los bosques de Tarapacá y Río Algodón”; Que, para dicho efecto, se designó como organismo responsable y ejecutor de la referida Cooperación Técnica No Reembolsable por parte del Perú al InstitutoNacional de Desarrollo – INADE – Proyecto Especial Binacional Desarrollo Integral Cuenca del Río Putumayo –PEDICP; Que, mediante Carta NºPER-1104/05, de fecha 12.12.2005, el Director Representante en el Perú de la Corporación Andina de Fomento – CAF, reitera que elaporte de la CAF en el marco del referido Convenio es de US$ 100,000.00 Dólares Americanos, de los cuales al Perú le corresponde el 50%; Que, a través del Informe Nº001-2006-INADE-3401- OCTFI, la Oficina de Cooperación Técnica y Financiera Internacional, sustenta el requerimiento de “Donaciónno Reembolsable” en favor del Proyecto Especial Binacional Desarrollo Integral Cuenca del Río Putumayo por un monto de US$ 50,000.00 Dólares Americanospor parte del Fondo de Asistencia Técnica de la Corporación Andina de Fomento – Perú, conforme al procedimiento previsto por el Reglamento para laAceptación y Aprobación de Donaciones, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº008-99-INADE-1100; Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 599 – Ley de Organización y Funcionesdel INADE, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-PRES, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-2003-VIVIENDA y ResoluciónJefatural Nº 008-99-INADE-1100 que aprueba el Reglamento para la Aceptación y Aprobación de Donaciones del INADE. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación efectuada por la Corporación Andina de Fomento - CAF, ascendente a un monto de US$ 50,000.00 Dólares Americanos, en favordel Proyecto Especial Binacional Desarrollo Integral de la Cuenca del Río Putumayo - PEDICP, para la ejecución del Proyecto: “Manejo Integral y Sostenible de losBosques de Tarapacá y Río Algodón”, sobre la base del Convenio suscrito entre la CAF y los Ministerios de Relaciones Exteriores de la República de Colombia y laRepública de Perú, con fecha 10 de noviembre del 2005. Artículo 2º.- Agradecer, a la Corporación Andina de Fomento - CAF, por su valiosa donación. Artículo 3º.- Notificar la presente Resolución, a la Corporación Andina de Fomento - CAF, la Contraloría General de la República, Comisión de Presupuesto yCuenta General de la República del Congreso, Dirección Nacional de Presupuesto Público del MEF, Contaduría Pública de la Nación, Ministerio de Vivienda, Construccióny Saneamiento; y, Gerencias y Oficinas Generales del INADE, que correspondan, en el término no mayor de 05 (cinco) días, posteriores a la emisión de la presenteResolución. Regístrese y comuníquese,VANESSA VEREAU LADD Presidenta EjecutivaInstituto Nacional de Desarrollo 03170-1